Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2005 (13/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, viernes 13 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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tablece que las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el articulo 19º se realizaran mediante acciones inmediatas y el articulo 148º de su Reglamento establece que se requiere invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico; Que, en consecuencia resulta necesaria la emision de la Resolucion Ministerial mediante la cual se apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para contratar a traves de acciones inmediatas el referido servicio; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED, 002-96-ED, 083-2004-PCM, 084-2004-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerese al Ministerio de Educacion del MORDAZA de seleccion de Concurso Publico por causal de Situacion de Desabastecimiento Inminente, y autoricese a contratar a traves de acciones inmediatas el Servicio de Seguridad y Vigilancia para custodia, resguardo e inspeccion de personas, instalaciones y patrimonio del Ministerio de Educacion a traves de acciones inmediatas por el plazo de dos meses, hasta por la suma de S/. 196,000.00 (Ciento Noventa y Seis Mil y 00/100 Nuevos Soles); previa inclusion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado del MORDAZA respectivo. Articulo 2º.- La contratacion que se efectue en virtud de la presente Resolucion, se realizara a traves de la Unidad de Abastecimiento dependiente de la Oficina de Administracion del Ministerio de Educacion, y de conformidad con las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM. Articulo 3º.- El egreso que ocasione la presente Resolucion se aplicara con cargo al presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educacion; Unidad Ejecutora 024: Sede Central. Articulo 4º.- Disponer que se realice el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al articulo 47º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 5º.- MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes seran remitidos a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 09030

al mismo tiempo, los valores democraticos y preparando a los ciudadanos para su incorporacion activa a la MORDAZA nacional; Que, el Ministerio de Educacion ha emprendido la ejecucion de un programa focalizado de Emergencia Educativa centrado en el desarrollo de las competencias y capacidades de comunicacion integral y matematica, como ejes transversales a todas las areas del curriculo y como aprendizaje clave para acceder a multiples saberes en otros campos; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0180-2004ED, modificada por la Resolucion Ministerial Nº 01782005-ED, se instituyo la Olimpiada Nacional Escolar de Matematica como espacio que permita a los alumnos de las instituciones de Educacion Basica del MORDAZA contrastar sus aprendizajes en esta ciencia. Asimismo, se establecio que la mencionada Olimpiada Nacional se realizara todos los anos entre los meses de MORDAZA a noviembre, con la finalidad de estimular el estudio de la matematica, promover el desarrollo de jovenes talentos y fomentar el trabajo en equipo, propiciar MORDAZA competencia, el companerismo y la amistad entre los participantes; Que, es necesario aprobar la Directiva "Normas para la Organizacion y Desarrollo de la II Olimpiada Nacional Escolar de Matematica - 2005" propuesta; Estando al Informe Nº 192-2005/UDCRESST/ DINESST, de la Direccion Nacional de Educacion Secundaria y Superior Tecnologica; y, De conformidad con la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nº 51-95-ED y Nº 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva "NORMAS PARA LA ORGANIZACION Y DESARROLLO DE LA II OLIMPIADA NACIONAL ESCOLAR DE MATEMATICA - 2005", que consta de ocho (8) numerales y que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Nacional de Educacion Secundaria y Superior Tecnologica dicte las normas necesarias para la adecuada aplicacion de la Directiva aprobada por el articulo precedente. Registrese, comuniquese y publiquese. IDEL VEXLER T. Viceministro de Gestion Pedagogica DIRECTIVA Nº 005-VMGP/ 2005 "NORMAS PARA LA ORGANIZACION Y DESARROLLO DE LA II OLIMPIADA NACIONAL ESCOLAR DE MATEMATICA 2005" I FINALIDAD Normar la organizacion y desarrollo, en todos los ambitos del Sector, la "II OLIMPIADA NACIONAL ESCOLAR DE MATEMATICA - II ONEM 2005", en cumplimiento de la Resolucion Ministerial Nº 178-2005 -ED, y como accion a cargo del Sector, del componente Focalizacion Tematica: Matematica - Movilizacion Social: "MATEMATICA PARA LA VIDA" del Programa Nacional de Emergencia Educativa. (Directiva para el Ano Escolar 2005: Orientaciones y Normas Nacionales para la Gestion en las Instituciones Educativas de Educacion Basica y Educacion Tecnico-Productiva"). II OBJETIVOS DE LA ACTIVIDAD 2.1. General: Contribuir al mejoramiento de la calidad de la educacion matematica en el pais. 2.2. Especificos: - Estimular y difundir el estudio de la matematica y su aplicacion en la resolucion de problemas en la MORDAZA cotidiana. - Promover el desarrollo de jovenes talentos en el ambito escolar. - Fomentar el trabajo en equipo en el MORDAZA de la formacion en valores.

Aprueban Directiva "Normas para la Organizacion y Desarrollo de la II Olimpiada Nacional Escolar de Matematica - 2005"
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 012-2005-ED MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion garantiza el acceso universal e irrestricto a una educacion integral, publica, gratuita y de calidad, promoviendo el MORDAZA de la equidad, otorgando en la educacion iguales oportunidades de acceso, permanencia y trato en un sistema educativo de calidad, que favorezcan el aprendizaje oportuno, efectivo y pertinente, afianzando