Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2015 (06/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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posterior del vehiculo de acuerdo a la siguiente clasificacion: a) Grupo 0 : Ninos hasta un ano de edad Los ninos viajan asegurados con sistemas de retencion infantil (SRI), conocidos como sillas de bebe/nino, colocados mirando hacia el asiento posterior, en sentido contrario a la marcha, es decir, el MORDAZA va de espaldas, no de frente. b) Grupo I : Ninos entre uno y tres anos de edad Los ninos viajan asegurados con sistemas de retencion infantil (SRI), conocidos como sillas de bebe/nino, acorde a su edad. c) Grupo II : Ninos entre tres y doce anos de edad Los ninos viajan asegurados con el cinturon de seguridad universal. Articulo 4. Calidad y condiciones de los sistemas de retencion infantil (SRI) Los sistemas de retencion infantil (SRI), conocidos como sillas de bebe/nino, son de calidad probada, adecuados para el tamano y peso de los ninos y estan bien instalados; asimismo, son homologados y cumplen ciertas condiciones minimas estipuladas en el Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de MORDAZA ­ Codigo de MORDAZA, aprobado por el Decreto Supremo 016-2009MTC. Articulo 5. Acciones de promocion Los ministerios de Transportes y Comunicaciones y de Salud implementan acciones de promocion financiadas con cargo al presupuesto institucional propio, tendientes a informar, sensibilizar y concientizar a la poblacion sobre el uso de los sistemas de retencion infantil (SRI) y de los cinturones de seguridad universal para los ninos, sin demandar recursos adicionales al tesoro publico, asi como para el control estricto del cumplimiento de la presente Ley. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL UNICA. Adecuacion del Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de MORDAZA ­ Codigo de MORDAZA El Poder Ejecutivo, en el plazo de ciento veinte dias utiles, adecua el Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de MORDAZA - Codigo de MORDAZA, aprobado por el Decreto Supremo 016-2009-MTC, a las disposiciones establecidas en la presente Ley, el mismo que contempla su implementacion de manera gradual. Comuniquese al senor Presidente Constitucional de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los once dias del mes de diciembre de dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de enero del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros 1184326-1

El Peruano Martes 6 de enero de 2015

LEY Nº 30298
LA PRESIDENTA DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE INTERES NACIONAL Y NECESIDAD PUBLICA EL SANEAMIENTO FISICO-LEGAL, PROTECCION, CONSERVACION Y PUESTA EN VALOR DE LA MORDAZA ARQUEOLOGICA MONUMENTAL DE MOCOLLOPE, UBICADA EN EL DISTRITO DE CHOCOPE, PROVINCIA DE ASCOPE, DEPARTAMENTO DE LA MORDAZA
Articulo unico. Declaracion Declarase de interes nacional y necesidad publica el saneamiento fisico-legal, proteccion, conservacion y puesta en valor de la MORDAZA Arqueologica Monumental de Mocollope, ubicada en el distrito de Chocope, provincia de Ascope, departamento de La Libertad. POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la Republica, aceptandose las observaciones formuladas por el senor Presidente de la Republica, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 108º de la Constitucion Politica del Peru, ordeno que se publique y cumpla. En MORDAZA, a los quince dias del mes de diciembre de dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA DEL ALCAZAR MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica 1184325-1

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO
Designan Jefe la Oficina de Asesoria Juridica de AGRO RURAL
RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 001-2015-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE MORDAZA, 5 de enero de 2015 VISTA: La carta s/n de fecha 05 de enero de 2015, presentada por el Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mestanza; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Ejecutiva N° 1842014-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE, se designo al Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mestanza como Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego;