Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2012 (21/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 21 de febrero de 2012

Si bien el vencimiento de las cuotas es trimestral la generacion de las tasas por la prestacion de los servicios publicos de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo sera mensual. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Recaudacion y Fiscalizacion Tributaria el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Gerencia de Tecnologia de la Informacion, su debida implementacion en el sistema de informatico, a Secretaria General su publicacion y a la Gerencia de Participacion Vecinal y Comunicaciones su difusion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

ORDENANZA QUE APRUEBAN INCENTIVOS TRIBUTARIOS POR PAGO AL CONTADO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES A FAVOR DE LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA PARA EL PERIODO FISCAL 2012
Articulo Primero.- OTORGAR los incentivos de pago comprendidos en la presente Ordenanza a favor de los contribuyentes del Distrito de MORDAZA MORDAZA, ya sea que sus deudas se encuentren en cobranza ordinaria o coactiva. Articulo Segundo.- CONDICIONES PARA ACOGERSE A LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS 1. Estar al dia en el pago del Impuesto Predial hasta el ejercicio 2011. 2. Estar al dia en el pago de los Arbitrios Municipales correspondientes a los ejercicios 2008, 2009, 2010 y 2011. Los contribuyentes que a la fecha tengan convenios de fraccionamiento pendientes de pago podran acogerse a los alcances de la presente Ordenanza, desistiendose del fraccionamiento y cumpliendo con los supuestos establecidos en los numeral 1 y 2. Articulo Tercero.- OTORGAR el incentivo por pago al contado con la condonando del cincuenta por ciento (50%) del valor total de los Arbitrios Municipales administrados por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA de los periodos fiscales comprendidos desde 1998 hasta el 2011 respectivamente, a los contribuyentes o responsables tributarios con sesenta y cinco anos o mas (65), aun cuando no tengan la condicion de pensionistas, en cualesquiera de las modalidades, bajo las siguientes condiciones: 1. Que posean un solo predio; 2. Que el beneficiario haga vivencia en el; 3. Que el uso predominante sea MORDAZA habitacion unifamiliar; 4. Que posea un solo anexo destinado a comercio o servicio menor. Si el predio tuviera uso multifamiliar, comercial, industrial o servicios, con independizaciones tributarias o sin ellas, el presente beneficio no le alcanzara. Para acogerse al presente beneficio el contribuyente debe solicitarlo por escrito con una Declaracion Jurada de cumplimiento de las condiciones establecidas, adjuntando MORDAZA simple de su Documento Nacional de Identidad, siendo esta de aprobacion automatica sujeta a fiscalizacion posterior. Articulo Segundo.- OTORGAR el incentivo por pago al contado del cincuenta por ciento (50%) del monto insoluto generado en la cuenta corriente de los Arbitrios Municipales del periodo fiscal 2012, para aquellos contribuyentes que efectuen el pago al contado de sus tributos adeudados hasta el 30 de junio de 2012. Para ello el contribuyente no debe de mantener deudas pendientes a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- OTORGAR el incentivo por pago al contado del veinte por ciento (20%) del monto insoluto generado en la cuenta corriente de los Arbitrios Municipales del periodo fiscal 2012, para aquellos contribuyentes que efectuen el pago al contado de sus tributos adeudados hasta el 30 de junio de 2012; en el supuesto de que el contribuyente tenga obligaciones pendientes por cancelar al 31 de diciembre de 2011 o generadas hasta la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- ENTIENDASE que los beneficios conferidos en la presente Ordenanza corresponden a la condonacion de los intereses, su capitalizacion, multas tributarias y costas y gastos procesales, ya sea que las deudas se encuentren en cobranza ordinaria o coactiva. Articulo Quinto.- FACULTESE al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, incluyendo la prorroga de los alcances contenidos en la presente. Articulo Sexto.- Los casos de Riesgo Social se regiran por lo dispuesto en la Ordenanza Nº 064-MDPP publicada en el Diario Oficial El Peruano el 21 de MORDAZA de 2005. Articulo Sexto.- DEROGUESE Y DEJESE SIN EFECTO toda MORDAZA que se oponga o contradiga a la presente Ordenanza. Articulo Septimo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Recaudacion y Administracion Tributaria y a la Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion su debida implementacion en el Sistema

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Aprueban incentivos tributarios por pago al contado de Arbitrios, a favor de contribuyentes del distrito de MORDAZA MORDAZA para el periodo fiscal 2012
ORDENANZA Nº 188-MDPP
MORDAZA MORDAZA, 9 de febrero del 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce la autonomia politica, economica y administrativa de los Gobiernos Locales otorgandoles potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de estos dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la Ley; por ello el Concejo Municipal cumple una funcion normativa a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 74°, 191° inciso 4 del 195° e inciso 4 del articulo 200°, de la Constitucion Politica del Peru; Que, la condonacion es uno de los medios mediante los cuales se extingue la obligacion tributaria, la deuda tributaria esta constituida por el tributo, las multas y los intereses moratorios por el pago extemporaneo del tributo, el aplicable a las multas y el que se aplica a los aplazamientos o fraccionamientos de pago. Cuyo pago corresponde a los deudores tributarios o a sus representantes. Los pagos se imputan en orden de prelacion en primer lugar al interes moratorio, luego al tributo y luego a la multa, siendo facultad de deudor el indicar el tributo, la multa y el periodo por el cual realiza el pago, por ello facultad excepcional de los Gobiernos Locales el condonar con caracter general el interes moratorio, respecto de los tributos que administramos y en el caso de las tasas alcanza la misma tambien al tributo; de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 135-99-EF Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario; Que, mediante Ordenanza N° 0186-CDPP se han establecido incentivos de pago en los intereses moratorios y su capitalizacion por cancelar al contado deudas tributarias vencidas desde el ejercicio 1995 hasta el ejercicio 2012, exonerar de multas tributarias por MORDAZA extemporanea de la declaracion jurada de autovaluo o por procesos de fiscalizacion por subvaluacion de predios; Que, la administracion Municipal viene a establecer acciones que permitan incrementar la recaudacion y generar una conciencia tributaria en la poblacion del distrito, sin que ello implique generar una mayor carga economica para los contribuyentes del Distrito, con incidencia en aquellos de menos recursos, lo cual se logra otorgando en forma excepcional, facilidades que permitan a los contribuyentes cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por los articulos 9 numerales 8 y 9, y 40 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, POR UNANIMIDAD, el Concejo Municipal Distrital de MORDAZA MORDAZA aprobo la siguiente: