Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2014 (01/02/2014)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano Sabado 1 de febrero de 2014

515913
En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 367° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y contando con la opinion favorable de la Superintendencia Adjunta de Administracion General; RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar los procedimientos Nº 99 "Acceso a la Informacion que posee la Superintendencia" y N° 100 "Acceso a la informacion de la Central de Riesgos de la SBS", del MORDAZA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en cuanto al porcentaje de la UIT del derecho de tramite correspondiente, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los textos de los procedimientos modificados en el articulo precedente, que en anexos forman parte de la presente Resolucion, se publicaran de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 004-2008-PCM, reglamento de la Ley Nº 29091 (Portal institucional www.sbs.gob.pe). Articulo Tercero.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1044783-1

correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aereos US$ Viaticos US$ 2 082,78 3 240,00

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1044151-1

Modifican procedimientos Nº 99 "Acceso a la Informacion que posee la Superintendencia" y Nº 100 "Acceso a la informacion de la Central de Riesgos de la SBS" del MORDAZA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
RESOLUCION SBS N° 752-2014 MORDAZA, 30 de enero de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTO: El Informe N°005-2014-DOC, relacionado con la modificacion de los porcentajes del costo de tramitacion de los procedimientos Nº 99 y Nº 100, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia; y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS N° 3082-2011 de fecha 11 de marzo de 2011, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; el mismo que incluye procedimientos con derecho de tramitacion; Que, de acuerdo al MORDAZA valor de la UIT para el ano 2014, aprobado por el D.S. N° 304-2013-EF, es necesaria la revision de los porcentajes relacionados al costo de tramitacion consignados en los procedimientos N° 99 "Acceso a la Informacion que posee la Superintendencia" y N° 100 "Acceso a la informacion de la Central de Riesgos de la SBS" del MORDAZA vigente; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, que establece que la modificacion del valor de la UIT no implica la actualizacion automatica de los derechos de tramitacion contenidos en el MORDAZA, resulta necesario revisar los porcentajes aplicados a la UIT en el calculo del costo del derecho de tramitacion de los procedimientos MORDAZA referidos; Que, los nuevos terminos porcentuales propuestos, que seran aplicados a la UIT del presente ano, no alteran el valor absoluto en Nuevos Soles de los derechos de tramitacion, no siendo por el momento necesario realizar un MORDAZA estudio de costos para los procedimientos N°99 y N°100 del MORDAZA de esta Superintendencia; Que, corresponde a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, conforme a la autonomia funcional que le confiere el articulo 346° de la Ley N° 26702 y al articulo 38º de la Ley Nº 27444, aprobar las modificaciones del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA Institucional;

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 04-2014-GRA/PR-GGR VISTO: El Informe Nº 1269-2013-GRA/OOT y el Informe Tecnico Legal Nº 044-2013-GRA/OOT, expediente Nº 2012-36684, respecto al procedimiento de Primera Inscripcion de Dominio en favor del Estado del terreno eriazo de dominio privado de 16,990.33 m2 ubicado en el Sector Punta El Fuerte en el Distrito de Mollendo, Provincia de Islay, Departamento de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 62 de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, senala en el inc.b), que es funcion de los Gobiernos Regionales: "b) Realizar los actos de inmatriculacion, saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal." Que, en virtud de lo establecido en la Resolucion Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de fecha 26 de MORDAZA de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de