Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2017 (03/02/2017)
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TEXTO DE LA PÁGINA 10
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NORMAS LEGALES
Viernes 3 de febrero de 2017 /
El Peruano
estimación, prevención y reducción del riesgo, así como la reconstrucción; proponiendo y asesorando al ente rector, y a los distintos entes públicos y privados, sobre la política, lineamientos y mecanismo referidos a los procesos de estimación, prevención, reducción del riesgo y reconstrucción; Que, conforme a los artículos 14° y 16° de la Ley N° 29664 Ley del SINAGERD, se establece que los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y las Entidades Públicas, ejecutan e implementan los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, asimismo, el numeral 11.1 del artículo 11° del Decreto Supremo N° 048 2011 PCM, Reglamento de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), señala que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales incorporan en sus procesos de planificación, de ordenamiento territorial, de gestión ambiental y de inversión pública, la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, conforme al numeral 6.1 del artículo 6° del Decreto Supremo N° 0482011PCM, Reglamento de la Ley N° 29664, establece que el CENEPRED tiene como competencia funcional la de asesorar y proponer al ente rector la normatividad que asegure y facilite los procesos técnicos y administrativos de estimación, prevención y reducción del riesgo, así como de reconstrucción; Que, en el marco del Reglamento de Organización y Funciones del CENEPRED aprobado mediante Decreto Supremo N° 1042012PCM, la Dirección de Gestión de Procesos tiene la función de asesorar y proponer las normas, lineamientos técnicos y coordinar la incorporación de la Gestión Prospectiva y Correctiva en los planes de desarrollo, ordenamiento territorial, proyectos de inversión pública y demás instrumentos de planificación, en los tres niveles de gobierno, sectores e instituciones que integran el SINAGERD; Que, mediante el informe de Visto, la Dirección de Gestión de Procesos ha recomendado se formalice la modificación de la Directiva N° 009-2014-CENEPRED/J denominada "Procedimientos Administrativos para la Evaluación de Riesgos Originados por Fenómenos Naturales", aprobada por Resolución Jefatural N° 112-2014-CENEPRED/J, de fecha 31 de diciembre de 2014, en la Disposición Complementaria Transitoria signada con el numeral 14.2 De la adecuación del "estimador de riesgos", solicitando la ampliación del plazo de un (01) año contados a partir de la aprobación de la presente Resolución Jefatural, a los profesionales que cuenten con la condición de estimador de riesgos y desean ser Evaluador de Riesgos, deberán llevar y aprobar el Curso de Formación de Evaluación de Riesgos dictado por un Centro de educación superior de nivel universitario; Que, en tal sentido y estando a lo informado por el Director de la Dirección de Gestión de Procesos, resulta necesario expedir la Resolución Jefatural correspondiente; Con el visado de la Secretaría General, la Dirección de Gestión de Procesos y la Oficina de Asesoría Jurídica; y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29664 Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM y en uso de sus atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres CENEPRED, aprobado por Decreto Supremo N° 1042012PCM, de fecha 18 de octubre del año 2012, y la Resolución Suprema N° 291-2016-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modificar la Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva N° 009-2014-CENEPRED/J denominada "Procedimientos Administrativos para la Evaluación de Riesgos Originados por Fenómenos Naturales", aprobada por Resolución Jefatural N° 112-2014-CENEPRED/J, quedando redactado de la siguiente manera: (...) "14.2 De la adecuación del "Estimador de Riesgos" a la condición de Evaluador de Riesgos. Ampliar
el plazo por un (01) año contado a partir de la aprobación de la presente Resolución Jefatural, a los profesionales que cuenten con la condición de estimador de riesgos y desean ser Evaluador de Riesgos, quienes deberán llevar y aprobar el Curso de Formación de Evaluación de Riesgos dictado por un centro de educación superior de nivel universitario y además deberán registrase en el Registro Nacional de Evaluadores de Riesgos administrado por el CENEPRED. La autorización de estimador de riesgo mantendrá su vigencia hasta el vencimiento de la ampliación del plazo de adecuación indicado precedentemente o la emisión de la nueva autorización otorgada por el CENEPRED". Artículo 2°.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución Jefatural, en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Web Institucional del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres CENEPRED. Regístrese, comuníquese y publíquese. WLADIMIRO GIOVANNINI Y FREIRE Jefe del CENEPRED 1481624-1
AGRICULTURA Y RIEGO
Aceptan renuncia y encargan funciones de Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 001631: "Gestión de Proyectos Sectoriales", adscrita al Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0032-2017-MINAGRI Lima, 31 de enero de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0371-2015-MINAGRI, de fecha 21 de julio de 2015, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 23 de julio de 2015, se designó al señor Cirilo Antonio Torres Pérez, en el cargo de Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 001631: "Gestión de Proyectos Sectoriales", adscrita al Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo al cual ha formulado renuncia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el señor Cirilo Antonio Torres Pérez, al cargo de Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 001631: "Gestión de Proyectos Sectoriales", adscrita al Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar, a partir de la fecha, al señor Ingeniero Agrónomo Jesús Américo Sihuas Aquije, actual Director General de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, el puesto de Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 001631: "Gestión de Proyectos Sectoriales", adscrita al