Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2014 (07/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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a las ciudades de Barranquilla y MORDAZA, Republica de Colombia, para que en representacion de PROMPERU, desarrollen actividades vinculadas a la promocion turistica del Peru en el evento MORDAZA mencionado; Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, prohibe los viajes al exterior con cargo a recursos publicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley senala, entre ellos, los viajes que se efectuen en el MORDAZA de las acciones de promocion de importancia para el Peru, los que deben realizarse en categoria economica y ser autorizados por Resolucion del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje de las senoritas Liz MORDAZA Chuecas Gatty y MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Velasco, a las ciudades de Barranquilla y MORDAZA, Republica de Colombia, del 8 al 12 de setiembre de 2014, para que en representacion de PROMPERU lleven a cabo diversas acciones de promocion del turismo receptivo, durante el evento "Vitrina Peru en Colombia", a realizarse en dichas ciudades. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion se efectuaran con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, de acuerdo al siguiente detalle: Liz MORDAZA Chuecas Gatty: - Pasajes Aereos : - Viaticos (US$ 370,00 x 4 dias) : US $ US $ 1 035, 00 1 480,00 1 035, 00 1 480,00 CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA 7 de setiembre de 2014

MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Velasco: - Pasajes Aereos : US $ - Viaticos (US$ 370,00 x 4 dias) : US $

Articulo 3°.- Dentro de los quince dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el personal cuyo viaje se autoriza, debera presentar a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERU un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistira; asimismo, debera presentar la rendicion de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Articulo 4°.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. ARACELLY LACA MORDAZA Secretaria General (e) 1132975-2

Que, conforme a lo establecido en el Articulo 28º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Articulos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalizacion y Acreditacion, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta MORDAZA Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comites Tecnicos de Normalizacion; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la Organizacion Mundial del Comercio, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion 0482008/CNB-INDECOPI; Que, el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas vigente, establece en su articulo 15 que las Normas Tecnicas Peruanas seran revisadas periodicamente para lograr su actualizacion; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo los siguientes Comites Tecnicos de Normalizacion: a) Conductores Electricos, b) Cacao y chocolate y c) Aplicacion de metodos estadisticos de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, de conformidad con lo dispuesto por los Comites citados, se evaluo la necesidad de reemplazar 03 Normas Tecnicas Peruanas y dejar sin efecto 04 Normas Tecnicas Peruanas caducas; Que, la Comision acorde a lo informado por el mencionado Comite, confirmo la necesidad de reemplazar 03 Normas Tecnicas Peruanas y dejar sin efecto 03 Normas Tecnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolucion 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros. RESUELVE Primero.- REEMPLAZAR las siguientes Normas Tecnicas Peruanas:
NTP IEC 60811-1-1:2011 METODOS DE ENSAYOS COMUNES PARA MATERIALES DE AISLAMIENTO Y CUBIERTA DE CABLES ELECTRICOS Y DE FIBRA OPTICA. PARTE 1-1: Metodos para aplicaciones generales. Medicion de espesores y dimensiones exteriores - Ensayos para la determinacion de las propiedades mecanicas. 2ª Edicion Reemplazada por la NTP IEC 60811501:2013 Reemplazada por la NTP IEC 60811201:2013 Reemplazada por la NTP IEC 60811202:2013 Reemplazada por la NTP IEC 60811203:2013 CACAO Y CHOCOLATE. Chocolate compuesto y relleno. Requisitos. 3 ª Edicion Reemplazada parcialmente por la NTPCODEX MORDAZA 87:2013

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Disponen reemplazar Normas Tecnicas Peruanas de metodos de ensayo, cacao y chocolate y alimentos cocidos de reconstitucion instantanea y dejan sin efecto 3 NTP
RESOLUCION COMISION DE NORMALIZACION Y DE FISCALIZACION DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 88-2014/CNB-INDECOPI MORDAZA, 28 de agosto de 2014

NTP 208.013:2014