Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2005 (13/05/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 13 de MORDAZA de 2005

Articulo 7º.- PERIODO DE TOLERANCIA El tiempo de tolerancia para el estacionamiento vehicular temporal de vehiculos sera de (10) diez minutos, transcurrido este tiempo se procedera al cobro de la unidad minima, asi el vehiculo no MORDAZA llegado a usar el total de este tiempo. CAPITULO IV FIJACION DE LAS ZONAS DE ESTACIONAMIENTO Y RENDIMIENTO Articulo 8º.- VIAS HABILITADAS PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO Las zonas de estacionamiento vehicular temporal estan formadas por las siguientes vias:
Lado Nº VIA MORDAZA de via Cdra. Colectora Colectora Colectora Local Local 6 3 8y9 9 1 2y3 6 Av. MORDAZA MORDAZA 7 Jr. MORDAZA Amezaga (Llamado Boulevar de San MORDAZA - MORDAZA C) 8 Jr. MORDAZA MORDAZA Local Local Local 8 8 5 Par Paralelo Perpendicular Paralelo Paralelo Diagonal Diagonal Espacios 30 9 6 16 9 6 Impar Espacios Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo 28 6 8 10 6 -

ductores de los vehiculos oficiales en cumplimiento de sus funciones que de acuerdo a ley les corresponda o realicen labores propias de su actividad o que MORDAZA de propiedad de: a) El Cuerpo General de Bomberos del Peru. b) Las Fuerzas Armadas. c) La Policia Nacional del Peru. d) Ambulancias en general. e) Vehiculos oficiales del Gobierno Nacional o Local. f) Vehiculos estacionados en zonas reservadas para su categoria o actividad publica, segun autorizacion municipal. g) Vecinos directos afectados por la MORDAZA de estacionamiento ubicado en zonas comerciales y recreacionales de alta circulacion vehicular, debidamente identificados y empadronados. CAPITULO VI INFRACCIONES Y SANCIONES Articulo 12º.- El incumplimiento de pago de la obligacion tributaria o tasa en forma total o parcial MORDAZA lugar a la aplicacion de una multa, que asciende a:
a b c MORDAZA DE UNIDAD Automoviles y Camionetas Omnibus, Camiones y Trailer Mototaxis y Vehiculos menores % UIT 2% UIT 3% UIT 1% UIT

1 Av. San MORDAZA 2 Av. MORDAZA MORDAZA 3 Av. MORDAZA MORDAZA 4 Av. MORDAZA MORDAZA Seguin 5 Av. MORDAZA Paz

Considerese como lado derecho de la via, al lado donde la placa domiciliaria sea par; y, como lado MORDAZA a la de los impares. Articulo 9º.- SENALIZACION DE LAS ZONAS APTAS PARA EL ESTACIONAMIENTO Y TRANSPARENCIA EN EL COBRO DE LA TASA La Municipalidad mediante senalizaciones ubicadas en lugares visibles, identificara las zonas habilitadas para el estacionamiento de vehiculos sujetos al pago de la respectiva tasa. Tratandose del espacio destinado a personas con discapacidad o madres gestantes, se colocara un simbolo distintivo sobre un MORDAZA de fondo MORDAZA en el espacio para estacionarse, de modo tal que se distingan claramente por quienes puedan ser ocupados. La informacion minima que debera contener la senalizacion que se ubique en las zonas determinadas, es la del numero de ordenanza con la que se aprobo la tasa de estacionamiento vehicular temporal en el distrito; el Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que ratifica la Ordenanza; el monto de tasa aprobada; el tiempo de tolerancia; la unidad de medida; el horario de cobro para el uso de estacionamientos; el numero de espacios habilitados en la cuadra, MORDAZA o avenida, el significado del color en las zonas senalizadas; el nombre de la empresa concesionaria de ser el caso; y, otros aspectos relevantes. La informacion MORDAZA mencionada tambien debera constar en el Ticket que se entregara a los contribuyentes que reciban el servicio. Articulo 10º.- RENDIMIENTO DEL TRIBUTO El monto recaudado por la tasa por estacionamiento vehicular temporal, constituye ingreso tributario de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, cuyo rendimiento sera destinado a la administracion y, mantenimiento de dicho servicio. Su recaudacion podra efectuarse directamente a traves de cualquiera de las modalidades permitidas por Ley. CAPITULO V INAFECTACIONES Articulo 11º.- Se encuentran inafectos al pago de la tasa de estacionamiento vehicular temporal, los con-

La Municipalidad podra ejercer todas las acciones necesarias para hacer efectivo el pago de la Tasa y/o Multa de acuerdo a lo senalado en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario - Decreto Supremo Nº 13599-EF. CAPITULO VII ESTRUCTURA DE COSTOS Y ESTIMACION DE INGRESOS Articulo 13º.- La estructura de costos y la estimacion de ingresos de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal estan determinados en los Anexos 5 y 8, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. CAPITULO VIII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones necesarias a fin de lograr una adecuada aplicacion de la presente ordenanza, modificar las zonas de parqueo vehicular, en funcion a la densidad comercial y vehicular, y establecer las MORDAZA de estacionamiento oficial en los locales de la Municipalidad. Segunda.- Encarguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y la Gerencia de Rentas, el cumplimiento de la presente Ordenanza a fin de prestar este servicio, a traves de cualquiera de las modalidades permitidas por la Ley. Tercera.- Comuniquese a la Policia Nacional del Peru para los efectos del apoyo necesario para su cumplimiento. Cuarta.- Encarguese a la Oficina de Imagen Institucional la oportuna y masiva difusion de la presente Ordenanza. Quinta.- Dejese sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Sexta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, del Acuerdo de Concejo que la ratifica. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA