Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2014 (09/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV y operar en el local ubicado en la Av. Pachacutec N° 3327, Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, Provincia y Departamento de MORDAZA, por el plazo de cinco (05) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Segundo.- La empresa CORPORACION CAM MOTORS S.A.C., bajo responsabilidad debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion: ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 16 de MORDAZA del 2015 16 de MORDAZA del 2016 16 de MORDAZA del 2017 16 de MORDAZA del 2018 16 de MORDAZA del 2019

El Peruano Miercoles 9 de MORDAZA de 2014

VIVIENDA
Oficializan MORDAZA logotipo e isotipo institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento
RESOLUCION MINISTERIAL N° 229-2014-VIVIENDA MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2014 VISTO: El Informe Nº 009-2014-VIVIENDA-SG-UCI, de la Unidad de Comunicacion Institucional de la Secretaria General; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, tiene por objeto definir la naturaleza juridica y regular el ambito de competencia, la rectoria, las funciones y la estructura organica basica del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (MVCS), y sus relaciones con otras entidades, asi como establecer las funciones y la organizacion interna del MVCS; Que, de acuerdo a lo senalado por los articulos 5 y 6 de la citada Ley, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento es el organo rector de las politicas nacionales y sectoriales dentro de su ambito de competencia, que comprende las materias de vivienda, construccion, saneamiento, urbanismo y desarrollo MORDAZA, bienes estatales y propiedad MORDAZA, las mismas que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion, y en todo el territorio nacional; Que, el articulo 61 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102014-VIVIENDA, establece que la Oficina General de Comunicaciones ejerce, entre otras, las funciones de proponer, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar los lineamientos y estrategias de comunicacion y de publicidad del Ministerio; y de proponer estrategias para fortalecer la identificacion institucional, la comunicacion interna y externa, asi como la imagen institucional; Que, la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, preve que toda referencia en normas anteriores a los organos y unidades organicas del Ministerio que no formen parte del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por dicho Decreto Supremo, debe identificarse con los nuevos organos y unidades organicas de acuerdo con sus funciones; Que, por Decreto Supremo Nº 056-2008-PCM, se dispuso que los Ministerios que conforman el Poder Ejecutivo y los organismos publicos adscritos a ellos consignaran en su documentacion oficial y en toda documentacion que emitan y/o cursen a entidades publicas y privadas, el Gran Sello del Estado y su denominacion completa, de conformidad con el formato que en anexo forma parte integrante del mencionado Decreto Supremo; Que, con Informe Nº 009-2014-VIVIENDA-SG-UCI, la Jefa de la Unidad de Comunicacion Institucional de la Secretaria General, actual Oficina General de Comunicaciones, recomienda aprobar, mediante Resolucion Ministerial, el logotipo e isotipo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a ser utilizado en las actividades, productos, instrumentos y campanas de comunicacion en el cumplimiento de sus funciones; asimismo, permitira facilitar las comunicaciones en el sector, estandarizar y socializar su uso adecuado en las campanas de comunicacion, estandartes, piezas graficas y merchandising institucional, entre otros elementos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA;

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Tercero.- La empresa CORPORACION CAM MOTORS S.A.C., bajo responsabilidad debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion o contratacion de una nueva poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion: ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 11 de MORDAZA del 2015 11 de MORDAZA del 2016 11 de MORDAZA del 2017 11 de MORDAZA del 2018 11 de MORDAZA del 2019

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Cuarto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias (SUTRAN), MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Quinto.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV. Articulo Sexto.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". El costo de la publicacion de la presente Resolucion Directoral sera asumido por la empresa solicitante. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 1105589-1