Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2015 (30/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano Sabado 30 de MORDAZA de 2015

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Presidentes Regionales y Alcaldes por el ejercicio de sus funciones, asi como las dietas de los Consejeros Regionales y Regidores como unico concepto legalmente permitido, se sujetan a la prohibicion establecida en el articulo 6 de la Ley 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, en el MORDAZA del MORDAZA de legalidad recogido en el inciso 1.1. del numeral 1 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; anotando a su vez que conforme al articulo 31º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de control de la contraloria General de la Republica, corresponde a la Contraloria General de la Republica y a los Organos de control Interno de las Entidades, supervisar la legalidad de la ejecucion del presupuesto publico comprendiendo la correcta gestion y utilizacion de los recursos y bienes del Estado; Que, teniendo en cuenta las opiniones que se han descrito en los considerandos que anteceden, en la Sesion Extraordinaria Nº 006 de fecha 27 de marzo del 2015, el Concejo Municipal del Gobierno Local Provincial, de conformidad con lo establecido en el Articulo 12º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, asi como lo tipificado en el D.S. Nº 025-2007-PCM; y, POR UNANIMIDAD, con la dispensa del tramite de aprobacion y suscripcion del acta; ACORDO: Primero.- FIJAR en la suma de S/. 6,500.00 ( SEIS MIL QUINIETNOS Y 00/100 Nuevos Soles) la REMUNERACION MENSUAL que percibira el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huancabamba, Region MORDAZA, por todo concepto. Segundo.- PUBLICAR el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano en forma obligatoria para su respectiva vigencia. Registrese, publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA VELASCO MORDAZA MORDAZA 1244186-1 ACUERDO DE CONCEJO Nº 002/S.E. Nº 06-2015-MPH/CM Huancabamba, 27 de marzo del 2015 VISTO, En Sesion Extraordinaria de Concejo Nº 006-2015, de fecha 27 de marzo del 2015, el punto de agenda para fijar la remuneracion del MORDAZA y las Dietas de los senores Regidores. CONSIDERANDO: Que el articulo 12º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, referido al regimen de dietas de los regidores, senala que: "los regidores desempenan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fijadas por acuerdo del Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion, precisando que el acuerdo que las fija debe ser publicado obligatoriamente bajo responsabilidad. Asimismo el citado articulo senala que no pueden otorgarse mas de cuatro dietas mensuales a cada regidor, las cuales se MORDAZA por asistencia efectiva a las sesiones; Que, el Art. 5º del D. S. Nº 025-2007-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el dia 22 de marzo del 2007, establece que las dietas de los regidores, no debe superar en total, el 30% de los ingresos que por todo concepto percibira el Alcalde; Que, en la Sesion Ordinaria Nº 003 de fecha 10 de febrero del 2015, se trato como punto de Agenda fijar la Remuneracion del MORDAZA y el Monto de Dieta de los Senores Regidores, fecha en la cual, el Concejo Municipal en merito a la Opinion emitida por el Gerente de Asesoria Juridica, por unanimidad acordo elevar los actuados a la Oficina de Control Institucional ­ OCI de la entidad, para que se emita Opinion, en virtud de lo cual con Oficio NUM. 0024-2015-MPH-GSGII/G, de fecha 12 de febrero

El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones su publicacion en el MORDAZA Institucional (www.munibellavista.gob.pe). POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA RIVADENEYRA MORDAZA MORDAZA 1244042-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCABAMBA
Fijan remuneracion mensual de MORDAZA y dieta de Regidores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 001/S.E. Nº 06-2015-MPH/CM Huancabamba, 27 de marzo del 2015 VISTO, En Sesion Extraordinaria de Concejo Nº 006-2015, de fecha 27 de marzo del 2015, el punto de agenda para fijar la remuneracion del MORDAZA y las Dietas de los senores Regidores. CONSIDERANDO: Que el articulo 12º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, referido al regimen de dietas de los regidores, senala que: "los regidores desempenan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fijadas por acuerdo del Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion, precisando que el acuerdo que las fija debe ser publicado obligatoriamente bajo responsabilidad. Asimismo el citado articulo senala que no pueden otorgarse mas de cuatro dietas mensuales a cada regidor, las cuales se MORDAZA por asistencia efectiva a las sesiones; Que, el Art. 5º del D. S. Nº 025-2007-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el dia 22 de marzo del 2007, establece que las dietas de los regidores, no debe superar en total, el 30% de los ingresos que por todo concepto percibira el Alcalde; Que, en la Sesion Ordinaria Nº 003 de fecha 10 de febrero del 2015, se trato como punto de Agenda: fijar la Remuneracion del MORDAZA y el Monto de Dieta de los Senores Regidores, fecha en la cual, el Concejo Municipal en merito a la Opinion emitida por el Gerente de Asesoria Juridica, por unanimidad acordo elevar los actuados a la Oficina de Control Institucional ­ OCI de la entidad, para que se emita Opinion, en virtud de lo cual con Oficio NUM. 0024-2015-MPH-GSGII/G, de fecha 12 de febrero del 2015, la Secretaria General traslado los actuados al Jefe de Control Institucional de la Municipalidad Provincial Huancabamba, para opinion; Que, con Oficio Nº 032-2015-OCI/MPH, de fecha 17 de febrero del 2015, el Jefe de la Oficina de Control Institucional de la Entidad, hace llegar sin caracter vinculante su opinion en relacion a la Ley Nº 27795 ­ Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial, asi como a la Ley de Bases de la Descentralizacion ­ Ley Nº 27783, asi como al Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, y a la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, concluyendo que con las normas mencionadas se busca demostrar que la circunscripcion electoral de alcaldes y regidores provinciales, esta constituida por los electores del distrito capital y de todos los distritos que conforman la provincia; Que, con Oficio Nº 015-2015-SG-MPH-GM, formula la consulta para la fijacion de la remuneracion del MORDAZA y las dietas de los regidores a la Direccion General de Presupuesto Publico, consulta absuelta con el Oficio Nº 0444-2015-EF/50.07, CON REGISTRO Nº 2070-MPH/ TD, de fecha 16 de marzo del 2015, en el cual se precisa que los ingresos por cualquier concepto que reciban los