Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2012 (05/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 5 de febrero de 2012

de elevar las observaciones al Organismo Superior de Contrataciones - OSCE, origino una paralizacion del referido MORDAZA de seleccion, retomandose hasta que el OSCE se pronuncie, en consecuencia surge una dilatacion en el cronograma del citado proceso; Que, el Jefe de Planificacion y Presupuesto mediante Informe Nº 11-2012-MPM-CH/OPYP de fecha 09 de enero del 2012, senala que se ha coberturado en el Presupuesto Institucional de Apertura para el ano 2012, el importe de S/. 1'123,832.00 (un millon ciento veintitres mil ochocientos treinta y dos con 00/100 nuevos soles) por concepto de transferencias del Gobierno Central que corresponde a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Legal Nº 011-2012-MPM-CH-AL de fecha 09.01.2012, es de opinion que se ponga en consideracion del Pleno para que mediante Acuerdo de Concejo declare el Desabastecimiento Inminente de Productos para el Programa Vaso de Leche de la Municipalidad de Chulucanas y se exonere del MORDAZA de seleccion de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado; Que, el Art. 20º Inc. C. de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por el Decreto Legislativo N° 1017, precisa que estan exonerados de los procesos de seleccion, las contrataciones que se realicen ante una situacion de desabastecimiento inminente, debidamente comprobada que afecte o impida a la entidad cumplir con sus actividades u operaciones; Que, en el articulo 22° del citado Decreto Legislativo N° 1017 senala "se considera desabastecimiento a aquella situacion inminente, extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda". El Art. 133º del Decreto Supremo N° 184-2008-EF-Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que: "La resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno (1) o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion"; Que, el Art. 21º de la acotada Ley senala que. "Las contracciones derivadas de exoneracion de MORDAZA de seleccion, se realizaran de manera directa, previa aprobacion mediante resolucion del titular de la entidad, acuerdo del directorio, el consejo regional o el concejo municipal, segun corresponda, en funcion a los informes tecnico y legal previos, que obligatoriamente deberan emitirse"; Que, MORDAZA de dichas resoluciones acuerdos y los informes que lo sustentan deben remitirse a la Contraloria general de la Republica y publicarse en el Sistema electronico de Contrataciones del Estado (SEACE) dentro de los diez (10) dias habiles de su aprobacion, bajo responsabilidad de la titular de la entidad; Que, mediante los informes senalados anteriormente se puede determinar que cumplen con sustentar tecnica y legalmente la justificacion para la adquisicion o contratacion y la necesidad de declarar en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de insumos para el programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Morropon-Chulucanas, por el lapso de sesenta (60) dias calendarios, dado que la interrupcion afectara a 8,466 beneficiarios del Programa del Vaso de Leche; Estando a lo Expuesto y en uso de las facultades conferidas por los articulos 39º y 41º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, el Concejo POR MAYORIA, y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta. ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE, de Insumos el

Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Morropon-Chulucanas, por el plazo sesenta (60) dias calendario. Articulo Segundo.- EXONERAR del MORDAZA de Seleccion, la adquisicion de 19,170.41 kg de Hojuelas de Kiwicha, MORDAZA, Cebada, Quinua y Azucar Fortificada con Vitaminas y Minerales y 67,608 latas de Leche Evaporada Entera MORDAZA, con la finalidad de abastecer el Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Morropon-Chulucanas, por el lapso de sesenta (60) dias calendario. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Unidad de Logistica de la municipalidad, como organo encargado de las contrataciones de la entidad, la adquisicion del Insumo requerido para el Programa del Vaso de Leche, siguiendo el procedimiento de Exoneracion del MORDAZA de Seleccion de acuerdo a lo establecido en el Art. 135ºdel Reglamento de la Ley de Contrataciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, por el periodo que dure la situacion de Desabastecimiento Inminente, senalado en el primer articulo, segun detalle siguiente:
CANTIDAD DE BENEFICIARIOS

PRODUCTOS HOJUELAS DE KIWICHA, MORDAZA, CEBADA, QUINUA Y AZUCAR FORTIFICADA CON VITAMINAS Y MINERALES LECHE EVAPORADA ENTERA

UND.

RACION

DIAS

TOTAL

8,466

KG.

37.74 Kg.

60 DIAS 19,170.41 Kg.

8,466

LATA 410 gr.

54.57 gr.

60 DIAS

67.608 Latas

Articulo Cuarto.- CONVOCAR al Jefe del Organo de Control Institucional a fin que participe en calidad de veedor en los actos relacionados con la Contratacion y/o Adquisicion de los bienes indicados en el articulo precedente, con cargo a dar cuenta al Pleno del Concejo Municipal. Articulo Quinto.- FACULTAR al Senor MORDAZA Provincial, para que en su calidad de Titular de la Entidad, inicie las medidas conducentes al deslinde de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales, de los funcionarios y/o servidores involucrados, que han originado la configuracion de la causal de desabastecimiento, si las hubiere, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 20 Inc. c) del Decreto Legislativo 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Sexto.- AFECTAR el gasto materia de la contratacion exonerada a la FUENTE DE FINANCIAMIENTO RECURSOS ORDINARIOS, del Presupuesto Institucional de Apertura 2012, actividad 5001059 Programa Vaso de Leche. Articulo Setimo.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la publicacion del presente acuerdo de aprobacion en el Diario Oficinal El Peruano y en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE) dentro de los 10 dias habiles siguientes, asi como remitir MORDAZA del Acuerdo y de los Informes Tecnico-Legal a la Contraloria General de la Republica, dentro del Plazo de Ley de conformidad con lo prescrito en el Articulo 21º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante D.L. Nº 1017, bajo responsabilidad. Articulo Octavo.- DAR cuenta a Gerencia Municipal, Asesoria Juridica, Oficina de Administracion y Finanzas, Oficina de Control Interno, Unidad de Logistica, Direccion de Desarrollo Social y Economico, Programa Vaso de Leche, Secretaria General y demas areas administrativas el cumplimiento del presente acuerdo, Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 749273-1