Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2012 (23/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, lunes 23 de enero de 2012

Articulo 5°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1°, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 6°.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuesto o derechos aduaneros, de ninguna clase o denominacion. Articulo 7°.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA OTAROLA PENARANDA Ministro de Defensa

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ECONOMIA Y FINANZAS
Designan Asesor II - Secretario Ejecutivo del Despacho Viceministerial de Economia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 064-2012-EF/43
MORDAZA, 20 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 258-2008EF/43, ratificada con Resolucion Ministerial N° 315-2011EF/43, se designo a la senora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Asesor II - Secretaria Ejecutiva del Despacho Viceministerial de Economia, Categoria F-5 del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, la senora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha formulado renuncia al cargo de Asesor II - Secretaria Ejecutiva del Despacho Viceministerial de Economia que venia desempenando, por lo que resulta pertinente aceptar su renuncia y designar a la persona que la reemplazara; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos y en la Resolucion Ministerial N° 223-2011-EF/43, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas; SE RESUELVE Articulo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por la senora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Asesor II - Secretaria Ejecutiva del Despacho Viceministerial de Economia, Categoria F-5 del Ministerio de Economia y Finanzas, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2°.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Asesor II - Secretario Ejecutivo del Despacho Viceministerial de Economia, Categoria F-5 del Ministerio de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

Que, la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, modificada por las Leyes N° 28323 y N° 29788, establece la Regalia Minera, su constitucion, determinacion, administracion, distribucion y utilizacion; Que, el numeral 2.1 del articulo 2º de la Ley N° 28258 Ley de Regalia Minera, senala que la Regalia Minera es la contraprestacion economica que los sujetos de la actividad minera MORDAZA al Estado por la explotacion de los recursos minerales metalicos y no metalicos; Que, la Unica Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 29788, Ley que modifica la Ley Nº 28258, Ley de Regalia Minera, establece que, excepcionalmente, en los meses de octubre, noviembre y diciembre del ejercicio 2011, los sujetos de la actividad minera efectuaran anticipos mensuales que seran determinados multiplicando los conceptos siguientes: i) los ingresos generados por las ventas mensuales; ii) el margen operativo del ejercicio 2010; y, iii) la tasa efectiva aplicable conforme al Anexo de la citada Ley. A tal efecto deberan declarar y efectuar el pago del anticipo hasta el ultimo dia habil del mes siguiente al que corresponda. La distribucion de los montos recaudados por concepto de anticipos se efectuara aplicando lo dispuesto en el articulo 8º de la Ley Nº 28258; Que, el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, senala que el Ministerio de Economia y Finanzas distribuira mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalia Minera en el plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario despues del ultimo dia de pago de la Regalia Minera; Que, el numeral 16.5 del articulo 16º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera, modificado por el Decreto Supremo N° 209-2011-EF, dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas determinara los indices de distribucion de la regalia minera del ultimo mes y/o del ultimo trimestre, segun sea el caso, los que seran aprobados mensualmente a traves de una Resolucion Ministerial; Que, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en concordancia con lo dispuesto en la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Resolucion Ministerial N° 223-2011-EF/43, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, establece que los Indices de Distribucion de la Regalia Minera son aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Resolucion Ministerial sobre la base de los calculos que para tal efecto formule la Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales de este ministerio, segun los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente; Que, con base a la informacion proporcionada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI mediante el Oficio Nº 188-2011-INEI/DTDIS; la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria ­ SUNAT, segun los Oficios Nºs 013-2012-SUNAT/2C0000 y 015-2012-SUNAT/2C0000; y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, mediante el Oficio Nº 0073-2010-SE-DGPUDPIDI/ANR, la Direccion General Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales - DGDFAS del Ministerio de Economia y Finanzas ha efectuado los calculos correspondientes para la determinacion de los Indices de Distribucion de la Regalia Minera del mes de diciembre de 2011, segun lo indicado en el informe N° 006-2012-EF/64.03; Que, en virtud de lo senalado en los considerandos precedentes resulta necesario aprobar los Indices de Distribucion de la Regalia Minera pagada en el mes de diciembre de 2011; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28258 Ley de Regalia Minera y sus modificatorias, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15° de la Ley N° 28411, el Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y sus normas modificatorias y complementarias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de diciembre de 2011, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales del MORDAZA beneficiados con la Regalia Minera, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de diciembre de 2011 consideran la informacion remitida por el Instituto Nacional

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Aprueban Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de diciembre de 2011
RESOLUCION MINISTERIAL N° 065-2012-EF/15
MORDAZA, 20 de enero de 2012