Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2007 (15/07/2007)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 15 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

349121

por la sociedad de auditoria, el pago por Derecho de Designacion y/o Supervision, la Declaracion Jurada de Entrega de Informacion y la MORDAZA de Disponibilidad Presupuestal; Que, la clausula 5.02 de las Estipulaciones Especiales del Contrato de Prestamo Nº 1237/OC-PE senala que los estados financieros del Programa se presentaran debidamente dictaminados por una firma de contadores publicos independientes aceptable al Banco, durante el periodo de ejecucion del programa; asimismo, el literal b) del articulo 7.03 de las Normas Generales del referido Contrato, establece la obligacion de presentar al Banco los informes que este solicite con el dictamen de la Entidad auditora que senalen las estipulaciones especiales y de acuerdo con los requisitos satisfactorios al Banco; Que, asimismo, el numeral 6.01 del Documento AF ­ 100 "Politica del Banco sobre Auditoria de Proyectos y Entidades" establece que el BID considera beneficioso el mantenimiento de los mismos auditores a lo largo de la ejecucion del proyecto, sujeto a los requisitos de elegibilidad mencionados en el parrafo 4.02 del referido documento; Que, la clausula 3.04 de las Estipulaciones Especiales del Contrato de Prestamo Nº 1237/OC-PE, establece el plazo para desembolsar los recursos del financiamiento, que sera de tres (3) anos contados a partir de la vigencia del Contrato, habiendo el BID mediante documento Nº 1514/2007 de 11.Abr.2007, aprobado conceder una prorroga, senalando que el plazo para el desembolso de los recursos del Contrato de Prestamo Nº 1237/OC-PE vence el 14.May.2007; Que, el BID mediante la Hoja de Transmision de Fax Nº 1568/2007 otorga su conformidad a la ampliacion de los terminos de referencia de la sociedad MORDAZA MORDAZA y Asociados Sociedad Civil para que realice el examen a los estados financieros de la Primera Fase del Programa de Mejoramiento de la Calidad de la Educacion Secundaria, financiada con recursos del Contrato de Prestamo Nº 1237/ OC-PE, por el periodo del 1.Ene.2006 al 14.May.2007, lo que constituye un compromiso institucional ineludible asumido por el Ministerio de Educacion con el Banco; Que, mediante el documento de Visto, se ha determinado que la solicitud presentada por el Ministerio de Educacion se encuentra dentro del alcance de lo dispuesto en los articulos 6º literal d), 24º literales b), c) d) y e) y 63º del Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 063-2007-CG; En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 22º y 32º literal l) de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y el articulo 63º del Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 063-2007-CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Ministerio de Educacion la ampliacion del periodo de la auditoria a fin que la sociedad de auditoria MORDAZA MORDAZA y Asociados Sociedad Civil realice el examen a los estados financieros de la Primera Fase del Programa de Mejoramiento de la Calidad de la Educacion Secundaria, financiada con recursos del Contrato de Prestamo Nº 1237/OC-PE, por el periodo del 1.Ene.2006 al 14.May.2007; Articulo Segundo.- El Ministerio de Educacion debera suscribir un un MORDAZA contrato de servicios profesionales de auditoria externa con la sociedad de auditoria MORDAZA MORDAZA y Asociados Sociedad Civil para el examen senalado en el articulo precedente; sujetandose a lo establecido en el Contrato de Prestamo Nº 1237/OC-PE, a los lineamientos del BID y demas disposiciones contenidas en el Reglamento de Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado con R.C. Nº 063-2007-CG, en lo que resulte aplicable, disposiciones del Sistema Nacional de Control y demas normas que MORDAZA pertinentes. Articulo Tercero.- La sociedad de auditoria debera encontrarse inscrita en el Registro de Sociedades Calificadas para la Designacion y Contratacion de

Auditorias en las Entidades sujetas a Control de la Contraloria General. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoria y al Departamento de Auditoria Financiera, organo dependiente de la Gerencia del Sector Economico, la supervision de lo autorizado en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 84450-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Union Perene
RESOLUCION JEFATURAL Nº 582-2007-JNAC/RENIEC MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2007. VISTOS: el Informe Nº 000708-2007/SGREC/GOR/ RENIEC de la Subgerencia de Registros del Estado Civil y el Informe Nº 000531-2007-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, MORDAZA que precisa que el Sistema Registral lo conforma el conjunto de organos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos administrativos de inscripcion, y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil; del mismo modo, la MORDAZA establece que el Jefe Nacional esta autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para un mejor servicio a la poblacion, creando o suprimiendo las dependencias que fueran necesarias; Que, la Oficina Registral que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado a que se refiere el informe del visto, ha formalizado expediente de regularizacion de Oficina Registral en su respectiva localidad, el mismo que se encuentra debidamente visado por la Subgerencia de Registros del Estado Civil, por lo que corresponde la aprobacion de la delegacion de funciones, que establezca la vinculacion funcional respectiva; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26497 y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la institucion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del articulo 44º de la Ley Nº 26497; asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Union Perene, Distrito Perene, Provincia Chanchamayo, Departamento de Junin.