Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2017 (14/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Martes 14 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, en el presupuesto de la Universidad Nacional de Ingeniería, se han previsto recursos para el pago de la cuota a favor de la Unión Internacional de Telecomunicaciones-UIT, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fin de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización Autorizar a la Universidad Nacional de Ingeniería, a efectuar el pago de S/ 3 200.00 (Tres mil doscientos y 00/100 soles) a la Unión Internacional de Telecomunicaciones-UIT. Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 514: Universidad Nacional de Ingeniería. Artículo 3.- Equivalencia en moneda extranjera Disponer que la equivalencia en moneda extranjera sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1485490-5

SALUD
Modifican Listado de Establecimientos de Salud Estratégicos en el Marco de las Redes de los Servicios de Salud, incorporando al Hospital Saúl Garrido Rosillo en reemplazo del Centro de Salud Pampas de Hospital
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 083-2017/MINSA Lima, 10 de febrero del 2017 Vistos, los expedientes Nºs. 16-074453-001 y 16-076510002, que contienen el Informe N° 008-2017-DISS-DIGEPRES/ MINSA emitido por la Dirección General de Prestaciones de Salud y el Memorándum N° 1829-2016-OGPPM-OGI/ MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, según el literal a) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1161, ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, éste tiene como función rectora, entre otros, el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno. Asimismo, el literal a) del artículo 7 del citado Decreto Legislativo, establece que el Ministerio de Salud cumple como función específica, el regular la organización y prestación de servicios de salud; Que, según el artículo 94 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado

por Decreto Supremo N° 007-2016-SA señala que la Dirección General de Prestaciones de Salud es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, responsable de formular, proponer, dirigir la implementación, supervisar y evaluar la política sectorial en materia de organización, funcionamiento y gestión de los servicios de salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 632-2012/ MINSA de fecha 20 de julio de 2012, modificado con Resolución Ministerial N° 997-2012/MINSA de fecha 20 de diciembre de 2012, se aprobó el Listado Nacional de Establecimientos de Salud Estratégicos en el marco de las Redes de los servicios de Salud, contemplándose al Centro de Salud Pampas de Hospital como un establecimiento estratégico ubicado en el distrito de Pampas de Hospital, provincia de Tumbes del departamento de Tumbes; Que, mediante Oficio N° 1842-2016/GOB.REGTUMBES-DRS-DSS-DESP-DR de fecha 21 de julio de 2016, la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de Tumbes solicita la modificación de la Resolución Ministerial que aprueba el Listado Nacional de Establecimientos de Salud Estratégicos en el marco de las Redes de los Servicios de Salud, a fin de considerar en dicho listado al Hospital Saúl Garrido Rosillo en reemplazo del Centro de Salud Pampas de Hospital; sustentando su solicitud a través del Informe Técnico que se acompaña en el Oficio N° 15452016/GOB.REG.TUMBES-DRS-DSS-DESP-DR de fecha 9 de junio de 2016, en el cual se indica que el Hospital Saúl Garrido Rosillo, establecimiento de salud de segundo nivel de atención, categoría II-1, se encuentra ubicado dentro de un mismo corredor provincial, cubrirá los servicios de salud de mediana complejidad para la población del ámbito de influencia (distrito de Pampas de Hospital) del Centro de Salud antes citado; Que, con el Memorándum de visto, la Dirección General de Prestaciones de Salud señala que el Hospital Saúl Garrido Rosillo reúne los criterios para ser incluido como Establecimiento de Salud Estratégico, por lo que emite opinión favorable a la propuesta presentada por la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional del Departamento de Tumbes; Con el visado del Director General de la Dirección General de Prestaciones de Salud, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud (e); y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Supremo N° 007-2016-SA, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el Listado de Establecimientos de Salud Estratégicos en el Marco de las Redes de los Servicios de Salud, aprobado por Resolución Ministerial N° 632-2012/ MINSA y sus modificatorias, incorporando al Hospital Saúl Garrido Rosillo con Código Único de IPRESS N° 00001908, ubicado en el distrito de Tumbes, departamento de Tumbes, en reemplazo del Centro de Salud Pampas de Hospital, con Código Único de IPRESS N° 00001875, ubicado en el distrito de Pampas de Hospital, provincia de Tumbes del departamento de Tumbes. Artículo 2.- Dejar subsistentes los demás extremos del Listado Nacional de Establecimientos de Salud Estratégicos en el Marco de los Servicios de Salud, en todo lo que no se oponga a lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/index.asp?op=115. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCIA FUNEGRA Ministra de Salud 1485228-1