Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2012 (21/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, martes 21 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

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otorgandoles potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos municipales, o exonerar de estos dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la Ley, en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario, aprobado con Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, los Gobiernos Locales tienen la facultad de aprobar la Tasa de Interes Moratorio (TIM), aplicable a los tributos que administran conforme lo dispone el articulo 33° del TUO del Codigo Tributario aprobado por D. S. Nº 135-99 EF, la misma que no podra superar a la fijada por la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT; Que, la Resolucion de Superintendencia N° 053-2010SUNAT, publicada el 16 de MORDAZA de 2010 fija la Tasa de Interes Moratorio - TIM a las deudas tributarias en moneda nacional por tributos administrados y/o recaudados por la SUNAT en uno y dos decimas por ciento (1.2%) mensual; Que, Ordenanza N° 078-MDPP, publicada el 06 de MORDAZA de 2006, fijo la Tasa de Interes Moratorio ­ TIM en uno y cinco decimas por ciento mensual (1.5%) la Tasa de Interes Moratorio (TIM), aplicable en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, cuando los tributos no MORDAZA pagados dentro de los plazos establecidos; Que, la Ordenanza N° 158-MDPP, publicada el 14 de febrero de 2008, establecio el sinceramiento y beneficios tributarios y no tributarios, pronto pago, cronograma de vencimiento de pago de tributos y la tasa de interes moratorio; su articulo 6° fijo la Tasa de Interes Moratorio ­ TIM en uno por ciento mensual (1.0%) aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional de los tributos que administra la Municipalidad; el articulo 10° establecio que la vigencia de la referida MORDAZA vencia indefectiblemente el 28 de febrero de 2010, plazo que fuera MORDAZA mediante Decreto de Alcaldia N° 005-2010-MDPP hasta el 31 marzo del mismo ano, con lo que la TIM fijada tambien indefectiblemente vencio en dicho periodo; Que, es necesario se proceda a actualizar el MORDAZA normativo municipal en materia tributaria en la jurisdiccion del Distrito de MORDAZA MORDAZA conforme a las normas vigentes, por ello se propone la presente Ordenanza, dentro del MORDAZA normativo; Estando a lo dictaminado, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del articulo 9 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de las Municipalidades, con dispensa del tramite de Aprobacion del Acta, y POR UNANIMIDAD, el Concejo Municipal Distrital de MORDAZA MORDAZA aprobo la siguiente:

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce la autonomia politica, economica y administrativa de los Gobiernos Locales otorgandoles potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de estos dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la Ley; por ello el Concejo Municipal cumple una funcion normativa a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 74°, 191° inciso 4 del 195° e inciso 4 del articulo 200°, de la Constitucion Politica del Peru; Que, el tributo constituye la denominacion generica, el mismo que comprende a los Impuestos, las Contribuciones, las Tasas y dentro de estas ultimas tenemos a los Arbitrios, los Derechos y las Licencias; en virtud de la autonomia y facultad delegada en los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas se establece el regimen tributario municipal y se conceden beneficios tributarios, fijandose la Tasa de Interes Moratorio ­ TIM tomando como base la fijada por la SUNAT, sin que exceda de ella; por ello los intereses moratorios se aplican diariamente desde el dia siguiente a la fecha de vencimiento del tributo hasta la fecha de pago inclusive, multiplicando el monto del tributo impago por la TIM diaria vigente. La TIM diaria vigente resulta de dividir la TIM vigente entre treinta (30). Para ello debemos de senalar que la obligacion tributaria es el vinculo entre el acreedor ­ Municipalidad de MORDAZA MORDAZA ­ y el deudor tributario ­ los contribuyentes ­, teniendo como objeto el cumplir la prestacion tributaria, caso contrario es exigida coactivamente. Dentro de dicha facultad tiene la capacidad de aprobar la Tasa de Interes Moratorio TIM aplicable para aquellos tributos que administran, tomando como base la TIM fijada por la Superintendencia de Administracion Tributaria ­ SUNAT. Dicha obligacion nace cuando se realiza el hecho previsto en la ley como generador de la obligacion de hacer (declarar) o dar (pagar); Que, la condonacion es uno de los medios mediante los cuales se extingue la obligacion tributaria, la deuda tributaria esta constituida por el tributo, las multas y los intereses moratorios por el pago extemporaneo del tributo, el aplicable a las multas y el que se aplica a los aplazamientos o fraccionamientos de pago. Cuyo pago corresponde a los deudores tributarios o a sus representantes. Los pagos se imputan en orden de prelacion en primer lugar al interes moratorio, luego al tributo y luego a la multa, siendo facultad de deudor el indicar el tributo, la multa y el periodo por el cual realiza el pago, por ello facultad excepcional de los Gobiernos Locales el condonar con caracter general el interes moratorio, respecto de los tributos que administramos y en el caso de las tasas alcanza la misma tambien al tributo; de conformidad con lo dispuesto en la MORDAZA II y IV del Titulo Preliminar, en concordancia con lo dispuesto en los articulos 1°, 2°, inciso 3) del 27°, 28° 31°, 33° y 41°, del Decreto Supremo N° 135-99-EF Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario; Que, mediante Ordenanza N° 0185-MDPP se fijo en uno por ciento (1.0%) mensual la Tasa de Interes Moratorio - TIM aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional, correspondientes a tributos administrados y/o recaudados por la Municipalidad Distrital de MORDAZA Piedra; Que, la Sub Gerencia de Recaudacion y Fiscalizacion Tributaria procedio a verificar en el Sistema de Gestion Municipal de Rentas ­ GESMUR los adeudos registrados habiendose constatando que existen un gran numero de contribuyentes que registran deudas tributarias por concepto del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo desde el ano 1,995 hasta el ano 2,011 suma un total de S/. 69'152,087.07 Nuevos Soles; de dicha deuda corresponde solo a intereses moratorios un total de S/. 22'183,854.02 de Nuevos Soles equivalente al 32.08 %, el pago por derechos de emision un total de S/. 2'526,006.86 de Nuevos Soles equivalente al 3.65 %; con lo que las cargas al monto insoluto de la deuda que suman S/. 44'442,226.19 de Nuevos Soles equivalente a 64.26 %, representan un total de 35.73 %; Que, los reajustes e intereses moratorios generados a la fecha vienen generando desmedro economico, dificultad o imposibilidad de pago en las deudas de mayor antiguedad a los contribuyentes, mas aun cuando se

ORDENANZA QUE FIJA LA TASA DE INTERES MORATORIO (TIM) APLICABLE A TRIBUTOS MUNICIPALES EN MONEDA NACIONAL, ADMINISTRADOS POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA
Articulo Primero.- FIJAR en uno por ciento (1.0%) mensual la Tasa de Interes Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional, correspondientes a tributos administrados y/o recaudados por la Municipalidad Distrital de MORDAZA Piedra. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion Tributaria el debido cumplimiento de la presente MORDAZA, a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion su implementacion en el Sistema de Gestion Municipal de Rentas - GESMUR, a la Gerencia de Participacion Vecinal y Comunicaciones su difusion y a Secretaria General su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

754799-1

Establecen incentivos por pago al contado de deudas tributarias, multas por MORDAZA extemporanea de declaracion jurada de autoavaluo o por subvaluacion de predios
ORDENANZA Nº 186-MDPP
MORDAZA MORDAZA, 9 de febrero del 2012