Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2005 (14/10/2005)


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NORMAS LEGALES
PROYECTO

MORDAZA, viernes 14 de octubre de 2005 : 2.17387 PREVENCION Y REHABILITACION DE LAS ZONAS AFECTADAS POR DESASTRE. : 13 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS : DE TRANSFERENCIAS INDECI

Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional MORDAZA, con cargo a los recursos provenientes del Credito Extraordinario permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nacion a favor del INDECI, hasta por un monto de S/. 2, 640,745.00 (DOS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES), para la ejecucion de cuarenta y siete (47) Proyectos; Que, los presupuestos otorgados para adquisicion de alimento balanceado, medicinas para ganado vacuno e infraestructura de riego, conllevan a realizar procesos de Licitacion Publica y Adjudicacion Directa Selectiva respectivamente, que no permitirian una atencion oportuna; Que, conforme al Art. 19º y 22º del D.S. Nº 083-2004PCM, establecen las exoneraciones de Procesos de Seleccion y la Situacion de Emergencia respectivamente, cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinando bien o servicio compromete en forma directa o inminente la continuidad de los servicios esenciales o de la operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso necesario para llevar a cabo el MORDAZA de Seleccion que corresponda; Que, de acuerdo a los Articulos 146º, 147º y 148º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establecen los procedimientos de exoneracion de los Procesos de Adquisicion de Bienes y Servicios, que deben entenderse como medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida, a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia sin perjuicio de que realice el MORDAZA de Seleccion correspondiente para las adquisiciones definitivas; Que; conforme al literal c) del articulo 19º, articulos 20º, 21º y 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordados con los articulos 146º, 147º y 148º del Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establecen los Procedimientos de Exoneracion de Licitacion Publica o Adjudicacion Directiva, segun sea el caso; las adquisiciones que se realicen en Situacion de emergencia declarados de conformidad con la Ley, en cuyo caso las adquisiciones se sujetan al MORDAZA de adjudicacion de Menor Cuantia; Que, de acuerdo a los Articulos 19º, 20º y 22º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y Articulos 146º, 147º y 148º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, publicado con fecha 25 de noviembre del 2004 , se precisa en las adquisiciones y contrataciones exoneradas por situacion de Emergencia, las entidades deben realizar las adjudicaciones de menor cuantia de forma tal que les permita adquirir o contratar de modo inmediato y sobre la base de una propuesta que cumpla con los requerimientos respectivos, poniendo en conocimiento a la CONSUCODE, Contraloria y publicado en el SE@CE. Asimismo los contratos por adquisiciones exoneradas en situaciones de emergencia, deben exigir a los contratistas la constitucion de garantias en los montos y condiciones reglamentadas en el subcapitulo IV Titulo V del D.S. Nº 084-2004-PCM, salvo la excepcion de los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 del Art. 217º de la MORDAZA acotada; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales y su Modificatoria la Ley Nº 27902; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARESE, en SITUACION de EMERGENCIA, la adquisicion de alimentos balanceados y medicinas para ganado vacuno e Infraestructura de Riego para las provincias de Lucanas, Parinacochas, MORDAZA del MORDAZA MORDAZA, Huancasancos, Sucre, Cangallo y MORDAZA MORDAZA de la Region MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle: FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA : 04 AGRARIA : 024 DEFENSA CONTRA SINIESTROS : 0066 DEFENSA CIVIL

FTE. FTO. SUB FTE. FTO.

1.-Adquisicion de alimentos balanceados para ganado vacuno por un Valor Referencial 2.-Adquisicion de Productos Veterinarios para Ganado Vacuno por un valor referencial

: S/. 1'035,000.00 : S/. 400,000.00

Articulo Segundo.- EXONERAR, el requisito de Licitacion Publica y Adjudicacion Directa Selectiva respectivamente por Situacion de Emergencia, del proyecto referido en articulo precedente, autorizando la ejecucion del gasto mediante el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia a la Oficina de administracion y sus Sistemas. Articulo Tercero.- NOTIFIQUESE, la presente Resolucion y los documentos sustentatorios a la Contraloria General de la Republica y SE@CE, dentro de los diez dias calendario de aprobada la presente Resolucion y su correspondiente publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 17515

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban Reglamento de la Ordenanza Nº 800 que amplia los alcances de la Ordenanza Nº 752 sobre exoneracion por riesgo social
DECRETO DE ALCALDIA Nº 081 11 de octubre de 2005 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA como Gobierno Local goza de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cumple la funcion normativa, de acuerdo a lo establecido en el articulo 195º de la Constitucion, ejerciendo dicha funcion a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del articulo 200º de la Constitucion. Que, mediante Ordenanza Nº 800 publicada con fecha 17 de MORDAZA de 2005, en el Diario Oficial El Peruano, se amplia los alcances de la Ordenanza Nº 752, publicada el 13 de marzo de 2005 con el objeto de hacer extensiva la exoneracion por Riesgo Social a todas las deudas tributarias y no tributarias que mantengan las personas naturales, sociedades conyugales o sucesiones indivisas, siempre que se encuentren en situacion de riesgo social; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, senala en su articulo 42º que los Decretos de Alcaldia establecen nor mas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, asi como los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal;