Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2008 (16/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

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Articulo 55°.- Caso de igualdad de puntaje final En caso de igualdad de puntaje final entre dos o mas postulantes, el Comite de Evaluacion adjudicara en orden de prioridad y en forma excluyente, la plaza al postulante que posea: a) Mayor puntaje en la clase magistral. b) Mayor tiempo de servicios oficiales prestados al estado. c) Antiguedad del Titulo Profesional en Educacion.

Universitaria, el MORDAZA de seleccion y contratacion se encuentra regulado por la presente Ordenanza en concordancia con la Directiva Nº 131-2006-ME/SG-OGAUPER, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 1234-2006ED. En el caso de las instituciones educativas pedagogicas de Educacion Superior no Universitaria, dicho MORDAZA esta regulado por la presente Ordenanza en concordancia con la Directiva Nº 035-OAAE-OA/UPER-2002-ED, aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 653-2002-ED. Sexta.- Normativa complementaria Los aspectos no contemplados en la presente, seran absueltos por la Gerencia Regional de Educacion de Arequipa. Septima.- Vigencia de la MORDAZA La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion y sera publicada con arreglo a ley, en la pagina web del Gobierno Regional www.regionarequipa.gob.pe

TITULO VI DE LAS RECLAMACIONES
Articulo 56°.- De las reclamaciones Los reclamos sobre el MORDAZA de evaluacion, en todo o en parte, seran resueltos en primera instancia por la institucion educativa a traves del Comite de Evaluacion, de acuerdo a lo establecido por la presente Ordenanza. El plazo o periodo de atencion y resolucion del reclamo no excedera los dos (02) dias habiles. El interesado podra recurrir de lo resuelto por el Comite de Evaluacion, ante la Unidad de Gestion Educativa Local, la misma que debera resolver en un plazo no mayor a tres (03) dias habiles. Para el caso de los Programas Especiales el interesados interpondra su reclamos ante el Comite de Evaluacion correspondiente y podra recurrir en MORDAZA instancia ante la Gerencia Regional de Educacion, en MORDAZA instancia. Corresponde a la Gerencia Regional de Educacion declarar la nulidad de oficio de las resoluciones que emitan los Comites de Evaluacion y las Unidad de Gestion Educativa Local segun corresponda, cuando estime que las resoluciones son ilegales.

DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
Unica.- MORDAZA derogatoria y modificatoria Deroguese y modifiquese, total o parcialmente segun sea el caso, toda MORDAZA o disposicion que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los doce dias del mes de febrero del dos mil ocho. MORDAZA BOSSIO ROTONDO Presidente del Consejo Regional MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los doce dias del mes de febrero del dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- De los docentes de Centros Educativos de Accion Conjunta De conformidad con lo senalado en los articulos 11º y 12º del Reglamento de Centro Educativos de Accion Conjunta: Estado Peruano­Iglesia Catolica, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 483-89-ED de fecha 3 de agosto de 1989, las plazas vacantes y las horas de libre disponibilidad de estas instituciones educativas son cubiertas por docentes, que ademas de cumplir con lo establecido en la presente, deben contar con la propuestas de su Director o Promotor, y para el caso de la especialidad de educacion religiosa, deben contar necesariamente ademas, con el visto MORDAZA de la Oficina Diocesana de Educacion Catolica - ODEC de su jurisdiccion, lo cual debera ser concordante con las disposiciones contenidas en la presente. Segunda.- Suspension de contratos por desistimiento o desplazamiento Cuando se generen contratos y estos se suspenden por desistimiento o desplazamiento del docente nombrado MORDAZA de cumplir los treinta (30) dias, la Gerencia Regional de Educacion o Unidad de Gestion Educativa Local segun corresponda, dejara sin efecto la resolucion que aprobo dicho contrato, y reconoceran solo para efectos de pago los dias laborados por el servidor. Tercera.- Vigencia del Cuadro de Meritos El Cuadro de Meritos que resulte del MORDAZA de evaluacion, estara vigente durante todo el ano lectivo 2008, con la finalidad de que los postulantes que no obtuvieran un contrato, accedan a una plaza de su nivel y/o especialidad, cuando esta se produzca. Cuarta.- Encargos de Puesto Los encargos de puesto y plaza organicas directiva y jerarquicas, vacantes y presupuestadas, deben ser materializadas de manera oportuna con la resolucion respectiva, teniendo en consideracion lo dispuesto en el articulo 294º del Decreto Supremo Nº 019-90-ED, concordante con el articulo 60º de la Ley Nº 29062, a fin de facilitar el MORDAZA de evaluacion del docente reemplazante. Quinta.- Plazas docentes en instituciones educativas tecnologicas de Educacion Superior no Universitaria Para cubrir las plazas docentes en las instituciones educativas tecnologicas de Educacion Superior no

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GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran requisitos exigibles para la postulacion y ejercicio de la docencia en el MORDAZA de contratacion de docentes del ano lectivo 2008 en instituciones educativas publicas de educacion basica y tecnico-productiva
ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2008-GRL-CR
MORDAZA MORDAZA, 9 de febrero del 2008 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA en Sesion Ordinaria de fecha 9 de febrero del 2008, en uso de sus atribuciones aprobo por Unanimidad la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificado mediante Ley