Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2002 (02/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, viernes 2 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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OSINERG
Exoneran del MORDAZA de adjudicacion directa selectiva la adquisicion de licencias y actualizaciones de software para computadoras y servidores
RESOLUCION DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 019-2002-OS/PRES
MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2002 VISTO: El Informe Tecnico Nº OI-019-2002, de fecha 12 de MORDAZA de 2002, de la Oficina de Informatica y el Informe Legal Nº AL-530-2002, de fecha 23 de MORDAZA de 2002, de la Asesoria Legal de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, en todas las dependencias de OSINERG tenemos como estandar el uso de Windows como Sistema Operativo de servidores, Exchange para correo electronico y el paquete de Software Office (Word, Excel, Power Point y Outlook) como Software de Oficina, los cuales son productos de la Compania Microsoft; Que, actualmente en todas las areas de OSINERG se viene actualizando como Sistema Operativo Windows 2000 Server, Exchange 2000 para correo electronico y Software de Oficina Office 97/2000/Xp. Estas licencias por su caracter de ser software basicos en la Institucion, deben de contar con las actualizaciones respectivas; Que, cabe senalar que OSINERG tiene actualmente 204 computadoras y 6 servidores (incluido el servidor del correo), sin embargo, esta cantidad de equipos es insuficiente para la cantidad de personal que labora en OSINERG, por lo que esta en tramite un concurso de adquisicion de nuevos equipos de computo, para adquirir 60 computadoras adicionales y de esta manera, disminuir el numero de equipos alquilados, siendo necesarias la adquisicion de licencias adicionales; Que, el Informe Tecnico Nº OI-019-2002, de fecha 12 de MORDAZA de 2002, de la Oficina de Informatica de OSINERG, ha determinado la necesidad de ampliar la capacidad instalada para el procesamiento de datos, con la adquisicion de licencias de programas de computo especificamente procesadores de texto, hoja de calculo y programas de presentaciones, con la finalidad de asegurar la compatibilidad de archivos actualmente en uso y limitar los costos en capacitaciones suplementarias recomendando los productos de la firma Microsoft por ser el estandar de la Institucion, por lo que se requiere adquirir lo siguiente: una licencia Windows 2000 Server, 32 licencias Windows CAL, 16 Exchange CAL y 50 Office Xp estandar, asi como las actualizaciones de 3 licencias Windows 2000 Server, 1 Exchange 2000 Server, 205 Windows CAL, 221 Exchange CAL, 17 Office Xp Pro y 143 Office Xp estandar; Que, asimismo, de acuerdo al referido Informe Tecnico, siendo el Sistema Operativo Windows como el paquete de Software de oficina Office, un estandar de la Institucion que no admite sustitutos de otras MORDAZA, la Oficina de Informatica recomienda que la contratacion de actualizaciones y ampliaciones de licencias se realice con los productos de la firma Microsoft, por cuanto nuestro sistema no admite sustitutos de otras marcas; Que, en tal sentido, cabe senalar que la licencia es la autorizacion del fabricante del derecho de propiedad intelectual respecto del uso del bien (programa de computo), fundamento que determina la adquisicion de licencias al mismo fabricante o titular de derecho de programa de computo que posee el OSINERG, por constituir dichas licencias a adquirir, bienes que no admiten sustitutos; Que, el inciso f) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitaciones, Concursos Publicos o Adjudicacion Directa, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando

la contratacion de los servicios no admitan sustitutos, procediendo su contratacion mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia, conforme lo dispuesto por el Articulo 20º del citado Texto Unico Ordenado; Que, en tal sentido, es procedente la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion de adquisicion de licencias y actualizaciones de software para computadoras y servidores, el cual debera realizarse mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, por un monto referencial de US$ 79,916.07 (setenta y nueve mil novecientos dieciseis y 07/100 dolares americanos) incluido los impuestos de ley; Estando a la opinion expresada por la Oficina de Informatica y la Asesoria Legal de la Institucion contenidas en los Informes Nºs. OI-019-2002 y AL-530-2002; y, De conformidad con lo establecido en el inciso f) de los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y los Articulos 105º, 113º, 115º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion de adquisicion de licencias y actualizaciones de software para computadoras y servidores, por cuanto no admite sustituto, por un monto referencial de US$ 79,916.07 (setenta y nueve mil novecientos dieciseis y 07/100 dolares americanos) incluido los impuestos de ley. Articulo 2º.- La fuente de financiamiento se realizara con cargo a los recursos ordinarios de OSINERG y la contratacion estara a cargo de la Oficina de Administracion y Finanzas. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y del Informe Tecnico Legal o sustentatorio a la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo de ley. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERG 13777

SUNAT
Designan auxiliares coactivas de la Oficina Zonal de Chimbote
INTENDENCIA REGIONAL LA MORDAZA RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 060-00-0000063
MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que es necesario designar a los Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional La MORDAZA para garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva; Que el Art. 114º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 13599-EF, establece los requisitos que deberan reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que el personal propuesto ha presentado Declaracion Jurada manifestando reunir los requisitos MORDAZA indicados; Que la Sexta Disposicion Final de la Ley Nº 27038, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del Articulo 7º de la Ley Nº 26979 no es de aplicacion a los organos de la Administracion Tributaria cuyo personal ingrese mediante Concurso Publico; Que la Resolucion de Superintendencia Nº 094-2000SUNAT ha facultado al Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales y a los diferentes Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempenaran como Auxiliares Coactivos dentro del ambito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la referida Resolucion de Superintendencia y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 23º del Texto Unico Ordenado del Estatu-