Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2008 (16/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

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Comunicaciones a traves de la Internet, en aplicacion de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica; Que, es necesario designar al MORDAZA funcionario que desempenara dichas responsabilidades de conformidad con lo senalado en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 043-2003-PCM y 072-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la designacion dispuesta en la Resolucion Ministerial Nº 580-2007-MTC/01. Articulo 2º.- Designar a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora de la Oficina de Atencion al Ciudadano y Gestion Documental de la Secretaria General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, como funcionaria responsable de brindar la informacion que se encuentre en posesion o bajo el control de la Alta Direccion y los organos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, asi como responsable del MORDAZA de Transparencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a traves de Internet, en aplicacion de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

Que, mediante Informe Nº 277-2008-MTC/28 la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que don MORDAZA VILLENA MORDAZA ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 21 y demas disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Publico Nº 02-2006MTC/17, asi como con la MORDAZA de la documentacion tecnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Bases del Concurso Publico Nº 02-2006-MTC/17, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 0382006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 085-2004-MTC/03 y la Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a don MORDAZA VILLENA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada, en la localidad de Tumbes, departamento de Tumbes; de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion:
Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo : OBQ-1W Emision : 256KF8E Potencia Nominal del Transmisor : 1 KW. Ubicacion de la Estacion: Estudio Coordenadas Geograficas Planta : MORDAZA Mayor MORDAZA S/N, distrito de Tumbes, provincia de Tumbes, departamento de Tumbes. : Longitud Oeste : 80° 27' 21'' Latitud Sur : 03° 33' 58'' : MORDAZA Pedregal, distrito de Tumbes, provincia de Tumbes, departamento de Tumbes. : Longitud Oeste : 80° 25' 16'' Latitud Sur : 03° 35' 24'' : El area comprendida dentro del contorno de 66 dBV/m. : RADIODIFUSION SONORA EN FM : 91.7 MHz. : EDUCATIVA

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Otorgan autorizacion a persona natural para prestar servicio de radiodifusion sonora educativa en FM en la localidad de Tumbes
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 119-2008-MTC/03
MORDAZA, 12 de febrero de 2008 VISTO, el Expediente Nº 2007-038757, presentado por don MORDAZA VILLENA MORDAZA sobre otorgamiento de autorizacion por Concurso Publico para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada, en la localidad de Tumbes, departamento de Tumbes; CONSIDERANDO: Que, el articulo 16º de la Ley de Radio y Television, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan a solicitud de parte o por concurso publico. El concurso publico es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda es menor al numero de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2601-2006MTC/17, se aprobo las Bases del Concurso Publico Nº 022006-MTC/17, para el otorgamiento de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora y por television, en las modalidades educativa y comercial en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra la banda de Frecuencia Modulada en la localidad de Tumbes; Que, los dias 16 y 26 de febrero del 2007, se llevaron a cabo los Actos Publicos de MORDAZA de los Sobres Nºs 1, 2, 3 y 4, y de Apertura de los Sobres Nºs 1 y 2, asi como la Apertura de los Sobres Nºs 3 y 4, y el Otorgamiento de la Buena Pro, respectivamente, otorgandose la Buena Pro para la autorizacion del servicio de radiodifusion sonora en Frecuencia Modulada, en la localidad de Tumbes, departamento de Tumbes, a don MORDAZA VILLENA MORDAZA, conforme se verifica del Acta de los referidos Actos Publicos; Que, en el numeral 25 de las Bases del Concurso Publico Nº 02-2006-MTC/17 se establecio que los adjudicatarios de la Buena Pro que postularon en la modalidad educativa no podran modificarla, ni cualquier condicion u obligacion referida a la misma, en virtud del trato preferencial otorgado en el mencionado Concurso; Que, el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion es concedida mediante Resolucion del Viceministro de Comunicaciones;

Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, para el caso de los enlaces auxiliares, se requiere de autorizacion previa otorgada por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. El plazo de la autorizacion y permiso concedidos se computaran a partir del dia siguiente de notificada la presente Resolucion, la cual, ademas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- En caso que, con posterioridad al otorgamiento de la presente autorizacion, se verifique que la planta transmisora de la respectiva estacion radiodifusora, se encuentre dentro de las zonas de restriccion establecidas en el articulo 84º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, el titular procedera a su reubicacion, salvo que cuente con el permiso de la autoridad competente de tratarse de los supuestos previstos en los numerales 1), 4), 5) y 6) del referido articulo. Articulo 3º.- La autorizacion que se otorga, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual el titular de la autorizacion debera cumplir con las obligaciones que a continuacion se indican: - Instalar los equipos requeridos para la prestacion del servicio conforme a las condiciones esenciales y a