Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2013 (17/10/2013)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 60

505050
del plazo senalado en el acapite iv.c. del presente articulo. Una MORDAZA de dicha MORDAZA debera ser guardada por la AFP en la Carpeta del A liado. Articulo 17PP°.- Causales de traspaso. Los a liados incorporados al SPP mediante un MORDAZA de licitacion solo podran traspasarse a otra AFP, durante el periodo de permanencia obligatorio establecido en el articulo 7A° de la Ley, cuando se encuentren en alguno de los siguientes supuestos: a. La rentabilidad MORDAZA de comisiones por MORDAZA de Fondo de la AFP adjudicataria de la licitacion sea menor al comparativo del mercado. b. Se solicite o declare en quiebra a la AFP adjudicataria, asi como se la declare en disolucion o se encuentre en MORDAZA de liquidacion. Para los efectos de lo contemplado en el inciso a., no se tomara en consideracion aquellas comisiones que consideren un descuento en funcion al tiempo de permanencia que pudiera ofrecer alguna AFP bajo la forma de planes de permanencia, de que trata el articulo 53º y siguientes del Titulo III del Compendio de Normas Reglamentarias de Superintendencia, aprobado por Resolucion Nº 053-98-EF/SAFP y modi catorias, asi como por lo establecido en la MORDAZA cuarta disposicion nal y transitoria del Titulo V del precitado Compendio. Articulo 17QQ°.- Responsabilidad de calculo de la rentabilidad neta. La AFP adjudicataria de la licitacion de nuevos a liados debera implementar desde la MORDAZA publica en su pagina web un aplicativo que calcule la rentabilidad MORDAZA de comisiones segun lo establecido en el presente subcapitulo y veri que la permanencia minima de acuerdo con lo senalado en el articulo 17NN°. La AFP adjudicataria de la licitacion sera responsable ante los a liados y publico en general, acerca de las caracteristicas, funcionalidad y facilidades que presente dicho aplicativo, debiendo asegurar estandares minimos en cuanto a su adecuado funcionamiento, continuidad y uso bajo operaciones en linea por parte de los usuarios. Asimismo, debera asegurar la colocacion en un lugar visible de su sitio web y la conectividad con el MORDAZA electronico de la Superintendencia. Articulo 17RR°.- MORDAZA de informacion. El calculo de la rentabilidad MORDAZA de comisiones senalada en el literal a. del articulo 17PP° se realizara con los valores cuota diarios ajustados por MORDAZA de fondo de pensiones y los componentes de comision sobre remuneracion y de comision sobre saldo de la comision mixta publicadas en el sitio web de la Superintendencia, segun informacion proporcionada por las AFP. La mencionada informacion sera remitida mensualmente por la Superintendencia a la AFP adjudicataria de la licitacion mediante el MORDAZA de supervisados u o cio en fecha anterior a la MORDAZA en el articulo 17SS°. La informacion sobre remuneracion correspondera a aquella registrada por la AFP adjudicataria con ocasion del ultimo aporte obligatorio acreditado del a liado en su Cuenta Individual de Capitalizacion. La fuente de informacion del Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana es la que publica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) en el Diario O cial El Peruano. Articulo 17SS°.- Responsabilidad de actualizacion de la informacion utilizada en el calculo de la rentabilidad MORDAZA de comisiones. La informacion utilizada en el calculo de la metodologia que se aplica para veri car la causal de traspaso a la que hace referencia el articulo 17VV° sera actualizada mensualmente, bajo responsabilidad de la AFP adjudicataria de la licitacion, dentro de los primeros diez (10) dias calendario de cada mes y hasta que culmine el periodo de permanencia obligatoria de los a liados incorporados al SPP mediante licitacion. La mencionada informacion se re MORDAZA a los componentes de la comision mixta (remuneracion y saldo), el valor cuota diario ajustado de cada MORDAZA de fondo de pensiones, la remuneracion del a liado y el Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA metropolitana (IPC). Articulo 17TTº.- Causal de traspaso por declaracion de quiebra, disolucion o la AFP se encuentre en MORDAZA de liquidacion. La causal de traspaso senalada en el literal

El Peruano Jueves 17 de octubre de 2013

b. del articulo 17PPº se veri cara una vez que se inicie la administracion temporal de los fondos de pensiones por parte de otra u otras administradoras, conforme a lo establecido en el Articulo 71° de la Ley, y lo dispuesto en el Titulo XI del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP, aprobado mediante Resolucion Nº 538-98-EF/SAFP. Articulo 17VV°.- Veri cacion de la causal de traspaso por Rentabilidad MORDAZA de Comisiones. La causal de traspaso senalada en el literal a. del articulo 17PPº, se validara utilizando la metodologia de calculo de la rentabilidad MORDAZA de comisiones, que estara en funcion del diferencial de comisiones sobre remuneracion (DCR) y del diferencial de rentabilidad MORDAZA de comisiones sobre saldo (DRN). Cuando el DCR resulte menor que el DRN se veri ca el cumplimiento de la causal de traspaso por menor rentabilidad MORDAZA de comisiones. El diferencial de comisiones sobre remuneracion (DCR) y el diferencial de rentabilidad MORDAZA de comisiones sobre saldo (DRN) se calcularan aplicando las siguientes metodologias: a. Diferencial de comisiones sobre remuneracion
23

DCR
i 0

(cri

M

cri ) *W * (1
G

) ( 23 i 1) / 24 * (1 d ) ( 23 i 1) / 24

Donde: DCR = Diferencial en nuevos soles entre la comision sobre remuneracion cobrada por la AFP adjudicataria de la licitacion y la AFP no adjudicataria, expresada a tres decimales truncados. AFP adjudicataria de la licitacion. AFP no adjudicataria de la licitacion. G o M. Mes: i = 0, 1, 2,....n, n+1, n+2,.....23. Mes de a liacion (corresponde al primer mes de devengue). Mes previo al mes de veri cacion del cumplimiento de la causal de traspaso por menor rentabilidad MORDAZA de comisiones. Componente de comision sobre remuneracion de la comision mixta, expresada en terminos porcentuales, aplicada por la AFP S en el mes i. Para los meses i=0,1,2,3......n, se aplica la comision sobre remuneracion vigente en cada uno estos meses. Para los meses i=n+1, n+2,.....23, se aplica la siguiente formula: cri minimo crmci , crmvi , cuyas variables son las siguientes: Componente de comision sobre remuneracion de la comision mixta de la AFP S, en el mes i, expresada en terminos porcentuales, resultado de aplicar el cronograma de reduccion de comision sobre remuneracion establecido en la Resolucion SBS N° 8514-2012. Componente de comision sobre remuneracion, expresada en terminos porcentuales, que la AFP S aplicara a los a liados bajo comision mixta en el mes i. Esta comision sera para todos los meses i=n+1, n+2,....23 la comision vigente en el mes i=n, salvo que la AFP comunique por escrito a esta Superintendencia un cambio en una fecha futura cierta, en este caso la aplicacion de la nueva comision se sujetara a las disposiciones previstas en el articulo 102º del Reglamento del TUO de la ley del SPP, siendo susceptible de ser considerada para el calculo al que se re MORDAZA el presente articulo. Corresponde a la remuneracion del ultimo aporte acreditado del a liado entre el mes 1 y el mes n, la misma que se mantiene MORDAZA para todo el periodo de calculo. Tasa de ajuste real anual igual a 5%.
S S S

G M S i 0 n

= = = = = =
S

cri

=

crmciS

=

crmv iS

=

W

=

d

=