Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2014 (15/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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Articulo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4º.- El Oficial MORDAZA designado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal MORDAZA comisionado, debera efectuar la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1123918-7

El Peruano Viernes 15 de agosto de 2014

"Neutralidad y Transparencia de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social durante los Procesos Electorales"; y se aprobaron los "Lineamientos para la elaboracion y aprobacion de Directivas sobre Neutralidad y Transparencia de los Programas Sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social durante los Procesos Electorales", otorgandoseles un plazo de 3 dias habiles para la aprobacion de tales directivas; Que, mediante los documentos de Vistos, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Asesoria Juridica proponen la aprobacion de la "Directiva sobre Neutralidad y Transparencia del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pension 65 durante los procesos electorales"; Que, de acuerdo con el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", son funciones de la Direccion Ejecutiva, aprobar, ejecutar, modificar y derogar las directivas, reglamentos y otras normas tecnico-operativas o administrativas internas que requiera el programa para su funcionamiento, de acuerdo con las politicas sectoriales y lineamientos que establezca el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; Que, en consecuencia, a efectos de coadyuvar a garantizar, durante los procesos electorales, la transparencia y neutralidad del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", resulta pertinente la aprobacion de la directiva a que se hace referencia en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 081-2011-PCM que crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", y la Resolucion Ministerial Nº 177-2012-MIDIS que aprueba su Manual de Operaciones; SE RESUELVE:

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Aprueban "Directiva sobre Neutralidad y Transparencia del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pension 65 durante los procesos electorales"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 073-2014-MIDIS/P65-DE MORDAZA, 14 de agosto de 2014 VISTOS: El Informe Nº 093-2014-MIDIS/P65-UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 154-2014MIDIS/P65-UAJ de la Unidad de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2011-PCM se creo el Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65" con la finalidad de otorgar subvenciones economicas a las personas adultas en condicion de extrema pobreza a partir de los sesenta y cinco (65) anos de edad que cumplan con los requisitos establecidos por la indicada norma; Que, mediante Ley Nº 29792, se creo el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, determinandose su ambito, competencias, funciones y estructura basica; Que, la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29792, dispuso la adscripcion del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65" al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, la cual opero a partir del 1 de enero de 2012; Que, la neutralidad y transparencia son deberes que guian la actuacion de la Administracion Publica, por lo que su aseguramiento es necesario para garantizar que las votaciones en los procesos electorales traduzcan la expresion libre y espontanea voluntad de los ciudadanos; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 186-2014MIDIS, se aprobo la Directiva Nº 003-2014-MIDIS

Articulo 1.- Aprobar la Directiva Nº 001-2014MIDIS/65-DE "Directiva sobre Neutralidad y Transparencia del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pension 65 durante los procesos electorales", que en Anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2.- Designar al Coordinador Tecnico del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65" como responsable del seguimiento al cumplimiento de las disposiciones de la directiva aprobada por la presente resolucion. Articulo 3.- Disponer la publicacion del Anexo de la presente resolucion en el MORDAZA Institucional del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65" (www. pension65.gob.pe) en la misma fecha de publicacion de la presente resolucion en el diario oficial El Peruano. Articulo 4.- Notificar la presente resolucion y su Anexo a las unidades de apoyo, de asesoramiento y tecnicas del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", asi como a sus unidades territoriales a nivel nacional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65" 1123912-1

Aprueban "Directiva sobre Neutralidad y Transparencia del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres - JUNTOS durante los procesos electorales"
RESOLUCION DE DIRECCION EJECUTIVA Nº 097-2014-MIDIS/PNADP-DE MORDAZA, 14 de agosto de 2014. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se creo el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, determinandose su ambito, competencias, funciones y estructura basica;