Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2017 (14/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Martes 14 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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NTP 321.079:1983 (Revisada el 2011) EMULSIONES ASFÁLTICAS. Determinación de la capacidad de revestimiento y la resistencia al agua. 1ª Edición NTP 321.081:1983 (Revisada el 2011) EMULSIONES ASFÁLTICAS. Determinación de la capacidad de revestimiento. 1ª Edición NTP 321.082:1983 (Revisada el 2011) EMULSIONES ASFÁLTICAS. Determinación de la estabilidad en el almacenamiento. 1ª Edición NTP 321.083:1983 (Revisada el 2011) EMULSIONES ASFÁLTICAS. Determinación de la capacidad de mezclado con cemento hidráulico. 1ª Edición NTP 321.084:1983 (Revisada el 2011) EMULSIONES ASFÁLTICAS. Determinación de la densidad. 1ª Edición NTP 321.085:1983 (Revisada el 2011) MATERIALES BITUMINOSOS. Sólidos y semisólidos. Determinación de la gravedad específica. Método del crisol de níquel. 1ª Edición NTP 321.091:1986 (Revisada el 2011) LUBRICANTES. Aceites aislantes para transformadores. Requisitos. 1ª Edición NTP 321.093:1988 (Revisada el 2011) LUBRICANTES. Determinación del punto de goteo en grasas lubricantes. 1ª Edición NTP-ISO 10993-1:2011 Evaluación biológica de dispositivos médicos. Parte 1: Evaluación y ensayo dentro de un proceso de gestión de riesgo. 1ª Edición

autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios, y goza de autonomía técnica y funcional; Que, el numeral 18.3 del artículo 18 de la Ley N° 30224, establece que las Normas Técnicas Peruanas promueven la calidad de los bienes y servicios que se ofertan en el mercado, por lo que deben ser revisadas cada cinco (5) años, en concordancia con el literal d) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE; Que, la Dirección de Normalización, en ejercicio de sus funciones de revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas; así como, elaborar y actualizar periódicamente los programas de normalización considerando la demanda del sector público y privado, establecidas en los literales d) y l) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, elaboró y aprobó el Programa de Actualización de Normas Técnicas Peruanas correspondientes al año 2016, a través del Informe N° 001-2016-INACAL/DN - Programa de Actualización, de fecha 24 de febrero de 2016, el mismo que se encuentra publicado en el portal institucional del INACAL; Que, en el marco del citado programa, mediante el Informe N°002-2017-INACAL/DN.PA, señala que luego de realizada la consulta pública, revisión y evaluación respectiva, de 04 Normas Técnicas Peruanas correspondiente a la materia de: a) Evaluación de la conformidad, b) Gestión de la calidad en organizaciones educativas y c) Riego tecnificado; corresponde aprobarlas en su versión 2017 y dejar sin efecto las correspondientes versiones anteriores; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, modificado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las siguientes Normas Técnicas Peruanas en su versión 2017:
GP-ISO 34:2011 (revisada el 2017) Requisitos generales para la competencia de los productores de materiales de referencia. 1ª Edición Reemplaza a la GP-ISO 34:2011 Lineamiento para la implantación de un sistema de gestión de la calidad en una organización educativa. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 833.923:2006 Equipo de riego agrícola. Válvulas volumétricas. Requerimientos generales y métodos de ensayo. 1ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO 7714:2011 Equipo de riego agrícola. Emisores y laterales de riego. Especificaciones y métodos de ensayo. 1ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO 9261:2011

Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSARIO URÍA TORO Directora Dirección de Normalización 1485156-1

Aprueban Normas Técnicas Peruanas de requisitos generales para la competencia de los productores de materiales de referencia, lineamiento para la implantación de un sistema de gestión de la calidad en una organización educativa y otros
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 003-2017-INACAL/DN Lima, 9 de febrero de 2017 VISTO: El Informe N° 002-2017-INACAL/DN.PA CONSIDERANDO: Que, el artículo 10 de la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, establece que las competencias del INACAL, entre ellas, la Normalización se sujeta a lo establecido en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), el cual contempla en el Anexo 3, el Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, el que establece en el literal J que las instituciones con actividades de normalización elaboran programas de trabajo, entre otros documentos; Que, el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, modificado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE, establece que la Dirección de Normalización es la

NTP 833.923:2006 (revisada el 2017)

NTP-ISO 7714:2011 (revisada el 2017)

NTP-ISO 9261:2011 (revisada el 2017)

Artículo 2.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas:
GP-ISO 34:2011 Requisitos generales para la competencia de los productores de materiales de referencia. 1ª Edición Guía para la implantación de un sistema de gestión de la calidad en una organización educativa. 1ª Edición EQUIPO DE RIEGO AGRÍCOLA. Válvulas volumétricas. Requerimientos generales y métodos de ensayo. 1ª Edición

NTP 833.923:2006

NTP-ISO 7714:2011