Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2012 (13/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de MORDAZA de 2012

Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES), a favor de diversas Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, que se detallan en el Anexo III "Transferencias Financieras para el Financiamiento de Proyectos de Inversion Publica de Saneamiento Urbano", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, destinadas al financiamiento de 03 proyectos de inversion publica de saneamiento MORDAZA en los departamentos de MORDAZA y Lima. 3.2 Las transferencias financieras autorizadas por el presente Decreto Supremo se realizaran con cargo al presupuesto aprobado en el presente Ano Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA, Categoria Presupuestal 0082: Agua y Saneamiento para la Poblacion MORDAZA, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento MORDAZA, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Articulo 4°.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de las transferencias a que hacen referencia los articulos 1° y 3° del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 5º.- Plazo para el inicio del MORDAZA de seleccion Los procesos de seleccion para la ejecucion de los proyectos de inversion publica senalados en el Anexo I, "Transferencia de Partidas para el Financiamiento de Proyectos de Inversion Publica de Saneamiento Urbano", Anexo II "Transferencia de Partidas para el Financiamiento de Proyectos de Inversion Publica de Saneamiento Rural" y Anexo III "Transferencias Financieras para el Financiamiento de Proyectos de Inversion Publica de Saneamiento Urbano", a ser financiados con la transferencia de partidas y transferencias financieras autorizadas, deberan ser iniciados por el Gobierno Regional, los Gobiernos Locales y las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, segun corresponda, de acuerdo a los plazos establecidos en sus respectivos Convenios suscritos con el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 6°.- Informacion Los Pliegos habilitados y las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, informaran al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en los Convenios correspondientes, para efectos de las acciones de verificacion y seguimiento a que se refiere el articulo 11° de la Ley N° 29812. Articulo 7°.- Publicacion de Anexos Los Anexos I, II y III a que se refieren el numeral 1.2 del articulo 1° y el numeral 3.1 del articulo 3° del presente Decreto Supremo, se publican en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www. vivienda.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 8°.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas Encargado del Despacho del Ministerio de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

Que, de conformidad con el articulo 13° de la Ley N° 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con los articulos 3° y 4º de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Direccion General de Presupuesto Publico es el organo rector y constituye la mas alta autoridad tecnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, dicta las normas y establece los procedimientos relacionados a su ambito; Que, los literales a) y c) del numeral 13.2 del articulo 13° de la Ley N° 28112, en concordancia con los literales a) y c) del articulo 4° de la Ley N° 28411, establecen como atribuciones de la Direccion General de Presupuesto Publico, programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestion del MORDAZA presupuestario, asi como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, de conformidad con la Resolucion Directoral Nº 012-2012-EF/50.01 se aprobo la Directiva Nº 004-2012EF/50.01 "Directiva para la Programacion y Formulacion del Presupuesto del Sector Publico"; Que, es necesario modificar el Cuadro de Plazos para la Fase de Programacion y Formulacion de los Gobiernos Locales, para el ano fiscal 2013, en lo concerniente a : (i) Articulo 20º, respecto a la obligacion que tienen las Municipalidades Distritales y Provinciales para registrar la informacion presupuestaria del Proyecto de Presupuesto en el Modulo de Formulacion Presupuestal, el cual se establecio hasta el 20 de MORDAZA de 2012, debiendo extenderse el plazo hasta el 30 de MORDAZA de 2012, (ii) Articulo 21º, respecto a la obligacion que tienen las Municipalidades Distritales de presentar sus Proyectos de Presupuesto a su respectiva Municipalidad Provincial, el cual se establecio hasta el 01 de Agosto de 2012, debiendo extenderse el plazo hasta el 05 de Agosto de 2012; con la finalidad de que los pliegos puedan registrar la Asignacion Presupuestaria-Entidad, conjuntamente con la Asignacion Presupuestaria-MEF, a nivel de especifica de gasto; En uso de las facultades conferidas en el articulo 13º de la Ley Nº 28112 - Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, los articulos 3º y 4º de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y el Decreto Legislativo Nº 183 modificado por el Decreto Legislativo Nº 325 Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el "Cuadro de Plazos para la Programacion y Formulacion de los Gobiernos Locales" para el ano fiscal 2013, conforme a lo siguiente:

CUADRO DE PLAZOS PROGRAMACION Y FORMULACION DE LOS GOBIERNOS LOCALES
Base Normativa Directiva Nº 004Concepto 2012-EF/50.01 Articulo 29º Las Municipalidades Distritales y Municipalidades Provinciales concluyen la priorizacion de los proyectos de inversion publica y su registro en el Aplicativo Informatico del Presupuesto Participativo, asi como la informacion de los resultados del MORDAZA del Presupuesto Participativo Articulo 20º Las Municipalidades Distritales y Municipalidades Provinciales registran la informacion presupuestaria del proyecto de Presupuesto en el "Modulo de Formulacion Presupuestal" Articulo 21º Las Municipalidades Distritales presentan a su respectiva Municipalidad Provincial sus Proyectos de Presupuesto Articulo 20º Las Municipalidades Distritales y Municipalidades Provinciales registran la informacion presupuestaria del Presupuesto Institucional de Apertura en el "Modulo de Formulacion Presupuestal." Articulo 22º Las Municipalidades Distritales y Municipalidades Provinciales aprueban y promulgan sus Presupuestos Institucionales bajo responsabilidad del Titular del Pliego y del Concejo Municipal Plazo Hasta el 30 de junio de 2012

Hasta el 30 de MORDAZA de 2012

Hasta el 05 de agosto de 2012 Hasta el 14 de diciembre de 2012

813961-2

Modifican el "Cuadro de Plazos para la Programacion y Formulacion de los Gobiernos Locales" para el ano fiscal 2013
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 016-2012-EF/50.01 MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2012

Hasta el 31 de diciembre de 2012