Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2008 (16/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, la Reunion de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores recibira el informe de la Comision encabezada por el Secretario General de la OEA e integrada por MORDAZA, Brasil, Panama y Peru, sobre la visita realizada a la Republica del Ecuador y la Republica de Colombia, entre los dias 9 y 12 de marzo de 2008; Que, a traves de una participacion activa del Peru en las labores de la Organizacion de los Estados Americanos para la promocion MORDAZA y la seguridad en la region se contribuye al logro de objetivos importantes para la Politica Exterior del Peru; Estando a lo dispuesto por la Alta Direccion; De conformidad con la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; los articulos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el articulo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de funcionarios y servidores publicos; su modificatoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de funcionarios y servidores publicos se realicen en clase economica; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reinel, Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, el 17 de marzo de 2008, para que participe en la Reunion de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, convocada por el Consejo Permanente de la Organizacion de los Estados Americanos (OEA), en la que se presentara el informe sobre la visita realizada a Ecuador y Colombia por la Comision encabezada por el Secretario General de dicha Organizacion. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 00386 ­ Conduccion de Lineas de Politica Institucional, debiendose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias, al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reinel Pasajes US$ 1,840.00 Viaticos por dia US$ 220.00 Numero de dias 1+1 Total Tarifa viaticos aeropuerto US$ US$ 440.00 30.25

Que, en la XIII Reunion sobre Enfermedades Prevenibles por Vacunacion de la Region MORDAZA y en la XVII Reunion sobre Enfermedades Prevenibles por Vacunacion de la Region del MORDAZA Sur, se concluyo que la vacunacion contra enfermedades prevenibles constituye un instrumento para fortalecer la Red de Atencion Primaria en las poblaciones desplazadas o aisladas y las de intensa migracion, las cuales constituyen areas de alto riesgo y de mayor exclusion; Que, los Lineamientos de Politica de Salud, establecen que es necesario incrementar sostenida y progresivamente las coberturas de inmunizaciones, impidiendo por consiguiente la circulacion de virus y bacterias que causan enfermedades inmunoprevenibles, tales como: poliomielitis, diphteria, tos ferina, tetanos, sarampion, paperas, rubeola, hepatitis B y fiebre amarilla, fortaleciendo asimismo el control sobre estas; Que, siendo la Hepatitis B una enfermedad prevalente en nuestro MORDAZA, la misma que de los estudios se ha establecido que genera entre otras enfermedades cancer al higado o cirrosis, se ha previsto realizar el Plan Acelerado de Control de la Hepatitis B, disponiendo la vacunacion a nivel nacional con tres (03) dosis de la vacuna contra Hepatitis B, a la poblacion comprendida entre los dos anos a diecinueve anos, once meses y veintinueve dias, lo cual permitira que cinco millones seiscientos mil peruanos esten menos expuestos a desarrollar los males derivados de la Hepatitis B; Que, en tal sentido, resulta necesario oficializar la MORDAZA de Vacunacion Nacional para el Plan Acelerado de Control de la Hepatitis B, dandole rostro humano a fin de lograr sensibilizar a la poblacion, bajo la denominacion "Carlos MORDAZA MORDAZA Perez" en memoria de un ciudadano que murio como consecuencia de cancer de higado; Estando a lo informado por la Direccion General de Salud de las Personas, con la visacion de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, de la Secretaria General y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8° de la Ley N° 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Oficializar la MORDAZA de Vacunacion para el Control Acelerado de la Hepatitis B , bajo el nombre de: "CARLOS MORDAZA MORDAZA PEREZ", que se llevara a cabo a nivel nacional, del 01 de MORDAZA al 30 de noviembre del ano 2008, debiendo efectuarse el seguimiento sanitario respectivo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer que la vacunacion para el Control Acelerado de la Hepatitis B, se realice aplicando tres (03) dosis con un intervalo minimo de ocho (08) semanas, las mismas que se aplicaran a nivel nacional, segun el siguiente cronograma: 1º dosis: 1 al 30 de MORDAZA del 2008 2º dosis: 1 al 30 de junio del 2008 3º dosis: 1 al 31 de octubre del 2008 Articulo 3º.- Aprobar los documentos tecnicos de la MORDAZA de Vacunacion, a que se refiere el articulo 1° de la presente resolucion, que se adjuntan: PLAN DE ACCION DE LA MORDAZA DE VACUNACION PARA EL CONTROL ACELERADO DE HEPATITIS B EN EL PERU Y LINEAMIENTOS TECNICOS, los cuales forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Los Directores Regionales de Salud y los Directores de Salud, deberan garantizar el flujo diario y semanal de las actividades de vacunacion de la MORDAZA y una vez finalizada la misma, presentar el Informe Final de su ejecucion, demostrando el cumplimiento de las metas y compromisos asumidos. Articulo 5°.- Los Directores Regionales de Salud y los Directores de Salud, deberan priorizar y garantizar la asignacion de los recursos necesarios (financieros y logisticos) que permitan el desplazamiento del personal de salud, asi como la ejecucion de cada una de las actividades que involucra la campana. Articulo 6°.- La Estrategia Sanitaria Nacional de Inmunizaciones de la Direccion General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud, a traves del Comite Tecnico Permanente, las Direcciones Regionales de Salud y las Direcciones de Salud de MORDAZA y Callao, son responsables del cumplimiento de la presente resolucion, debiendo efectuar el seguimiento respectivo y presentar el informe

Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la referida Reunion, el citado funcionario diplomatico debera presentar un informe ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante su participacion en el viaje autorizado. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

176090-1

SALUD
Oficializan MORDAZA de Vacunacion para el Control Acelerado de la Hepatitis B que se realizara a nivel nacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 183-2008/MINSA
MORDAZA, 14 de marzo del 2008 Visto el Expediente Nº 07-037190-001, de la Direccion General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud;