Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2015 (30/05/2015)


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del 2015, la Secretaria General traslado los actuados al Jefe de Control Institucional de la Municipalidad Provincial Huancabamba, para opinion; Que, con Oficio Nº 032-2015-OCI/MPH, de fecha 17 de febrero del 2015, el Jefe de la Oficina de Control Institucional de la Entidad, hace llegar sin caracter vinculante su opinion en relacion a la Ley Nº 27795 ­ Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial, asi como a la Ley de Bases de la Descentralizacion ­ Ley Nº 27783, asi como al Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, y a la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, concluyendo que con las normas mencionadas se busca demostrar que la circunscripcion electoral de alcaldes y regidores provinciales, esta constituida por los electores del distrito capital y de todos los distritos que conforman la provincia; Que, con Oficio Nº 015-2015-SG-MPH-GM, formula la consulta para la fijacion de la remuneracion del MORDAZA y las dietas de los regidores a la Direccion General de Presupuesto Publico, consulta absuelta con el Oficio Nº 0444-2015-EF/50.07, CON REGISTRO Nº 2070-MPH/ TD, de fecha 16 de marzo del 2015, en el cual se precisa que los ingresos por cualquier concepto que reciban los Presidentes Regionales y Alcaldes por el ejercicio de sus funciones, asi como las dietas de los Consejeros Regionales y Regidores como unico concepto legalmente permitido, se sujetan a la prohibicion establecida en el articulo 6 de la Ley 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, en el MORDAZA del MORDAZA de legalidad recogido en el inciso 1.1. del numeral 1 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; anotando a su vez que conforme al articulo 31º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de control de la contraloria General de la Republica, corresponde a la Contraloria General de la Republica y a los Organos de

El Peruano Sabado 30 de MORDAZA de 2015

control Interno de las Entidades, supervisar la legalidad de la ejecucion del presupuesto publico comprendiendo la correcta gestion y utilizacion de los recursos y bienes del Estado; Que, teniendo en cuenta las opiniones que se han descrito en los considerandos que anteceden, en la Sesion Extraordinaria Nº 006 de fecha 27 de marzo del 2015, el Concejo Municipal del Gobierno Local Provincial, de conformidad con lo establecido en el Articulo 12º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, asi como lo tipificado en el D.S. Nº 025-2007-PCM; y, POR UNANIMIDAD, con la dispensa del tramite de aprobacion y suscripcion del acta; ACORDO: Primero.- FIJAR en la suma de S/.487.50 (Cuatrocientos Ochenta y Siete con 50/100 Nuevos Soles) el importe que por concepto de dieta percibiran los senores regidores de la Municipalidad Provincial de Huancabamba. Segundo.- ESTABLECER en el numero de Cuatro (04) Sesiones de Concejo por mes con percepcion de dieta; por lo cual se obtiene: S/. 487.50 x 4 = S/. 1,950.00 (MIL NOVECIENTOS CINCUENTA y 00/100 NUEVOS SOLES), como importe total que percibira cada regidor por mes por concepto de dietas, las cuales seran pagadas por asistencia efectiva a las sesiones. Tercero.- PUBLICAR el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano en forma obligatoria para su respectiva vigencia. Registrese, publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA VELASCO MORDAZA MORDAZA 1244186-2

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION