Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2012 (05/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 5 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

460455

CONSIDERANDO: Que, el articulo 6° de la Ley N° 29344, Ley MORDAZA del Aseguramiento Universal en Salud, dispone que el Ministerio de Salud, en ejercicio de su rol rector, tiene la responsabilidad de establecer de manera descentralizada y participativa las normas y las politicas relacionadas con la promocion, la implementacion y el fortalecimiento del aseguramiento universal en salud; Que, asimismo, mediante el articulo 9° de la referida Ley, se creo la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA, sobre la base de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud SEPS, como organismo publico tecnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera, encargada de registrar, autorizar, supervisar y regular a las instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud, asi como supervisar a las instituciones prestadoras de servicios de salud en el ambito de su competencia; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 10° de la precitada Ley, concordante con el articulo 36° del Reglamento de la Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2010-SA, establece que el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA, estara integrado por cinco miembros, entre ellos, un representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; siendo que los mismos deben ser designados por Resolucion Suprema; Que, con Resolucion Suprema N° 022-2010-SA de fecha 04 de noviembre de 2010, se designo al senor MORDAZA MORDAZA Li MORDAZA, como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA, en representacion del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, mediante Oficio N° 007-2012-MTPE/1 de fecha 10 de enero de 2012, el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, solicita dar por concluida la designacion realizada mediante la Resolucion Suprema N° 022-2010SA y propone la designacion del representante de su Sector, ante el Consejo Directivo de la SUNASA; Que, en tal virtud, corresponde emitir el acto correspondiente; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 008-2010SA; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA Li MORDAZA, como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA, en representacion del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 2°.- Designar al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud -SUNASA, en representacion del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 3°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 749933-13

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a Certifica Peru S.A.C. como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular en local ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL N° 079-2012-MTC/15 MORDAZA, 5 de enero de 2012 VISTOS: Mediante Partes Diarios Nºs. 136552, 147875 y expediente N.° 2011-0020177, la empresa CERTIFICA PERU S.A.C. solicita autorizacion como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular para operar una (01) linea de inspeccion tecnica vehicular MORDAZA Mixta, en el local ubicado en: Parcela J, Mz. A, Lt. 05,06,07,08,09,38,39, 40,41 y 42 adyacente a la prolongacion MORDAZA Cerro - MORDAZA, y poder verificar las condiciones, requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos livianos y pesados de acuerdo a la normatividad vigente; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias, se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehiculos que circulan por las vias publicas terrestres a nivel nacional; asi como verificar que estos cumplan las condiciones y requisitos tecnicos establecidos en la normativa nacional, con el proposito de garantizar la seguridad del transporte y el MORDAZA terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, el Informe Nº 004-2012-MTC/15.03.A.Legal.heag, la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, concluye que la empresa CERTIFICA PERU S.A.C ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; siendo de aplicacion ademas los principios de informalismo, presuncion de veracidad y privilegio de los controles posteriores contenidos en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444; De conformidad con la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar por el plazo de cinco (05) anos a la empresa CERTIFICA PERU S.A.C. como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular para operar una (01) linea de inspeccion tecnica vehicular MORDAZA mixta, en el local ubicado en: Parcela J, Mz. A, Lt. 05, 06 ,07 ,08 ,09