Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2015 (05/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Sábado 5 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

567993

GOBIERNOS LOCALES

Modifican el Decreto de Alcaldía Nº 012
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 016 Lima, 3 de diciembre de 2015 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA Visto, el Memorando Nº 592-2015-MML-GDU del 25 de noviembre de 2015, de la Gerencia de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 012, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 14 de noviembre de 2015, se suspendió durante el periodo comprendido entre el 15 de noviembre de 2015 y el 02 de enero de 2016, la ejecución de obras en propiedad privada y en vía pública en diversos sectores del Cercado de Lima, con la finalidad de garantizar la seguridad en las fiestas navideñas y de fin de año; Que, mediante Oficio Nº 1973-2015-MML-SGDC y Memorando Nº 1854-2015-MML-GSGC-SGDC de fechas 27 de octubre y 03 de noviembre de 2015, respectivamente, la Subgerencia de Defensa Civil, señaló que sobre el cuadrante conformado por la Av. Abancay, Av. Grau, Jr. Paruro y el Jr. Junín, así como el Jr. De la Unión y el Complejo Comercial Las Malvinas, se deberán suspender temporalmente la ejecución de obras en propiedad privada y la vía pública con la finalidad de garantizar la seguridad en las fiestas navideñas y de fin de año; Que, mediante el Informe Nº 5551-2015-MML-GDU-SAUDORP de fecha 19 de noviembre de 2015, la División de Obras y Redes Públicas de la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano, señaló que no se ha considerado como sector de suspensión el Complejo Comercial Las Malvinas, conformado por el cuadrante comprendido por la Av. Argentina, Jr. Guillermo Dansey, Av. Alfonso Ugarte y Jr. Antonio de Elizalde, recomendando precisar los alcances del Decreto de Alcaldía Nº 012, a efectos de considerar el mencionado cuadrante, propuesta que cuenta con la conformidad de la Subgerencia de Defensa Civil contenida en el Memorando Nº1944-2015-MML-GSGCSGDC de fecha 20 de noviembre de 2015; Estando a las facultades conferidas por el artículo 20º inciso 6º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y conforme a lo recomendado por las áreas técnicas; DECRETA: Artículo 1º.- incorporar en el artículo 1º del Decreto de Alcaldía Nº 012 de fecha 13 de noviembre de 2015, el inciso "g" que considera como sector de suspensión el comprendido entre la Av. Argentina cuadras 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8; Jr. Guillermo Dansey cuadras 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10; Av. Alfonso Ugarte cuadra 3 y el Jr. Antonio de Elizalde cuadra 8, dentro del cual se incluyen las vías siguientes: · Jr. Huarochirí cuadra 4. · Jr. Ascope cuadra 4. · Jr. Pacasmayo cuadra 4. · Jr. Acomayo cuadra 4. · Jr. García Villón cuadra 4. · Jr. Ramón Cárcamo cuadra 4. · Jr. Rodolfo Beltrán cuadra 8. Artículo 2º.- Aprobar los planos de los sectores señalados en el artículo 1º Decreto de Alcaldía Nº 012, los cuales forman parte integrante de aquel y se incorporan con el presente Decreto de Alcaldía. Artículo 3º.- Publicar el presente dispositivo en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Web de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob. pe). Artículo 4º.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Modifican el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de Lima
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015 Lima, 1 de diciembre de 2015 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA CONSIDERANDO: Que, el artículo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, excluyó del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de las instituciones públicas, aquellos servicios por los que el administrado puede elegir recibirlos de otra institución pública o privada; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima ha compendiado sus servicios no exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 009 de fecha 21 de octubre de 2014 y modificatorias, entre ellos el servicio de emisión de Certificados Domiciliarios; Que, el servicio de emisión del Certificado Domiciliario se incorporó en el TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de Lima en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley Nº 27839, "Ley que establece la atribución de expedir Certificaciones Domiciliarias a los Notarios Públicos", en el que se otorga atribuciones a los gobiernos locales para expedir dentro de su jurisdicción tales certificados; Que, la Ley Nº 30338, "Ley que modifica diversas Leyes sobre el Registro de la Dirección Domiciliaria, la Certificación Domiciliaria y el Cierre del Padrón Electoral", mediante su Única Disposición Complementaria derogó la Ley Nº 27839; Que, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, estando a cargo del servicio no exclusivo denominado "Emisión de Certificados Domiciliarios", propone la eliminación del referido servicio del Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE en concordancia con lo establecido por la Ley Nº 30338; De conformidad con los artículos 20º numeral 6), 39º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y el artículo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; DECRETA: Artículo 1º.- Eliminar del Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 009 de fecha 21 de octubre de 2014 en el rubro de Gerencia de Seguridad Ciudadana, el servicio no exclusivo denominado "Emisión de Certificados Domiciliarios". Artículo 2º.- Publicar el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Web de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob. pe). Artículo 3º.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1319274-1