Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2012 (13/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de MORDAZA de 2012

Otorgan a Bluewave MORDAZA Peru S.A.C. autorizacion de instalacion para una planta de enlatado en el distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 102-2012-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 20 de febrero del 2012 VISTO, el escrito de Registro Nº 00010553-2012, de fecha 03 de febrero de 2012, presentado por BLUEWAVE MORDAZA PERU S.A.C.; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 4, inciso b) del articulo 43º, los articulos 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que para la instalacion de establecimientos industriales pesqueros se requiere de autorizacion, la que constituye un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria, actual Ministerio de la Produccion, otorga a plazo determinado y a nivel nacional; Que, el articulo 49º del Decreto Supremo Nº 012-2001PE, Reglamento de la Ley General de Pesca, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado con Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y modificatorias, establece en el Procedimiento Nº 26, los requisitos para acceder a una Autorizacion para la Instalacion, Traslado Fisico e Incremento de Capacidad de establecimiento industrial pesquero, de Centros de Depuracion de Moluscos Bivalvos o de Planta de Reaprovechamiento de residuos hidrobiologicos; Que, con el escrito del visto, BLUEWAVE MORDAZA PERU S.A.C. solicita autorizacion de instalacion de una planta de enlatado de productos hidrobiologicos de 6705 MORDAZA turno de capacidad proyectada, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Carretera MORDAZA ­ Paracas Km. 16.5 (Mz. E, Lotes 01 y 02), MORDAZA Industrial MORDAZA MORDAZA de Paracas, distrito de Paracas, provincia del MORDAZA, departamento de Ica, inscrito en las Partidas Nº 02010431 y Nº 02010432 de la Oficina Registral de MORDAZA, MORDAZA Registral Ica; Que, mediante Protocolo Tecnico para Autorizacion de Instalacion Nº PTI-020-09-CG-CN-HA-SANIPES de fecha 30 de diciembre de 2009, el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru-ITP y el Servicio Nacional de Sanidad PesqueraSANIPES, declaran haber examinado, evaluado y aprobado la memoria descriptiva y los planos del proyecto de instalacion de la Planta de Congelado de recursos hidrobiologicos de BLUEWAVE MORDAZA PERU S.A.C., a ubicarse en MORDAZA Industrial MORDAZA MORDAZA de Paracas, Carretera MORDAZA Paracas Km. 16.5, Distrito de Paracas, Provincia de MORDAZA, departamento de Ica., de conformidad con la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas promulgada con Decreto Supremo Nº 040-2001-PE; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 001-2010PRODUCE/DIGAAP, del 19 de enero del 2010, la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria otorga la Certificacion Ambiental aprobatoria al Estudio de Impacto Ambiental del proyecto de inversion denominado: "Complejo Industrial Pesquero de Enlatado (6705 cajas/ turno), congelado (160 t/d), concentrados proteicos (10 t/h) y harina residual de productos hidrobiologicos (10 t/h)", a la empresa BLUEWAVE MORDAZA PERU S.A.C., ubicado en el Km. 16.5 de la carretera MORDAZA a Paracas, MORDAZA Industrial, distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se desprende que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos sustantivos previstos en la normatividad pesquera vigente y con los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 26 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y modificatorias, por lo que resulta procedente otorgar la autorizacion solicitada;

Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero a traves del Informe Nº 094-2012PRODUCE/DGEPP-Dch y con la opinion legal favorable consignada en el Informe Nº 174-2012-PRODUCE/ DGEPP; De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del numeral 4 del articulo 43º, los Articulos 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, los articulos 49º y 52º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Otorgar a BLUEWAVE MORDAZA PERU S.A.C. autorizacion de instalacion para una Planta de Enlatado de productos hidrobiologicos, con una capacidad proyectada de 6705 cajas/turno, a ubicarse en la Carretera MORDAZA ­ Paracas Km. 16.5 (Mz. E, Lotes 01 y 02), MORDAZA Industrial MORDAZA MORDAZA de Paracas, distrito de Paracas, provincia del MORDAZA, departamento de Ica, inscrito en las Partidas Nº 02010431 y Nº 02010432 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA, MORDAZA Registral Ica. Articulo 2º.- BLUEWAVE MORDAZA PERU S.A.C. debera instalar su establecimiento industrial pesquero con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y a las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Articulo 3º.- Otorgar a BLUEWAVE MORDAZA PERU S.A.C. el plazo de un (01) ano, contado a partir de la fecha de notificada la presente resolucion, renovable por una sola vez y por igual periodo, siempre que acredite haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado. La autorizacion caducara de pleno derecho al no acreditarse dentro del plazo autorizado o, de ser el caso, al termino de la renovacion del mismo, la instalacion del establecimiento industrial pesquero, sin que sea necesario para ello notificacion por parte del Ministerio de la Produccion. El tramite para la obtencion de la autorizacion de instalacion de un establecimiento industrial pesquero es independiente del otorgamiento de la licencia de operacion correspondiente. Dicha licencia debera solicitarse dentro del plazo improrrogable de seis (06) meses contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo de la autorizacion de la fecha de vencimiento de su renovacion, en caso de haber solicitado la misma. Vencido el plazo inicial o la renovacion, si esta hubiese sido otorgada, la autorizacion de instalacion caduca de pleno derecho en caso de no haberse verificado la instalacion total del establecimiento industrial pesquero, para cuyo efecto mediante Resolucion Directoral correspondiente, se procede a declarar la caducidad de la autorizacion de instalacion otorgada. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion Regional de la Produccion de Ica y a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, debiendo consignarse en la pagina web del MORDAZA del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe.
Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

813418-8

Declaran improcedente solicitud de autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero presentada por Inversiones del Caso S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 103-2012-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 20 de febrero del 2012