Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2012 (23/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, lunes 23 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

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65" a partir del cual el programa procedera a la verificacion de requisitos y de su estado de supervivencia. La verificacion de supervivencia se realizara trimestralmente, contada desde la fecha de aprobacion del ingreso de los usuarios al Programa. 4.3. Efectuada la verificacion a que se refiere el numeral anterior, el Coordinador del Programa "Pension 65", aprobara mediante resolucion la relacion bimestral de usuarios. Dicha relacion debere ser publicada en el MORDAZA institucional de la entidad. Articulo 5.- Manual de operaciones El Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, mediante resolucion ministerial, aprueba el Manual de Operaciones del Programa "Pension 65".

la presente MORDAZA, para cuyo efecto se tomara como referencia los distritos cuyo nivel de pobreza es superior a 50% de acuerdo al Mapa de Pobreza 2009 del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI, iniciando su implementacion en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, lca y Huanuco. A propuesta del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social y con la opinion favorable del Ministerio de Economia y Finanzas, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Desarrollo e Inclusion Social y por el Ministro de Economia y Finanzas, se aprobara la ampliacion del ambito geografico de intervencion del Programa "Pension 65" y metas de cobertura." Articulo 2.- Declaracion Jurada Apruebese el formato de declaracion jurada que forma parte, en calidad de anexo, del presente decreto supremo, el que los potenciales usuarios del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65" deberan suscribir para acceder a sus beneficios, salvo que MORDAZA analfabetos,

DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL
Unica.- El Programa "Pension 65" se inicia de manera progresiva en los distritos mas pobres del Peru, donde se aplicara los criterios de elegibilidad del articulo 3 de