Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2017 (14/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Jueves 14 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Sistema Nacional de Bibliotecas es la integración técnica de su gestión y el aseguramiento de la calidad en sus servicios de acceso al conocimiento a la cultura y a la información, propiciando para ello el funcionamiento de bibliotecas organizadas en todo el territorio nacional y la optimización del uso de sus servicios y recursos bibliográficos, dentro de la política pública de inclusión social de construcción de la ciudanía y de desarrollo humano. Que, mediante el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 002-2014-MC se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas estableciéndose que: Los Gobiernos regionales, las municipalidades provinciales, distritales y centros poblados debe asegura la creación y sostenibilidad de por lo menos una biblioteca en su localidad en concordancia con el artículo 47, literal o) de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, articulo 82, numeral 11 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y conforme a las normas técnicas establecidas por loa Biblioteca Nacional como ente rector del Sistema Nacional de Bibliotecas; Que, mediante Ordenanza Nº 009-2017-MDSM/A de fecha 05 de julio del 2017, publicada, el 18 de julio del 2017 en el Diario Oficial El Peruano se aprobó el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad de Santa María para el periodo 2017-2021 y se estableció en su Artículo Tercero la conformación, el funcionamiento y las funciones del Consejo Municipal del Libro y la Lectura; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0392-2017-MDSM/A de fecha 17 de julio de 2017, se conformó el Consejo Municipal del Libro y la Lectura y se le encargó a la Sub Gerencia de Asuntos Municipales y Desarrollo Humano para que en un plazo de 60 días elabore el Reglamento Interno del Consejo Municipal del Libro y la Lectura, debiendo también ser aprobado en el mismo plazo; Que, en cumplimiento a dicho mandato con informe Nº 464-2017-AECDT-MDSM de fecha 04 de octubre del 2017, el Área de Educación, Cultura, Deporte y Turismo con el Visto Bueno de la Sub Gerencia de Asuntos Municipales y Desarrollo Humano, propone el Reglamento Interno para su aprobación por el Concejo Municipal; Estando a lo expuesto, contando con la opinión favorable del Área de Asesoría Jurídica según Informe Legal Nº 350-2017-OAJ-MDSM de fecha 30 de octubre del 2017 y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 9º y por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el VOTO UNÁNIME del Concejo Municipal y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente norma: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA 2017-2021 DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA MARIA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno del Consejo Municipal del Libro y la Lectura 2017-2021 del Distrito de Santa María, el mismo que consta de 19 artículos, Cuatro Disposiciones Complementarias y Dos Disposiciones Finales, y que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina de Planificación, Presupuesto y Racionalización y la Sub Gerencia de Asuntos Municipales y Desarrollo Municipal a través de sus unidades competentes el cumplimiento de la presente norma. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Santa María la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina de Sistema e Informática la publicación en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Santa María. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ CARLOS REYES SILVA Alcalde 1596201-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARAMONGA
Modifican el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) en el Transporte y Comercio Local de Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 021-2017-CM/MDP Paramonga, 28 de setiembre del 2017 POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARAMONGA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de setiembre del 2017; el Informe Nº154-2017EVCHODR-JOMA/SGSCMA/MDP; la Opinión Legal Nº 354-2017-SGAJ-MDP, sobre Modificación del Ordenanza Municipal Nº 016-2017-CM/MDP; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades son órganos de Gobierno Local, tienen Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 016-2017CM/MDP de fecha 02 de agosto del 2017, se "Aprueba la Incorporación en el Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) y la inclusión en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) en el Transporte y Comercio Local de Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos de La Municipalidad Distrital de Paramonga", publicado en el Diario Oficial El Peruano el 30 de agosto de 2017. Asimismo, el artículo segundo de la citada Ordenanza, resuelve Aprobar el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS), las infracciones en el Transporte y Comercio Local de Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos, de la Municipalidad Distrital de Paramonga cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal"; Que, la Oficina de Medio Ambiente, a través del Informe Nº154-2017-EVCHODR-JOMA/SGSCMA/MDP remitido el 18 de setiembre del 2017, solicita la modificación del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS), aprobado con Ordenanza Municipal Nº 016-2017-CM/ MDP de fecha 02 de agosto del 2017; Que, al respecto la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica con Opinión Legal Nº 354-2017-SGAJ-MDP de fecha 25 de setiembre del 2017, concluye que es procedente la modificación de la Ordenanza Municipal Nº 016-2017-CM/ MDP de fecha 02 de agosto del 2017, respecto al Cuadro de Infracciones y Sanciones ­ CUIS, de conformidad al artículo 9º numeral 8 de la Ley Nº 27972; Estando, a los fundamentos expuestos y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Pleno de Concejo de la Municipalidad Distrital de Paramonga, con el voto UNANIME de sus miembros y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) EN EL TRANSPORTE Y COMERCIO LOCAL DE ALIMENTOS AGROPECUARIOS PRIMARIOS Y PIENSOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARAMONGA APROBADO CON ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016-2017-CM/MDP Artículo Primero.- INCORPORESE la GRAVEDAD DE LA INFRACCION, al Cuadro Único de Infracciones