Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2008 (18/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 18 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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Zonificacion Industrial ­ Cuadro Nº 03 (Anexo Nº 04) aprobadas mediante Ordenanza Nº 1015-MML publicada el 14 de MORDAZA del 2007.

Articulo 3º.- Plano de Alturas de Edificacion Aprobar el Plano de Alturas de Edificacion del distrito de La MORDAZA (Plano Nº 02) que como Anexo Nº 04 forma parte de la presente Ordenanza que sera publicado en la pagina web de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y de la Municipalidad Distrital de La Molina.

Articulo 4º.- Concepto de Colindancia de Alturas Establecer que en el area materia de la presente Ordenanza, complementariamente a las Alturas normativas y Planos de Alturas aprobados, se aplica el concepto de Colindancia para precisar el numero de pisos o altura de edificacion que corresponde a un predio que se ubica inmediatamente vecino a una edificacion de mayor altura. Los criterios aprobados se especifican en las Especificaciones Normativas A.16 (Anexo Nº 03).

Articulo 10º.- MORDAZA de Reglamentacion Especial Universidad Agraria de La MORDAZA Establecer como MORDAZA de Reglamentacion Especial (ZRE) al area correspondiente a la Universidad Agraria La MORDAZA, comprendida entre la Av. Los Fresnos, Av. MORDAZA Ferrero, Asentamientos Humanos y Av. Las Vinas de La MORDAZA, en la cual la Universidad Agraria, en coordinacion con la Municipalidad Distrital de La MORDAZA debera formular el Planeamiento Integral del area que defina los usos del suelo y el trazo de las vias locales y las vias metropolitanas, el que debera ser sustentado en estudios de impacto vial y de impacto ambiental. Dicha propuesta, con la opinion favorable de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA y del Instituto Metropolitano de Planificacion, sera presentada a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su aprobacion por Ordenanza Metropolitana. Articulo 11º.- MORDAZA de Reglamentacion Especial Las Canteras de la MORDAZA Establecer como MORDAZA de Reglamentacion Especial (ZRE) al area conformada por los terrenos de la Arenera La MORDAZA en los cuales el propietario, debera realizar el estudio de Planeamiento MORDAZA correspondiente que considere aspectos de seguridad fisica, impacto ambiental, factibilidad de servicios, saneamiento legal, la definicion de los Usos del Suelo y el Sistema vial. Dicha propuesta, con las opiniones favorables de las Municipalidades Distritales de La MORDAZA y MORDAZA y del Instituto Metropolitano de Planificacion, sera presentada a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su aprobacion por Ordenanza Metropolitana. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.-Disponer que en el plazo de noventa (90) dias calendario la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, formule y apruebe por Decreto de Alcaldia, las Normas sobre Estandares de Calidad y el Cuadro de Niveles Operacionales para la localizacion de actividades urbanas en el distrito. Segunda.- Disponer que todos los Expedientes en tramite relacionados a los Cambios Especificos de Zonificacion del distrito de La MORDAZA, que se encuentren en las diferentes Unidades Organicas de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, MORDAZA remitidos a la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura, en el estado en que se encuentren, a fin de ser resueltos en base a lo aprobado en la presente Ordenanza. Tercera.- Autorizar se asigne la zonificacion que corresponda a la MORDAZA denominada Cerros de San MORDAZA luego de resuelta la consulta legal formulada a solicitud expresa de la Municipalidad Distrital de la Molina. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Garanticese la estabilidad y vigencia del Plano, Normas de Zonificacion e Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas del distrito de La MORDAZA que se aprueban mediante la presente Ordenanza, disponiendose que los mismos, dentro de dos anos, MORDAZA evaluados conjuntamente por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y la Municipalidad Distrital, pudiendo ser reajustados en lo pertinente. Excepcionalmente y a pedido de la Municipalidad Distrital, se podran realizar modificaciones al Indice de Usos, a partir de ciento ochenta (180) dias calendario de su aplicacion. Durante dicho periodo, se suspenden los Cambios Especificos de Zonificacion, salvo que excepcionalmente se presenten iniciativas de inversion que se califiquen de Interes Local por el Concejo Distrital o de Interes Metropolitano por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para lo cual, se seguira el MORDAZA que se precisa en la MORDAZA Disposicion Final. Segunda.- Establezcase un regimen excepcional de Cambios Especificos de Zonificacion que promueva la

Articulo 5º.- Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas Aprobar el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas para el Area de Tratamiento Normativo III presentado por la Municipalidad Distrital de La MORDAZA que como Anexo Nº 05 forma parte de la presente Ordenanza, el que sera de aplicacion en ambito correspondiente del distrito de La MORDAZA, y sera publicado en la pagina web de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y de Municipalidad Distrital de La MORDAZA En el Area de Tratamiento Normativo I sera de aplicacion el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas aprobado mediante Ordenanza Nº 933-MML, publicada el 5 de MORDAZA del 2006, complementado mediante Ordenanza Nº 1015-MML. Articulo 6º.Parametros Urbanisticos y Edificatorios Establecer que la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, en estricta sujecion a los Planos y Normas aprobadas en la presente Ordenanza, formule y apruebe por Decreto de Alcaldia, los Parametros Urbanisticos y Edificatorios de Estacionamientos, Retiros y Tamanos Minimos de Departamentos, para su aplicacion en su jurisdiccion. Articulo 7º.- Ordenanzas sobre Cambios Especificos de Zonificacion Establecer que las Ordenanzas Metropolitanas sobre Cambios Especificos de Zonificacion, promulgadas con anterioridad a la presente Ordenanza, tienen plena vigencia hasta el Plazo establecido en el Primer Parrafo de la Primera Disposicion Final de la Ordenanza que se aprueba. Articulo 8º.- Compatibilidad de Usos de Suelo en Zonas Residenciales Establecer que en el area de la presente Ordenanza, los Centros de Educacion Inicial, Comercios Locales, Postas Sanitarias, Centros de Culto Religioso, Areas Verdes Locales, Equipamientos Comunales y los aportes que se determinan en las Habilitaciones Urbanas son compatibles con las zonas Residenciales y por lo tanto, no tienen necesariamente calificacion especial en los planos aprobados por la presente Ordenanza. La aprobacion de su construccion, operacion y niveles operacionales correspondientes, depende unicamente de la Municipalidad Distrital de La Molina. Articulo 9º.- Compatibilidad de Uso de los Aportes del Reglamento Nacional de Edificaciones Los aportes para Recreacion Publica y Servicios Publicos Complementarios resultantes del MORDAZA de habilitacion MORDAZA de los predios, asi como los provenientes del MORDAZA de saneamiento fisico legal, mantienen el uso para el que fueron aportados, el que prevalece sobre la calificacion que se indique en el plano de Zonificacion que se aprueba por la presente Ordenanza.