Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2015 (30/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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Denominacion Actual a. De cubierta: Patron fluvial de primera Patron fluvial de MORDAZA Patron fluvial de tercera Contramaestre fluvial b. De ingenieria Primer oficial de maquinas fluvial MORDAZA oficial de maquinas fluvial Tercer oficial de maquinas fluvial Motorista fluvial superior Motorista fluvial Electricista fluvial c. De marineria Marinero fluvial Auxiliar de motorista fluvial Denominacion Anterior CONSIDERANDO:

El Peruano Sabado 30 de MORDAZA de 2015

Patron Fluvial Practico Fluvial Contramaestre Fluvial

Motorista Fluvial Electricista Fluvial Marinero Fluvial

Que, en la clasificacion del personal fluvial se observa que no existe la malla curricular de las nuevas denominaciones: Patron fluvial de primera Primer oficial de maquinas fluvial MORDAZA oficial de maquinas fluvial Tercer oficial de maquinas fluvial Motorista fluvial superior Auxiliar de motorista fluvial Que, es necesario establecer un periodo de transicion de UN (1) ano calendario a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral, para el personal MORDAZA Mercante Fluvial hasta la publicacion de la curricula aprobada; Que, estando a lo propuesto por el Jefe del Departamento de Personal Acuatico y a lo recomendado por el Director de Control de Actividades Acuaticas y a lo evaluado por el Director de Asuntos Legales y a lo opinado por el Director Ejecutivo de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas. SE RESUELVE: Articulo 1°.-Establecer un periodo de transicion de UN (1) ano calendario a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral, para el personal MORDAZA Mercante Fluvial hasta la publicacion de la curricula aprobada: Articulo 2º.- Publicar en el MORDAZA electronico de la Autoridad Maritima Nacional http://www.dicapi.mil.pe. Articulo 3º.- Publicar la presente Resolucion Directoral en el diario Oficial "El Peruano", la mismo que entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese y comuniquese como Documento Oficial Publico (D.O.P.) MORDAZA POMAR MORDAZA Director General de Capitanias y Guardacostas 1243915-1

EDUCACION
Aprueban cronograma del procedimiento excepcional de reasignacion por las causales de interes personal y de unidad familiar, tipos 1, 2 y 3, para los cargos de profesor de Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Tecnico Productiva correspondiente al ano 2014
RESOLUCION MINISTERIAL N° 282-2015-MINEDU MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2015

Que, el articulo 67 de la Ley de Reforma Magisterial senala, entre otros aspectos, que la reasignacion es la accion de personal mediante la cual el profesor se desplaza de un cargo a otro igual que se encuentre vacante, en cualquiera de las areas magisteriales, sin modificar la escala magisterial alcanzada; precisando que dicho procedimiento se efectua previo a los procesos de nombramiento y contratacion docente; Que, el numeral 154.3 del articulo 154 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, senala que el Ministerio de Educacion establecera los lineamientos y procedimientos del MORDAZA de reasignacion; en tanto que el numeral 158.1 del articulo 158 de la misma MORDAZA establece que el procedimiento de reasignacion por causales de interes personal y de unidad familiar se realiza anualmente, entre los meses de octubre a diciembre, a peticion de parte y mediante concurso publico; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 0582-2013ED, se aprobo la MORDAZA Tecnica denominada "Normas de Procedimiento para Reasignaciones y Permutas de Profesores comprendidos en la MORDAZA Publica Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial", estableciendo en el acapite 7.4 del numeral 7 que el procedimiento de reasignacion por las causales de interes personal y de unidad familiar tiene 3 tipos, los cuales se desarrollan entre los meses de octubre y diciembre de cada ano, en concordancia con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial; Que, el articulo 3 de la Resolucion Ministerial N° 426-2014-MINEDU, modifico el numeral 10.20 de la referida MORDAZA Tecnica, disponiendo la suspension a nivel nacional, durante el ano 2014, del procedimiento de reasignacion por las causales de interes personal y unidad familiar, con la finalidad de garantizar la viabilidad y operatividad de las evaluaciones excepcionales previstas en la Ley de Reforma Magisterial; Que, al haberse llevado a cabo los procesos de evaluacion excepcional que motivaron la suspension del referido procedimiento de reasignacion durante el ano 2014, mediante Decreto Supremo N° 005-2015MINEDU se incorporo al Reglamento de Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013ED, la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria, la cual establece que el procedimiento de reasignacion docente por las causales de interes personal y de unidad familiar, tipos 1, 2 y 3, para los cargos de profesor de Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Tecnico Productiva, correspondiente al ano 2014, se realizara, de manera excepcional, a nivel nacional, durante los meses de MORDAZA a agosto de 2015, con vigencia a partir del inicio del ano lectivo escolar 2016; de conformidad con lo previsto en la MORDAZA Tecnica denominada "Normas de Procedimiento para Reasignaciones y Permutas de Profesores comprendidos en la MORDAZA Publica Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial", aprobada por Resolucion Ministerial N° 0582-2013-ED; sin perjuicio de la realizacion del procedimiento de reasignaciones correspondiente al ano 2015; Que, al haberse establecido un MORDAZA plazo para llevar a cabo el procedimiento de reasignacion MORDAZA indicado, es necesario aprobar el cronograma correspondiente, en el MORDAZA de lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial; De conformidad con lo previsto por el Decreto Ley N° 25762, que aprueba la Ley Organica del Ministerio de Educacion; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Reglamento de la Ley N° 29944, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion; y la Resolucion Ministerial N° 0582-2013ED, que aprueba las Normas de Procedimiento para Reasignaciones y Permutas de Profesores comprendidos en la MORDAZA Publica Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el cronograma del procedimiento excepcional de reasignacion por las causales de interes personal y de unidad familiar, tipos