Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2015 (06/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Martes 6 de enero de 2015

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del delito de Peculado en calidad complice MORDAZA y coautor del delito de Asociacion Ilicita, ambos casos en agravio del Estado peruano; Que, conforme al Oficio de visto, la Secretaria Tecnica del Consejo de Defensa Juridica del Estado informa que el citado Consejo ha propuesto designar al senor abogado MORDAZA Freddy MORDAZA MORDAZA, como Procurador Publico Ad Hoc, encargado de representar al Estado peruano en los procesos que se deriven de la solicitud de refugio del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA Belaunde Lossio ante las autoridades del Estado Plurinacional de Bolivia; asi como en los procesos que deban seguirse ante ellas para asegurar la comparecencia de la referida persona ante la autoridad jurisdiccional peruana, siendo pertinente emitir el acto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru; la Ley Nº 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068, por el cual se crea el Sistema de Defensa Juridica del Estado; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0172008-JUS; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor abogado MORDAZA Freddy MORDAZA MORDAZA, como Procurador Publico Ad Hoc, para representar al Estado peruano en los procesos que se deriven de la solicitud de refugio del ciudadano MORDAZA MORDAZA Belaunde Lossio ante las autoridades del Estado Plurinacional de Bolivia, asi como en los procesos que deban seguirse ante ellas para asegurar la comparecencia de la referida persona ante la autoridad jurisdiccional peruana.

la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa juridica del Estado en el ambito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, organos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 1068 mencionado, establece que es atribucion del Consejo de Defensa Juridica del Estado, entre otras, proponer la designacion de los Procuradores Publicos del Poder Ejecutivo; Que, el numeral 14.1 del articulo 14º de la MORDAZA MORDAZA acotada, senala que el Procurador Publico Ad Hoc asume la defensa juridica del Estado en los casos que la especialidad asi lo requiera, siendo su designacion de caracter temporal; Que, de conformidad con el articulo 21º del referido Decreto Legislativo Nº 1068 y el articulo 33º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0172008-JUS, la defensa del Estado en sedes jurisdiccionales extranjeras se encuentra a cargo de Procuradores Publicos Ad Hoc, designados mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, los mismos que se designaran para cada caso en particular; Que, el Procurador Publico Especializado en Delitos de Corrupcion mediante el Informe N° 001-2015, de fecha 05 de enero de 2015, pone en conocimiento que el senor MORDAZA MORDAZA Belaunde Lossio, se encuentra solicitando refugio en el Estado Plurinacional de Bolivia, el mismo que viene siendo investigado en los casos comprendidos en la Carpeta Fiscal Nº 20-2014 por la presunta comision del delito Contra la Administracion Publica ­ Colusion Simple y Agravada, Negociacion Incompatible, Trafico de Influencias y Asociacion Ilicita, y en el Expediente Nº 160-2014 por la presunta comision