Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2011 (19/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de febrero de 2011

Que, resulta necesario encargar las funciones de titular responsable del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para brindar informacion solicitada en virtud del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion hasta que se designe a su titular; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N° 27594, 27792, 27444 y 29158 y su modificatoria; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar, con eficacia al 14 de febrero de 2011, las funciones del titular responsable del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para brindar informacion solicitada en virtud del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de la Oficina General de Estadistica e Informatica del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 604638-1

placas, laminas, hojas y tiras de plastico,cintas adhesivas, colas o adhesivos, estuches de CD y DVD, bolsas y gomas de borrar, comprendidas en las subpartidas nacionales 3506100000, 3919100000, 3919909000, 3921120000, 3921130000, 3921909000, 3923101000, 3923210000, 3923299000, 3924101000, 3924109000, 3924900000 y 4016920000, el importador declarara el Valor FOB unitario por Kilogramo (Peso Neto) en la MORDAZA 5.15 (originalmente destinada para los datos Aro/Ano) del formato B de la Declaracion Aduanera de Mercancias (DAM). Articulo 2°.- El incumplimiento de lo dispuesto en el articulo anterior conllevara a la aplicacion de las sanciones establecidas en la Ley General de Aduanas. Articulo 3°.- La presente Resolucion entrara en vigencia a los siete (07) dias calendarios siguientes a la fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 604867-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Declaran improcedente reconsideracion interpuesta por Maja Energia S.A.C. contra la Res. N° 253-2010-OS/CD
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 027-2011-OS/CD MORDAZA, 17 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTES Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1002, que incentiva el desarrollo de energias renovables en la generacion electrica, al Generador que utilice dichas energias y resulte adjudicatario de un MORDAZA de subasta para el suministro de electricidad, se le remunera su energia electrica considerando, entre otros, un Cargo por Prima que pagaran los usuarios electricos a traves del Peaje por Conexion, incluido en el Precio en MORDAZA, el cual debe ser actualizado mediante un factor "p", de forma trimestral; Que, con fecha 30 de octubre de 2010, fue publicada en el Diario Oficial El Peruano la Resolucion OSINERGMIN Nº 253-2010-OS/CD (en adelante "Resolucion 253"), mediante la cual, entre otros, se aprobaron los factores de actualizacion "p" aplicables a partir del 04 de noviembre de 2010 para determinar los cargos unitarios por CVOA-CMg, por CVOA-RSC, por Prima y por Generacion Adicional; Que, con fecha 19 de enero de 2011, la empresa Maja Energia S.A.C. (en adelante "Maja") presento su recurso de reconsideracion contra la Resolucion 253. 2. EL RECURSO DE RECONSIDERACION 2.1 Sustento del Petitorio Que, de acuerdo al contenido del recurso de reconsideracion interpuesto, Maja solicita se corrija el factor "p" asignado a su Central Hidroelectrica Roncador en la Resolucion 253, con un factor que se ajuste a la realidad en linea con su Contrato RER;

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Establecen Reglas para la Declaracion del Valor FOB de Mercancias para facilitar la determinacion de su valor en Aduana
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N° 048-2011/SUNAT/A Callao, 18 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que resulta conveniente establecer pautas para una correcta declaracion del valor de las mercancias en la importacion de placas, laminas, hojas y tiras de plastico, estatuillas y demas articulos de adorno de plastico cintas adhesivas, colas o adhesivos, estuches de CD y DVD, bolsas y gomas de borrar, con el objeto de facilitar la determinacion de su valor en aduana; Que con tal proposito se requiere establecer la declaracion del valor FOB unitario por Kilogramo (Peso Neto) para las mercancias detalladas en el considerando anterior; Que de acuerdo al articulo 14 del Reglamento que establece Disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por Decreto Supremo N° 0012009-JUS, el proyecto de la presente Resolucion fue publicado en el MORDAZA web de la SUNAT el 19.11.2010; Que en uso de la facultad establecida en el inciso g) del articulo 23° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado con Decreto Supremo N° 115-2002PCM, y de conformidad con lo dispuesto en la Resolucion de Superintendencia N° 122-2003/SUNAT y en la Resolucion de Superintendencia N° 007-2010/SUNAT. SE RESUELVE: Articulo 1°.- En la importacion para el consumo, admision temporal para reexportacion en el mismo estado, admision temporal para perfeccionamiento activo de: