Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2011 (13/02/2011)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

436121

Que, con el objeto de generar una amplia participacion de la comunidad de MORDAZA Norte y sus diversas instituciones publicas y privadas en el debate sobre los proyectos y programas a ser concertados por esta mancomunidad en el contexto de la profundizacion de la descentralizacion de nuestra capital, los nueve alcaldes de MORDAZA Norte han acordado realizar el II Forum: MORDAZA Norte MORDAZA del Futuro, los dias 11 y 12 de marzo del presente ano en el distrito de Comas, por lo que resulta necesario nombrar un equipo de apoyo a la organizacion del evento; Estando a lo expuesto, al MORDAZA de la Ley de Mancomunidad Municipal Nº 29029 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, el Concejo POR UNANIMIDAD y con dispensa del Tramite de Aprobacion y Lectura del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- SALUDAR Y RESPALDAR al MORDAZA de Carabayllo CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al MORDAZA de Comas Dr. MORDAZA Kusunoki Fuero la iniciativa adoptada de la necesidad de formar una entidad que reuna a los distritos de MORDAZA Norte con la finalidad de articular acciones conjuntas en beneficio de los vecinos de los distritos que lo conforman. Articulo Segundo.- CONGRATULAR la decision tomada por los nueve Alcaldes de las Municipalidades de MORDAZA Norte para iniciar el MORDAZA de constitucion de la Mancomunidad Municipal de MORDAZA Norte, a traves del "Acuerdo Vinculante" de fecha 16 de diciembre del 2010. Articulo Tercero.- RESPALDAR la convocatoria del "II Forum MORDAZA Norte MORDAZA del Futuro" a desarrollarse en el distrito de Comas los dias 11 y 12 de marzo, el mismo que contara con el apoyo administrativo y economico correspondiente de la comuna de Carabayllo, de acuerdo a Ley. Articulo Cuarto.- FACULTAR, a los organos internos de la Municipalidad: Gerencias de Planificacion y Presupuesto, Desarrollo Humano y Social, Administracion y Finanzas y a las Sub Gerencias de Imagen Institucional, Logistica, y Participacion Vecinal, se constituyan en un equipo de apoyo a la Organizacion del II Forum "Lima Norte MORDAZA del Futuro" con el fin de fortalecer el MORDAZA de constitucion de la Mancomunidad de MORDAZA Norte; siendo que este equipo de apoyo presidido por el Gerente de Planificacion y Presupuesto estara permanentemente en coordinacion administrativa con la Gerencia Municipal. Articulo Quinto.- ENCARGAR al Secretario General del Concejo la publicacion del presente Acuerdo en el diario oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Informatica en el MORDAZA Electronico de la Municipalidad Distrital de Carabayllo y hacer de conocimiento mediante MORDAZA certificada a las ocho municipalidades que son parte del MORDAZA de formacion de la Mancomunidad MORDAZA Norte. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
602235-2

VISTO: En sesion ordinaria de la fecha el Informe Nº 012-2011-GGM/MDCH de la Gerencia General Municipal, el Informe Nº 010-2011-MDCH-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Informe Nº 001-2011-GATYR/ MDCH de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades-, los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el articulo 13º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, senala que las municipalidades estan facultadas a establecer un monto minimo a pagar por concepto del Impuesto Predial equivalente al 0.6% de la UIT vigente al 01 de enero del ano al que corresponde el impuesto. Asimismo, el articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, establece que el Impuesto Predial podra cancelarse al contado, hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano o en forma fraccionada hasta en 4 cuotas trimestrales, siendo la primera cuota equivalente a un MORDAZA del impuesto total resultante y debera pagarse hasta el ultimo dia habil del mes de febrero y las cuotas restantes seran pagadas hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre, debiendo ser reajustadas de acuerdo a la variacion acumulada del Indice de Precios al por Mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI), por el periodo comprendido desde el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente al pago, motivo por el que se debera establecer un cronograma de pagos para hacer publico a los contribuyentes; Que, mediante Decreto Supremo Nº 252-2010-EF, publicada el 11 de diciembre de 2010, en el Diario Oficial El Peruano, se aprobo el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el ano 2011, fijandose en S/. 3600.00 Nuevos Soles; en ese sentido, corresponde fijar como monto minimo a pagar por concepto de Impuesto Predial la suma de S/. 21.60 nuevos soles; En uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º y del articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Ley 27972, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA MONTO MINIMO Y ESTABLECE CRONOGRAMA DE PAGOS DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS 2011 Articulo Primero.- Establecer como monto minimo del impuesto predial para el ano 2011 por cada contribuyente, el 0.6% de la UIT vigente al 01 de enero de 2011, es decir S/. 21.60 nuevos soles , de conformidad con el articulo 13º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Articulo Segundo.- Vencimiento para el pago del Impuesto Predial De conformidad con lo previsto en el articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, la obligacion de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2011 vence:
IMPUESTO PREDIAL PRIMERA CUOTA MORDAZA CUOTA FECHA DE VENCIMIENTO 28/02/2011 31/05/2011

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Fijan monto minimo y establecen cronograma de pagos del Impuesto Predial y Arbitrios para el ano 2011
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 225

Chaclacayo, 31 de enero de 2011