Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2015 (05/12/2015)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

567962

NORMAS LEGALES

Sábado 5 de diciembre de 2015 /

El Peruano

la autorización hasta el día del vencimiento del plazo de vigencia otorgado, o se haya verificado la continuidad de la operación del servicio autorizado, conforme a lo dispuesto en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento. La renovación se sujeta al cumplimiento de los requisitos y las condiciones previstas en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento. Artículo 11º.- Dentro de los sesenta (60) días de notificada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual. En caso de incumplimiento, se procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 38º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 12º.- La titular de la autorización deberá cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del artículo 38° del Marco Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Artículo 13º.- La autorización a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Artículo 14°.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1319281-1 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 733-2015-MTC/03 Lima, 26 de noviembre de 2015 VISTO, el Escrito de Registro N° 2014-003655, presentado por el señor ROBERTO ADOLFO LEZAMA SANDOVAL sobre otorgamiento de autorización por Concurso Público para la prestación del servicio de radiodifusión sonora educativa en Onda Media (OM), en la localidad de Jaén - San Ignacio, departamento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, el artículo 16° de la Ley de Radio y Televisión, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan a solicitud de parte o por concurso público. El concurso público es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda es menor al número de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolución Directoral Nº 09092013-MTC/28, se aprobaron las Bases del Concurso Público Nº 01-2013-MTC/28, para el otorgamiento de autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora, en las modalidades educativa y comercial, en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra el servicio de radiodifusión sonora en Onda Media (OM) en la localidad de Jaén - San Ignacio, departamento de Cajamarca; Que, con fecha 25 de setiembre del 2013, se llevó a cabo el Acto Público Único: Recepción y Apertura de Sobres Nos. 3 y 4 y Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Público Nº 01-2013-MTC/28, adjudicándose la Buena Pro al señor ROBERTO ADOLFO LEZAMA SANDOVAL para la autorización del servicio de radiodifusión sonora educativa en Onda Media (OM), en la localidad de Jaén - San Ignacio, departamento de Cajamarca; Que, el artículo 19° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que la autorización para prestar el servicio de radiodifusión es concedida mediante Resolución del Viceministro de Comunicaciones; Que, con Resolución Viceministerial Nº 232-2005MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Onda Media (OM) para las localidades del departamento de Cajamarca, entre las cuales se encuentra la localidad de Jaén - San Ignacio; Que, según las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas mediante Resolución Ministerial

Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, las estaciones en Onda Media (OM), que operen con potencia de transmisión en el rango mayor que 1 Kw hasta 50 Kw se clasifica como una estación de Clase C; Que, mediante Informe Nº 2038-2015MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que el señor ROBERTO ADOLFO LEZAMA SANDOVAL, ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 21 y demás disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Público Nº 01-2013-MTC/28, así como con la presentación de la documentación técnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona, la autorización y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278 y sus modificatorias, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, las Bases del Concurso Público N° 01-2013-MTC/28, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC y modificatorias, que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias para el Servicio de Radiodifusión Sonora en Onda Media (OM) para la localidad de Jaén - San Ignacio, departamento de Cajamarca, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 232-2005-MTC/03, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Viceministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización al señor ROBERTO ADOLFO LEZAMA SANDOVAL, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora educativa en Onda Media (OM) en la localidad de Jaén San Ignacio, departamento de Cajamarca, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas que se detallan a continuación: Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad Características Técnicas: Indicativo Emisión Potencia Nominal del Transmisor Clasificación de Estación Ubicación de la Estación: Estudios : Pasaje Shililique s/n, distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca. : OAM-2R : 10K0A3EGN : 2 KW : CLASE "C" : RADIODIFUSIÓN SONORA EN OM : 1580 KHz : EDUCATIVA

Coordenadas Geográficas : Longitud Oeste : 78º 48' 07.6'' Latitud Sur : 05º 43' 09.7'' Planta Transmisora : Sector Morro Solar, distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca.

Coordenadas Geográficas : Longitud Oeste : 78º 47' 38.9'' Latitud Sur : 05º 43' 02.7'' Zona de Servicio : El área comprendida dentro del contorno de 62 dBV/m.

La autorización otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusión correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorización previa otorgada por la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. El plazo de la autorización y permiso concedidos se computará a partir de la fecha de notificación de la