Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2013 (19/06/2013)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

497510
Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo N.° 001, del 11 de enero de 2013, que desestimo la solicitud de vacancia interpuesta en contra de MORDAZA MORDAZA Majino, en el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, por incurrir en la causal prevista en el articulo 22, numeral 9, de la Ley N.° 27972, Ley organica de Municipalidades. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 951709-2

El Peruano Miercoles 19 de junio de 2013

hecho recien el 19 de diciembre de 2009, por lo que, a la fecha de postular, habria vivido solamente diez meses en el distrito. Con ello, la autoridad cuestionada habria incumplido uno de los requisitos establecidos en el articulo 6 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante LEM), que establece que, para ser elegido MORDAZA o regidor, se requiere domiciliar en la provincia o distrito donde se postule cuando menos dos anos continuos. Con respecto a los descargos presentados por el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA El 24 de enero de 2013, el MORDAZA presento sus descargos (fojas 14 a 49) a la solicitud de vacancia presentada en su contra, argumentando que los hechos expuestos en la solicitud de vacancia no se encuentran contemplados en la causal prevista en el articulo 22, numeral 10, de la LOM, ya que cuestionan su condicion de vecino, previa a la celebracion de las Elecciones Municipales y Regionales del 2010, y no respecto a hechos producidos a partir del 1 de enero de 2011. El MORDAZA presento, como medios probatorios, un contrato de compraventa de un solar MORDAZA, suscrito el 25 de octubre de 2007, la lista de empadronados de la Ronda Campesina de MORDAZA MORDAZA - 2007, asi como actas de sesiones correspondientes a los meses de agosto, setiembre, octubre y noviembre de 2007, y de noviembre de 2009, enero y marzo de 2010, suscritas por el (fojas 18 a 49). El pronunciamiento de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA El 1 de febrero de 2013, en Sesion Extraordinaria N° 005-2013-MDPH-CM (fojas 84 a 95), el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA acordo, por mayoria, rechazar la solicitud de vacancia interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Hermosa. Esta decision fue plasmada en el Acuerdo de Concejo N° 003-2013-MDPH-CM, adoptado en la misma fecha (fojas 11 y 12). Respecto al recurso de apelacion El 5 de febrero de 2013, dentro del plazo legalmente establecido y cumpliendo con todos los requisitos exigidos, el solicitante, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interpuso recurso de apelacion (fojas 6 a 10) en contra del Acuerdo de Concejo N° 003-2013-MDPH-CM, que rechazo su solicitud de vacancia, sobre la base de los fundamentos expuestos en la misma. CUESTION EN DISCUSION Corresponde determinar si MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, consigno informacion falsa referida a su domicilio, en la hoja de MORDAZA que presento al JNE cuando era candidato, y si con ese hecho habria incurrido en la causal de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 10, de la LOM. CONSIDERANDOS Con respecto a la causal de vacancia prevista en el articulo 22, numeral 10, de la LOM 1. El articulo 22, numeral 10, de la LOM, establece que se declara la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor por sobrevenir alguno de los impedimentos establecidos en la LEM, es decir, esta causal de vacancia exige que el hecho que la configure se produzca despues de la eleccion, no siendo posible alegar que se incurre en MORDAZA con conductas realizadas MORDAZA de la eleccion. La causal de vacancia contemplada en este numeral esta prevista para proteger los intereses municipales, debiendo aplicarse, por lo tanto, como consecuencia de la realizacion de un acto posterior a la incorporacion como miembro del concejo municipal respectivo. Analisis del caso concreto 2. El argumento del recurrente esta dirigido a cuestionar la calidad de vecino del distrito de MORDAZA MORDAZA, del ahora

Confirman Acuerdo de Concejo N° 003-2013-MDPH-CM, que desestimo solicitud de vacancia contra MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de Ucayali, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 492-2013-JNE Expediente N° J-2013-00192 MORDAZA MORDAZA - UCAYALI - MORDAZA MORDAZA, veintiocho de MORDAZA de dos mil trece VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Acuerdo de Concejo N° 003-2013-MDPH-CM, que rechazo la solicitud de vacancia presentada en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de Ucayali, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 10, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de vacancia El 10 de diciembre de 2012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito (fojas 56 a 74) ante el MORDAZA Nacional de Elecciones (en adelante JNE) la vacancia en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de Ucayali, departamento de MORDAZA, alegando que la referida autoridad habria consignado informacion falsa en la hoja de MORDAZA que presento al JNE. Esta informacion habria estado referida al tiempo que domicilio en el distrito MORDAZA de postular al cargo de MORDAZA, y que, segun el recurrente, fue inferior al exigido por ley para poder ser candidato. Segun los hechos expuestos por el solicitante, el ahora MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, consigno datos falsos en la declaracion jurada de MORDAZA que presento con motivo de las Elecciones Municipales y Regionales del ano 2010. Segun alega en su solicitud, es falso que el MORDAZA hubiera vivido por mas tres anos en el caserio de MORDAZA MORDAZA, distrito de MORDAZA MORDAZA, pues el cambio domiciliario registrado en el documento de identidad del MORDAZA fue