Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2015 (05/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Sábado 5 de diciembre de 2015 /

El Peruano

los créditos presupuestarios aprobados, cuyo importe es de diez millones setecientos sesenta y ocho mil ochocientos cuarenta y nueve y 00/100 nuevos soles (S/. 10'768,849.00); Que, el tratamiento médico altamente especializado que se debe brindar al Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú Daniel Alejandro Ubillús Tambini, se orienta esencialmente a la recuperación de su salud, lo cual redundará en el bienestar personal, así como en el institucional de la Policía Nacional del Perú, pues ello permitirá reincorporarlo en su oportunidad al servicio policial, resultando de interés institucional autorizar el respectivo viaje al exterior del país, teniendo en consideración que los gastos que irrogará dicho tratamiento por concepto de compensación extraordinaria, pasajes aéreos en clase económica (incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto) y otros, serán asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; Que, el artículo 13 del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG, establece que el Personal Militar del Sector Defensa en Situación de Actividad que contraiga una enfermedad o lesión y no logre su total recuperación por falta de tratamiento especializado en el país, podrá ser evacuado al extranjero para ser tratado en Centros de Salud altamente especializados, sujeto a la disponibilidad presupuestal, requiriéndose previamente un peritaje médico, así como el informe de la Junta de Sanidad de la Institución Armada respectiva; Que, asimismo el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, hizo extensivo al personal de la Policía Nacional del Perú los alcances del acotado Decreto Supremo Nº 002-2004-DE, por lo que en consecuencia el personal de dicha institución que requiera tratamiento especializado podrá viajar al extranjero para obtener tratamiento médico altamente especializado, cumpliendo los correspondientes requisitos en cada caso; Que, según lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; De conformidad con la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Supremo Nº 010-2013-IN, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN ;y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior del Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú Daniel Alejandro Ubillus Tambini, del 15 de diciembre 2015 al 28 de marzo de 2016, a la ciudad de La Habana, República de Cuba, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de compensación extraordinaria y pasajes aéreos en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje al que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo de la Unidad Ejecutora Nº 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del interior, de acuerdo al siguiente detalle:
PRESUPUESTO DEL AÑO FISCAL 2015 (del 15 de diciembre al 31 de diciembre de 2015) Importe Días Pers. TOTAL US$ Compens. Extraord. Parcial (20%) US$ 553.18 16 1 US$ 553.18 Pasaje de Ida US$ 844.94 1 US$ 844.94

CON CARGO AL PRESUPUESTO DEL AÑO FISCAL 2016 (del 1 de enero al 28 de marzo de 2016) Importe Días Pers. TOTAL US$ Compens. Extraord. Parcial (20%) US$ 2,863.52 88 1 US$ 2,863.52 Pasaje de vuelta US$ 791.66 1 US$ 791.66

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días, de efectuado el viaje, el personal policial mencionado en el artículo 1 deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los pasajes aéreos y la compensación extraordinaria asignada. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1320215-4

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Designan Presidente y miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chucuito - Juli
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 257-2015-MIMP Lima, 4 de diciembre de 2015 Vistos, el Informe 02-2015-MIMP/DGFC-DIBPVJAC de la Dirección de Beneficencias Públicas y la Nota 352-2015-MIMP/DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial 459-2007-MIMDES, entre otras acciones, se designó a la señora Irides Carmen Beltrán Zeballos como miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chucuito - Juli; Que, mediante Resolución Ministerial 259-2013MIMP, entre otras acciones, se designó a la señorita Niumfa Delia Arias Chino como Presidenta del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chucuito - Juli; Que, por convenir al servicio, es necesario dar por concluida las citadas designaciones y designar a las personas que se desempeñarán en dichos cargos; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 26918 ­ Ley de Creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo; en la Ley 27594 ­ Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo 1098 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento