Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2019 (01/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 38
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DISPOSICIONES FINALES
NORMAS LEGALES
Jueves 1 de agosto de 2019 /
El Peruano
Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Segunda.- Deróguese y déjese sin efecto toda norma que se oponga o contradiga a la presente Ordenanza. Tercera.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, pueda prorrogar las fechas de vencimiento de la presente ordenanza, si la gestión operativa de los tributos indicados así lo amerita. Cuarta.- Encargar, a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Recaudación y Subgerencia de Fiscalización Tributaria, Área de Ejecutoria Coactiva, Gerencia de Imagen Institucional y demás dependencias de la Administración Municipal, el estricto cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza y a la Subgerencia de Gobierno electrónico e informática, tomar acciones y/o medidas técnicas necesarias para la implementación en el Sistema de Gestor Integrado Tributario - TITANIA y su publicación en el Portal Institucional https://munimiperu.gob.pe, en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: vvww. serviciosalciudadano.gob.pe. Quinta.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. AGUSTIN WILLIAMS SANTAMARIA VALDERA Alcalde 1792993-1
Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 33-MDMP Mi Perú, 24 de julio de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE MI PERÚ VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorándum Nº333-2019-MDMP/GM de Gerencia Municipal, el Informe Nº 17-2019-MDMP/GPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Legal Nº 157 -2019-MDMP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, numeral 3) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; lo cual es concordante con el artículo 40º de la citada norma que señala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación,
administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa; Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado, se declara el Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo el mismo; Que, el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, que aprueba la Política de Modernización de la Gestión Pública, señala que es el principal documento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, que establecerá la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente y eficaz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país. Dicha norma, refuerza los objetos y acciones que deben cumplir las entidades públicas y fortalece las políticas de obligatorio cumplimiento aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 024-2007PCM, que define y establece las Políticas Nacionales, las que se encuentran orientadas a la adopción de un enfoque de gestión basado en procesos; Que, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, señala en su artículo 43º que el Reglamento de Organización y Funciones ROF "Es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad. Contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia". Que, conforme a lo estipulado en el numeral 45.3 del artículo 45º del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, establece que la aprobación de este instrumento de gestión es por Ordenanza Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 019-2017/MLV, de fecha 20 de junio de 2017, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), la Estructura Orgánica y el Organigrama de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, ordenanza que fue modificado mediante Ordenanza Nº 028-2017-MDMP de fecha 25 de julio de 2017; Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto por Mayoría de los señores regidores, y con la Dispensa del trámite de Lectura y aprobación del Acta; se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, la misma que consta de cinco (V) Títulos, Seis (6) capítulos, ciento cuatro (104) artículos, Tres (03) disposiciones complementarias y su Estructura Orgánica, cuyo texto en Anexo forma parte integrante del presente dispositivo. Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Nº 0192017-MDMP y sus modificatorias; así como cualquier otro dispositivo que se oponga a la presente ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER la adecuación progresiva de los documentos de gestión municipal, tales como el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y otros; conforme a las disposiciones previstas en la presente norma municipal. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y demás unidades orgánicas competentes, tomar las acciones necesarias para la adecuación e implementación de las