Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2011 (13/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

436122
IMPUESTO PREDIAL TERCERA CUOTA CUARTA CUOTA

NORMAS LEGALES
FECHA DE VENCIMIENTO 31/08/2011 30/11/2011

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de febrero de 2011

ARBITRIOS MUNICIPALES PRIMERA Y MORDAZA CUOTA TERCERA CUOTA CUARTA CUOTA MORDAZA CUOTA SEXTA CUOTA SETIMA CUOTA OCTAVA CUOTA NOVENA CUOTA DECIMA CUOTA UNDECIMA CUOTA DUODECIMA CUOTA

FECHA DE VENCIMIENTO 28/02/2011 31/03/2011 30/04/2011 31/05/2011 30/06/2011 30/07/2011 31/08/2001 30/09/2011 31/10/2011 30/11/2011 31/12/2011

Que, del mismo modo, establece en su articulo 5º que las dietas que correspondan percibir a los regidores municipales, de acuerdo al monto fijado por los respectivos Concejos Municipales, por sesion efectiva en cada mes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades, en ningun caso pueden superar en total el treinta por ciento (30%) de los ingresos mensuales por todo concepto del MORDAZA correspondiente; Que, por Acuerdo de Concejo Nº 026-2007 se fijo la remuneracion del MORDAZA y la dieta de los Regidores para el ejercicio 2007 ­ 2010; Estando a lo expuesto y en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley 27972, articulo 9º inciso 28; con el MORDAZA por unanimidad de los senores regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; SE ACUERDA: Articulo Primero.- RATIFICAR el Acuerdo de Concejo Nº 026-07, en consecuencia, FIJAR el ingreso mensual del MORDAZA de la Municipalidad de Chaclacayo en la suma de S/. 5,000.00 (Cinco mil y 00/100 nuevos soles), y la dieta de los Regidores en la suma de S/. 750.00 (setecientos cincuenta y 00/100 nuevos soles) por asistencia efectiva a cada sesion, por un MORDAZA de dos sesiones pagadas por mes. Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA E. VALCARCEL CAHEN MORDAZA
602205-1

Articulo Tercero.- FACULTAR, al senor MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia establezca fechas distintas a las senaladas en los articulos precedentes. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas y a la Unidad de Tecnologia de la Informacion y Comunicaciones el cumplimiento de la presente ordenanza. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza tendra vigencia desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA E. VALCARCEL CAHEN MORDAZA
602211-1

Ratifican Acuerdo Nº 026-07 y fijan ingreso mensual del MORDAZA y dieta de regidores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 06 -11

Designan funcionarios responsables de brindar informacion y de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA N° 0053-11

Chaclacayo, 17 de enero del 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el articulo 3º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, - Ley Nº 27806, es obligacion de la MORDAZA autoridad de la entidad, designar a los funcionarios responsables de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia; Que, asimismo el articulo 4º de la referida MORDAZA establece que la designacion se efectuara mediante Resolucion de la MORDAZA autoridad de la entidad, y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, en este sentido, es necesario designar a los funcionarios quienes deben cumplir las funciones que senala la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, su reglamento y sus modificatorias; Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones que confiere la Ley Nº 27972. Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a MORDAZA VELEZMORO MORDAZA, como Funcionario Responsable de proporcionar la informacion a que se refiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica.

Chaclacayo, 8 de febrero de 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO: CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece en su articulo 21º que el MORDAZA desempena su cargo a tiempo completo, y es rentado mediante una remuneracion mensual fijada por Acuerdo de Concejo municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion. Asimismo, el Articulo 12º dispone que los regidores desempenan su cargo al tiempo parcial y tienen derecho a dietas fijadas por Acuerdo de Concejo dentro del primer trimestre del primer ano de gestion. El acuerdo debera ser publicado obligatoriamente bajo responsabilidad; Que, por Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, se establecieron las disposiciones que permiten a los concejos municipales determinar los ingresos por todo concepto de los Alcaldes provinciales y distritales, en el MORDAZA de la Ley Nº 28212. El numeral 3.1 del articulo 3º de la citada MORDAZA senala que los ingresos maximos mensuales por todo concepto de los Alcaldes deben ser fijados por los Concejo Municipales respectivos considerando para tal efecto la escala que contiene el cuadro anexo y la informacion de la poblacion electoral publicada en la pagina web de la RENIEC pudiendo fijar una asignacion adicional del 30%;