Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2013 (19/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano Sabado 19 de octubre de 2013

505271

En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ARTICULOS 27, 28 Y 37 DEL REGIMEN DE APLICACION DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS Articulo Primero.- MODIFICASE los articulos 27º, 28º y 37º de la Ordenanza Nº 284-MDJM - Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas - RAS, los mismos que tendran el siguiente texto: "Articulo 27º.- ABANDONO DE BIENES RETENIDOS Y RETIRADOS Tratandose de productos perecibles, si al dia habil siguiente de retenidos o retirados no son recuperados, seran declarados en estado de abandono, mediante Resolucion de Gerencia de Seguridad Ciudadana. Estos bienes pueden ser donados a entidades de servicio social, previo informe del organo instructor con analisis sanitario, que los declare aptos para el consumo humano. Mediante Resolucion de Gerencia de Seguridad Ciudadana se dispondra el destino de los bienes en el plazo de dos (02) dias habiles de declarado en abandono. Los bienes no perecibles se depositaran por un plazo no mayor de quince (15) dias habiles de concluido el procedimiento sancionador con Resolucion. Vencido dicho plazo sin haber sido retirados del Deposito Municipal, seran declarados en abandono y se dispondra su destino final (remate o donacion) con Resolucion de Gerencia Municipal que cause estado, de acuerdo a su valoracion y las normas que se dicte sobre la materia. Articulo 28º.- DEVOLUCION DE BIENES RETENIDOS Y RETIRADOS En cualquier momento, y MORDAZA del remate o donacion del (los) bien(es), el infractor puede recuperarlo(s), previo pago de la multa y el almacenaje establecido en el tarifario municipal vigente. Los terceros propietarios, pueden solicitar su devolucion mediante escrito ingresado a traves de Tramite Documentario, con la documentacion que acredite su derecho, lo que sera derivado para su pronunciamiento al organo instructor dentro del plazo MORDAZA no mayor de un (01) dia habil tratandose de bienes perecibles y de dos (02) dias habiles tratandose de bienes no perecibles." "Articulo 37º.- INTERNAMIENTO TEMPORAL DE VEHICULOS Es la medida correctiva que consiste en el ingreso temporal en el Deposito Municipal, o donde disponga la autoridad instructora, de los vehiculos declarados en estado de abandono en la via publica, produzcan ruidos molestos o se encuentren estacionados en areas verdes, parques, veredas, retiro municipal, zonas rigidas o prohibidas. Los infractores deberan cumplir con pagar el concepto por almacenaje establecido en el tarifario municipal vigente. Los vehiculos se depositaran por un plazo no mayor de quince (15) dias habiles de concluido el procedimiento sancionador con Resolucion. Vencido dicho plazo sin haber sido retirados del Deposito Municipal, seran declarados en abandono y se dispondra su destino final (remate o donacion) con Resolucion de Gerencia Municipal, de acuerdo a su valoracion y las normas que se dicte sobre la materia." Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 1001393-2

Autorizan viaje de MORDAZA a Mexico, en comision de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 059-2013-MDJM MORDAZA MORDAZA, 15 de octubre del 2013 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA VISTO; en sesion ordinaria de Concejo de la fecha; con el MORDAZA mayoritario de los senores Regidores, con la dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Documento Nº ICI-178-2013 de fecha 09 de MORDAZA del 2013, el Instituto de Investigacion y Desarrollo en Prevencion de Violencia y Promocion de la Convivencia Social ­ CISALVA, dio a conocer la aprobacion del ingreso de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA como miembro de la Red Internacional de Comunidades Seguras; Que, del 21 al 23 de octubre del 2013 se realizara en Merida, Yucatan, Mexico, la XXI Conferencia Internacional de Comunidades Seguras, titulada "Cultura de la prevencion para construir entornos mas seguros"; Que, mediante Informe Nº 00222-2013-MJM/GPP/ SGPIPCTyPE de fecha 01 de octubre del 2013, la Sub Gerencia de Promocion de la Inversion Privada, Cooperacion Tecnica y Proyectos Especiales informo que la participacion de la Municipalidad en el evento permitira promover la adopcion de una cultura de prevencion que MORDAZA apertura hacia un pensamiento donde la participacion es la base para transformar la cotidianeidad, ejecutar acciones y gestar cambios para el bienestar y el desarrollo de todos los vecinos del distrito; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, establece las normas que regulan la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos que irroguen gasto al Tesoro Publico, en concordancia con la Ley de Presupuesto y las normas de austeridad vigentes; Que, el articulo 10 de la Ley Nº 29951 de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2013, establece que el requerimiento de viajes al exterior por supuestos distintos a los senalados en el numeral 10.1, en el caso de gobiernos locales, se autoriza mediante Acuerdo del Concejo y se publica en el diario oficial El Peruano; Que, con Memorandum Nº 2537-2013-MDJM/GPP del 02 de octubre del 2013, la Gerencia Planeamiento y Presupuesto ha determinado que los gastos que irroga la asistencia al referido evento, comprende pasajes de ida y vuelta, cuyo monto total asciende a S/. 9,208.25; los mismos que estan provisionados y cuentan con la disponibilidad presupuestal con cargo al Presupuesto Municipal ano fiscal 2013; Que, con Informe Nº 1242-2013-MDJM-GAJyRC del 09 de octubre de 2013, la Gerencia de Asesoria Juridica opina se autorice por excepcion el viaje al exterior y que corresponde que su autorizacion para viajar al exterior se formalice mediante Acuerdo de Concejo, en aplicacion de lo dispuesto por el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 29951; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9 de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, arribo al siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- AUTORIZASE, por excepcion, el viaje en representacion y comision de servicios del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pella, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de Merida, Yucatan, Mexico, los dias 20 al 24 de octubre del 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- Los costos que se deriven de la presente comision de servicios seran financiados con cargo a los recursos segun se detalla en la parte considerativa del presente Acuerdo, ascendiendo al monto de S/. 9,208.25;