Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2015 (10/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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- MORDAZA / MORDAZA y vv., minimo una (01) frecuencia semanal. - MORDAZA / MORDAZA y vv., minimo una (01) frecuencia semanal. - MORDAZA / Andahuaylas y vv., minimo una (01) frecuencia semanal. - MORDAZA / Chiclayo y vv., minimo una (01) frecuencia semanal. - MORDAZA / Talara y vv., minimo una (01) frecuencia semanal. Articulo 2º.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral Nº 134-2013-MTC/12 del 09 de MORDAZA del 2013 continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PAVIC MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 1181762-1

El Peruano Sabado 10 de enero de 2015

Autorizan a Escuela de Conductores Integrales El Tumi E.I.R.L. la modificacion de los terminos de su autorizacion contenida en la R.D. Nº 574-2013-MTC/15
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 4579-2014-MTC/15 MORDAZA, 7 de noviembre de 2014 VISTO: El Parte Diario N° 171696, presentado por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES EL TUMI E.I.R.L., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 4652-2012MTC/15 de fecha 22 de noviembre de 2012 y ampliada mediante Resolucion Directoral Nº 574-2013-MTC/15 de fecha 01 de febrero de 2013 y publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 20 de febrero de 2013, se autorizo a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES EL TUMI E.I.R.L., para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la clase A categorias I, II y III y Clase B categoria II-c, asi como los cursos de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto, curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor, y los cursos de Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categorias II y III; Que, mediante Resolucion Directoral N° 3949-2013MTC/15 de fecha 23 de setiembre de 2013, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 07 de noviembre de 2013, se autorizo a La Escuela para impartir los cursos de capacitacion para obtener licencia de conducir de la Clase A Categoria I; Que, mediante Resolucion Directoral N° 574-2013MTC/15 de fecha 01 de febrero de 2013 y publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 20 de febrero de 2013, se autorizo a La Escuela la ampliacion de local en el inmueble ubicado en: Jr. 2 de MORDAZA N° 918, 2do. Piso, del Distrito, Provincia y Departamento de Huanuco; Que, mediante Parte Diario N° 171696-2014 de fecha 24 de setiembre de 2014, La Escuela solicito la modificacion de los terminos de su autorizacion, contenida en la Resolucion Directoral N° 574-2013-MTC/15, variando la ubicacion de las oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico - practico de mecanica, por el inmueble ubicado en: Jr. MORDAZA N° 722, 3er., 4to y 5to piso, del Distrito, Provincia y Departamento de Huanuco; Que, el articulo 60º del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no

Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, establece que "La autorizacion como Escuela de Conductores, asi como su modificacion, suspension o caducidad, para surtir efectos juridicos seran publicados en el Diario Oficial El Peruano"; asimismo, el primer parrafo del articulo 61º de El Reglamento, dispone que "Procede la solicitud de modificacion de autorizacion de La Escuela de Conductores cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos indicados en el articulo 53º de El Reglamento..."; Que, la solicitud de autorizacion para el cambio de local implica la variacion de uno de los contenidos del articulo 53° de El Reglamento, en razon que La Escuela, ha solicitado el cambio de local (oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico - practica de mecanica), del autorizado mediante Resolucion Directoral N° 574-2013MTC/15 de fecha 01 de febrero de 2013; en ese sentido y considerando lo establecido en el articulo 60° de El Reglamento, la Resolucion que modifica la autorizacion, debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, por haberse producido la variacion del contenido de la autorizacion; Que, La Escuela, a fin de acreditar los requisitos documentales exigidos, conforme a lo dispuesto en el articulo 51° en concordancia con el articulo 43° de El Reglamento, para autorizacion para el cambio de sede institucional, presenta: contrato de arrendamiento del bien inmueble ubicado en: Jr. MORDAZA N° 722, 3er., 4to y 5to piso, del Distrito, Provincia y Departamento de Huanuco; asi como memoria descriptiva del referido local; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Informe Nº 010-2014-MTC/15.vho de fecha 27 de octubre de 2014, sobre la inspeccion ocular realizada a las instalaciones del local propuesto por La Escuela, la inspectora concluye que habiendose realizado la inspeccion ocular en lo correspondiente a la condicion de infraestructura, se verifico que la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES EL TUMI E.I.R.L., cumple con lo requerido en los literales a), b), c), d), e) y f) del numeral 43.3 del articulo 43° del Decreto Supremo N° 040-2008-MTC; Que, estando en lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe N° 2252014-MTC/15.03, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES EL TUMI E.I.R.L., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, la modificacion de los terminos de su autorizacion contenida en la Resolucion Directoral Nº 5742013-MTC/15 de fecha 01 de febrero de 2013, variando la ubicacion de local (oficinas administrativas, aulas de ensenanza y taller de instruccion teorico - practico de mecanica), al inmueble ubicado en: Jr. MORDAZA N° 722, 3er., 4to y 5to piso, del Distrito, Provincia y Departamento de Huanuco. Articulo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES