Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2007 (15/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 15 de MORDAZA de 2007

Autorizan ampliacion de fondos comprometidos en la Carta de Compromiso para cubrir servicios de asesoria legal en MORDAZA arbitral iniciado ante el CIADI
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0840/RE MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2007 VISTA: La propuesta de MORDAZA Adenda, de fecha 2 de enero de 2007 referida a la ampliacion de Fondos Comprometidos de la Carta de Compromiso de fecha 10 de febrero de 2006, suscrita entre el Jefe de Mision de la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA y el Estudio Juridico "Sidley MORDAZA Llp". CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0820, de fecha 19 de MORDAZA del 2006, se aprobo la contratacion del Estudio Juridico "Sidley MORDAZA Llp" para que brinde la asesoria legal especializada para la defensa del Estado peruano durante la etapa de meritos del MORDAZA arbitral iniciado ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) por la empresa MORDAZA Energy International Peru Investments Nº 1 Ltd., segun los terminos de la Carta de Compromiso de fecha 10 de febrero del 2006; Que, mediante la citada Resolucion Ministerial se autorizo al Jefe de Mision de la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA a suscribir la Carta de Compromiso, de fecha 10 de febrero de 2006, con el Estudio Juridico "Sidley MORDAZA LLP", comprometiendo el pago de la fase inicial de la Etapa de meritos del citado MORDAZA arbitral para cubrir honorarios y otros gastos; senalando que los montos adicionales que pudieren ser requeridos para la adecuada representacion del Estado en esta Etapa, deben ser aprobados mediante Resolucion Ministerial del Sector Relaciones Exteriores, previa provision de los respectivos recursos por el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, siendo necesarios para la defensa del Estado peruano fondos adicionales a los comprometidos y dentro del presupuesto y terminos de la citada Carta de Compromiso, mediante Oficios RE (SAE-ONE) Nº 2-5A/23 y RE (PPT) Nº 2-5/33 del 13 de junio 2006 y 12 de MORDAZA 2006; respectivamente, el Ministerio de Relaciones Exteriores solicito el presupuesto necesario al Ministerio de Economia y Finanzas; Que, la Direccion General de Administracion, mediante memorandum (DGA) Nº DGA0741/2007 de fecha 15 de junio del 2007 informo que la ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2007, Ley Nº 28927, de fecha 12 de diciembre del 2006 y la Ley Nº 29035 que aprobo un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2007, de fecha 10 de junio de 2007, han considerado en el Pliego de Relaciones Exteriores, el presupuesto necesario para cubrir la ampliacion de fondos requeridos por un total de US$ 697,397.34 Dolares Americanos; Que, el numeral 2.3 del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala las causales de inaplicacion de la ley, en cuyo inciso o) se establece que las contrataciones y adquisiciones que realicen las Misiones del Servicio Exterior de la Republica, exclusivamente para su funcionamiento y gestion, estan fuera del ambito de aplicacion de dicha ley; Que, la contratacion de los servicios especializados de asesoria legal internacional durante la etapa de meritos del citado MORDAZA arbitral, esta directamente relacionada con actos de la gestion de la Embajada del Peru en los Estados Unidos de America; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; lo dispuesto en los incisos a) y e) del articulo 5º de la Ley Organica del Ministerio de Relaciones

Exteriores, aprobada mediante Decreto Ley Nº 26112; el articulo 2 numeral 3) inciso o) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004 PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la ampliacion de los fondos comprometidos en la Carta de Compromiso, de fecha 10 de febrero del 2006, dentro del presupuesto y terminos establecidos en dicha Carta, hasta por la suma de Seiscientos Noventa y Siete Mil Trescientos Noventa y Siete con 34/100 Dolares (US$ 697,397.34) para cubrir los honorarios y gastos por los servicios de asesoria legal que viene brindando el estudio Sidley MORDAZA LLP para la defensa del Estado peruano en la etapa de meritos del MORDAZA arbitral iniciado ante el CIADI por la empresa MORDAZA International Peru Investmenst Nº 1 Ltd. Articulo Segundo.- Autorizar al Embajador del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA a suscribir la MORDAZA Adenda de la Carta de Compromiso con el Estudio Juridico "Sidley MORDAZA Llp" referida a la ampliacion de fondos comprometidos segun se detalla en el articulo primero. Articulo Tercero.- La Embajada del Peru en los Estados Unidos sera la encargada de supervisar y velar por el estricto cumplimiento de la mencionada contratacion y de la citada Adenda. Asimismo, dicha Embajada sera la encargada de dar la respectiva conformidad por los servicios prestados por el Estudio "Sidley MORDAZA Llp". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 84452-2

SALUD
Crean el Programa Piloto de Trasplantes Renales del Ministerio de Salud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 568-2007/MINSA MORDAZA, 12 de MORDAZA del 2007 Visto el Expediente Nº 07-061185, que contiene el Memorandum Nº 2498-2007/DGSP-DSS/MINSA; CONSIDERANDO: Que, el Articulo VI del Titulo Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que es irrenunciable la responsabilidad del Estado en la provision de servicios de salud publica, interviniendo el Estado en la provision de servicios de atencion medica con arreglo a principios de equidad; Que, la Ley Nº 28189, Ley General de Donacion y Trasplante de Organos y/o Tejidos Humanos, regula las actividades y procedimientos relacionados con la obtencion y utilizacion de organos y/o tejidos humanos, para fines de donacion y trasplante, y su seguimiento; no constituyendo objeto de dicha Ley, el uso de los mismos con fines de investigacion cientifica, el autotrasplante y el trasplante de organos y tejidos de origen animal; Que, el articulo 5º de la precitada Ley, establece que la extraccion de organos y/o tejidos procedentes de donantes vivos o cadavericos solamente se realizara con la finalidad de favorecer o mejorar sustancialmente la salud, expectativa o condiciones de MORDAZA de otra persona, con pleno respeto de los derechos humanos y los postulados eticos de la investigacion biomedica; Que, mediante Oficio Nº 1009-2007-SIS-J, el Seguro Integral de Salud ha comunicado la decision de apoyar a los pacientes que requieren de trasplante renal en el Hospital Nacional MORDAZA MORDAZA, garantizando