Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2019 (01/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Jueves 1 de agosto de 2019 /

El Peruano

servicios de recolección y transporte de residuos sólidos correspondiente al período 2015-2018, ascendente en S/. 11'291,762.70 lo que significa un desbalance financiero para esta Corporación Municipal. Igual situación se presenta en los proyectos del presupuesto participativo 2015 que no han sido ejecutados; y que el Órgano de Control Institucional (OCI), no ha adoptado las acciones correspondientes de acuerdo a sus competencias. Por otro lado, la Contraloría General de la República solicita efectuar las transferencias asignadas en una sola armada, sin tomar en consideración que el pago que se efectúa al personal en general se hace en forma mensualizada y a medida que se cuente con la suficiente disponibilidad financiera para afrontar estos gastos, es por ello que el personal del Órgano de Control Institucional (OCI), hasta la fecha se le viene cancelando sus haberes en forma mensual. Por lo expuesto esta Gerencia recomienda; que el presupuesto para el personal que labora en el OCI, debería de establecerse en S/. 10,000.00 soles mensuales. Que, mediante Informe N° 210 ­ 2019-GAJ-MDEA, la Gerencia de Asesoría Jurídica indica que se transfiera la suma de S/.60, 000 (sesenta mil soles), correspondientes a los seis (06) meses restantes del presente año fiscal, conforme a la disponibilidad financiera; Estando a lo expuesto en los considerandos y en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto MAYORITARIO de los regidores: ACUERDA: Artículo 1°.- APROBAR Y AUTORIZAR la transferencia financiera con cargo al Presupuesto Institucional del presente Año Fiscal 2019 de la Municipalidad Distrital de El Agustino, hasta por la suma de S/. 60,000 (sesenta mil soles) que corresponde a los meses de julio a diciembre del año 2019, a favor de la Contraloría General de la República, en el marco del Proceso de Incorporación Progresiva del Órgano de Control Institucional a la Contraloría General de la República. Artículo 2°.- ENCARGAR el cumplimiento del presente acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y demás unidades orgánicas que son de su competencia y conforme a sus atribuciones. Artículo 3°.- DISPONER a la Secretaria General de conocimiento a las unidades orgánicas de la municipalidad, así como a la Sub Gerencia de Planeamiento, Gestión de Procesos y Tecnología de Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www.mdea.gob.pe). POR TANTO

CRDU-DH-DE y Dictamen N° 01-2019/CR-MDEA de las Comisiones de Regidores de fecha 12 de Junio del 2019, sobre solicitud de los vecinos, para el cambio del nombre de Plaza de Armas del distrito de El Agustino por el de Plaza Mayor del distrito de El Agustino, petición acordada en asamblea de los vecinos de la Urbanización Popular La Corporación, de fecha 26 de mayo del 2019, realizada en las instalaciones del Auditorio de la Municipalidad de El Agustino con presencia de dirigentes vecinales y los representantes de la Municipalidad distrital de El Agustino, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de Reforma Constitucional, Ley N° 28607, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; siendo que el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 29792, del mismo modo lo enuncia; señalando que La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el numeral 3.4 del Artículo 79° de la Ley N° 27972, establece que, es función exclusiva de la municipalidades distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo; disponer la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas y la numeración predial. Que, mediante expediente N° 10332 de fecha 23 de mayo del 2019, los vecinos de El Agustino, solicitaron asignar el nombre de Plaza Mayor del Distrito de El Agustino a la actual Plaza de Armas de la Urbanización Popular El Agustino, teniéndose en consideración de ser área más antigua y concurrida, en concordancia con la Ley N° 15353, Ley de creación del distrito que establece en su artículo 1° que el distrito de El Agustino tendrá como capital el centro urbano El Agustino (Urbanización Popular El Agustino)., pedido que fue ratificado por los propios vecinos en Asamblea General, de fecha 26 de mayo del 2019. Estando a los Dictámenes Conjuntos de las Comisiones de Regidores; Comisión de Desarrollo Humano; Comisión de Desarrollo Humano; Comisión de Desarrollo Económico de fecha 12 de junio del 2019 y Dictamen N° 001-2019MDEA/CRDU-DH-DE, de fecha 12 de junio del 2019 y teniéndose en consideración el acuerdo de asamblea de los vecinos de la Urbanización Popular La Corporación, y en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto MAYORITARIO de los señores Regidores: ACUERDA:

Regístrese, comuníquese y cúmplase VICTOR MODESTO SALCEDO RIOS Alcalde 1793454-1

Aprueban cambio de denominación de la Plaza de Armas del distrito por el de Plaza Mayor del Distrito de El Agustino
ACUERDO DE CONCEJO N° 056-2019-MDEA El Agustino, 28 de Junio del 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE EL AGUSTINO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de Junio del 2019, el Dictamen N° 001-2019-MDEA/

Artículo 1°.- APROBAR el cambio de denominación de la Plaza de Armas del distrito de El Agustino, por el de PLAZA MAYOR DEL DISTRITO DE EL AGUSTINO. Artículo 2°.- ENCARGAR el cumplimiento del presente acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Desarrollo Urbano y demás unidades orgánicas que son de su competencia y conforme a sus atribuciones. Artículo 3°.- OFICIAR a las entidades públicas y privadas del cambio de denominación. Artículo 4°.- DISPONER a la Secretaria General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el diario oficial El Peruano, así como a la Sub Gerencia de Planeamiento, Gestión de Procesos y Tecnología de Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www.mdea.gob. pe). POR TANTO Regístrese, comuníquese y cúmplase VICTOR MODESTO SALCEDO RIOS Alcalde 1793454-2