Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2000 (25/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 25 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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Que, el Curso mencionado se inserta dentro de los planes de mejoramiento de la Administracion de Justicia; Que, es interes fundamental de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial elevar el nivel academico de los Magistrados, promoviendo su participacion en actividades de capacitacion y actualizacion; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26546, que crea la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, encargada de la gestion y gobierno del Poder Judicial, funciones que han sido ampliadas por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibilizar la Reestructuracion y Reorganizacion Integral del Poder Judicial, incluyendo las materias referidas a la MORDAZA Judicial, y estando a lo acordado en la Sesion de la fecha; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la realizacion del Curso de Capacitacion para Jueces de Paz, en la MORDAZA del MORDAZA, los dias 2 y 3 de agosto del presente ano. Articulo Segundo.- El cumplimiento de la presente Resolucion no irrogara gasto alguno al presupuesto del Pliego del Poder Judicial. Articulo Tercero.- Transcribir la presente Resolucion al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco-Madre de MORDAZA y a los Organos de Linea de la Secretaria Ejecutiva del Poder Judicial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Secretaria del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal del Distrito Judicial de Lima. Registrese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PEZUA MORDAZA 8437

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan por situacion de urgencia la adquisicion de licencias de software mediante MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia
RESOLUCION DE DIRECTORIO Nº 004/2000 MORDAZA, 21 de MORDAZA del 2000

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA VISTOS: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PEZUA MORDAZA 8436 El Informe Tecnico anexo al Memorandum Nº F300-MA2000-100 emitido por el Subgerente de la Oficina Especial de Servicios Tecnicos, de 21 de junio del 2000, en el que se senala que Informix Software del Peru S.A. es la unica empresa peruana que representa a Informix Software Inc., una sociedad constituida en los Estados Unidos de MORDAZA y por lo tanto la unica en el MORDAZA que puede proveer de las licencias de software Informix Internet Foundation 2000; El Memorandum Nº K000-MA-2000-667 emitido por la Oficina Legal el 13 de MORDAZA del 2000, en el que se opina que la contratacion del servicio debe efectuarse mediante un MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia, ya que se trata de una situacion de urgencia, toda vez que la licitacion no cumple funcion alguna por cuanto las licencias y el "software" que provee Informix Software del Peru S.A. no admite sustitutos; CONSIDERANDO: Que en el Informe Tecnico se senala que el Banco cuenta con el "software" Informix Dynamic Server (IDS) version 7.3 para Windows NT, el que viene siendo usado con aplicaciones desarrolladas para las gerencias de Estudios Economicos, Credito y Regulacion Financiera, Operaciones Internacionales y Tesoreria, que permite el acceso de hasta 150 usuarios concurrentes; Que en el mismo informe se anota que, por la implementacion de nuevas aplicaciones que se encuentran en desarrollo, han surgido requerimientos de 50 usuarios adicionales; Que Informix Software, Inc., sociedad constituida en los Estados Unidos de MORDAZA, es la titular de los derechos de autor de los programas de computacion Informix, en tanto que Informix Software de Peru S.A. es la unica y exclusiva subsidiaria en el Peru que representa al citado fabricante y esta autorizada a importar y distribuir dicho "software"; Que, de acuerdo con el inciso c) del Articulo 19º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estan exoneradas de licitacion publica las contrataciones que se realice en situacion de urgencia; Que el Articulo 21º de la referida ley considera como situacion de urgencia el caso en que el MORDAZA de licitacion o concurso no cumpla funcion alguna, en razon de que los bienes no admiten sustitutos o, existiendo estos, su uso pueda afectar negativamente el servicio; Que, conforme a los Articulos 13º y 20º de la Ley Nº 26850, cuando por las causas que se menciona en el Articulo 19º, se exonere una contratacion de bienes del requisito de licitacion publica, debe recurrirse al MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia;

Sancionan con destitucion a servidora por su actuacion como secretaria del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal del Distrito Judicial de MORDAZA
INVESTIGACION ODICMA Nº 541-2000 MORDAZA, veinticuatro de MORDAZA del dos mil. VISTA: La Investigacion ODICMA numero quinientos cuarentiuno guion dos mil, seguida contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Kimura, por su actuacion como Secretaria del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal del Distrito Judicial de Lima; de conformidad con la propuesta de destitucion de Jefatura de Control de la Magistratura del Poder Judicial de fojas quinientos cincuentitres y siguientes, su fecha veintiuno de junio del presente ano; y, CONSIDERANDO ademas: Que con el operativo llevado a cabo por personal de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial y la propia declaracion de la investigada de fojas once, se encuentra acreditado que MORDAZA MORDAZA MORDAZA Kimura, recibio del agente del Proyecto Especial de Lucha Integral Contra la Corrupcion la suma de cincuenta dolares americanos, para favorecer a la parte agraviada en un MORDAZA penal que se tramitaba a cargo de la mencionada secretaria; quien ha atentado contra la respetabilidad de este Poder del Estado, resultando de aplicacion lo previsto en el Articulo doscientos once del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; y haciendo uso de las facultades conferidas por las Leyes numeros veintiseis mil quinientos cuarentiseis, sus modificatorias y ampliatorias; SE RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de destitucion a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Kimura, por su actuacion como