Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2017 (06/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Jueves 6 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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corresponda, en el marco de lo establecido en los numerales 9.2 y 9.3 del artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 008-2017; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo N° 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, y sus modificatorias, y los numerales 9.2 y 9.3 del artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 008-2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Determinación de Montos Para efectos de la transferencia, a favor del FORPRO, a que se refieren los numerales 9.2 y 9.3 del artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 008-2017, los montos de los recursos no comprometidos del Fondo MIPYME, creado mediante Ley Nº 30230; del Fondo de Respaldo para la Pequeña y Mediana Empresa, constituido mediante Decreto de Urgencia Nº 050-2002; y del Fondo de Garantía Empresarial - FOGEM, creado por Decreto de Urgencia Nº 024-2009; son los siguientes:
FONDO Fondo MIPYME Fondo de Respaldo para la Pequeña y Mediana Empresa Fondo de Garantía Empresarial - FOGEM MONTO A TRANSFERIR AL FORPRO (En S/) 410 187 697,00 121 473 338,00 176 172 554,00

Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, y sus modificatorias y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130-2017-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el texto del "Reporte Anual" bajo el formato "18-K" de la República del Perú, actualizado al 31 de diciembre de 2016. Artículo 2.- Delegar en el Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público la representación del Ministerio de Economía y Finanzas, para que suscriba toda la documentación, así como realice todos los actos necesarios, a fin de iniciar, impulsar y finalizar el trámite relativo al registro en la Comisión de Valores de los Estados Unidos de América (SEC por sus siglas en inglés) y en las autoridades supervisoras de valores de otras plazas financieras internacionales, del "Reporte Anual" bajo el formato "18-K" de la República del Perú actualizado cuyo texto se aprueba en el artículo precedente. Artículo 3.- Los pagos que se deriven de los actos de registro a que se refiere el Artículo 2 precedente serán atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 1540741-1

Artículo 2.- Mecanismo de Transferencia Los montos establecidos en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial son transferidos por COFIDE al FORPRO, de acuerdo a la instrucción que reciba del Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la DGETP, y del Banco de la Nación, según corresponda, dentro de los quince (15) días de la entrada en vigencia de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Publicación La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 1540616-1

EDUCACION
Aceptan renuncia de Viceministro de Gestión Institucional
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2017-MINEDU Lima, 5 de julio de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 001-2017-MINEDU, se designó al señor JACK ZILBERMAN FLEISCHMAN, en el cargo de Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta necesario aceptar la referida renuncia; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor JACK ZILBERMAN FLEISCHMAN al cargo de Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MARILÚ DORIS MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1540742-5

Aprueban el texto del "Reporte Anual" bajo el formato "18-K" de la República del Perú
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 241-2017-EF/52 Lima, 5 de julio de 2017 CONSIDERANDO: Que, en el marco de las emisiones de bonos soberanos realizadas por la República del Perú en Nueva York, así como en otras plazas financieras internacionales, se ha registrado ante la Comisión de Valores de los Estados Unidos de América (SEC por sus siglas en inglés) y en las respectivas autoridades supervisoras de valores, el documento denominado "Reporte Anual" bajo el formato "18-K", el cual contiene información de carácter estadístico, entre otros, sobre el país, la cual debe actualizarse con información al cierre de cada ejercicio fiscal; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 307-2016EF/52 se aprobó el texto del Reporte Anual correspondiente con información al 31 de diciembre de 2015; Que, en tal sentido, es necesario gestionar la actualización de la información contenida en el "Reporte Anual" bajo el formato "18-K", cuyo texto actualizado al 31 de diciembre de 2016 corresponde aprobar; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y su modificatoria, el