Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2020 (29/06/2020)
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TEXTO DE LA PÁGINA 9
El Peruano / Lunes 29 de junio de 2020
N° CUI Nombre de la Inversión Anulación de Crédito
NORMAS LEGALES
Habilitación de Crédito
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MEJORAMIENTO DEL SERVICIO RECREATIVO DEL PARQUE PIO MAX 58 2488487 MEDINA DEL DISTRITO DE JESUS NAZARENO - PROVINCIA DEHUAMANGA - DEPARTAMENTO DE AYACUCHO. TOTAL TRANSFERENCIA PRESUPUESTAL
0.00
1´000,000.00
30´450,444.00 30´450,444.00
1869167-2
Autorizan Transferencia Financiera a favor de los Gobiernos Locales de la jurisdicción de la Región Ayacucho para cofinanciar los proyectos ganadores del Programa "TRABAJA PERÚ"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 068-2020-GRA/CR Ayacucho, 27 de junio de 2020. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Extraordinaria de fecha 27 de junio de 2020, deliberó y aprobó el Acuerdo Regional de transferencia financiera a favor de los Gobiernos Locales de la jurisdicción de la Región Ayacucho para cofinanciar los proyectos ganadores del Programa "TRABAJA PERÚ" hasta por el importe de S/. 14´945,095.00 (Catorce Millones Novecientos Cuarenta y Cinco Mil Noventa y Cinco con 00/100 Soles), destinado a financiar la ejecución del cincuenta y tres (53) proyectos de inversión, y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, y tienen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a Ley; conforme lo dispone el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, los artículos 8º y 31º de la Ley Nº 27783, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; Que, por Oficio Nº 328-2020-GRA/GR-GG de fecha 09 de junio de 2020, el Gerente General del Gobierno Regional de Ayacucho, solicita a la Presidencia del Consejo Regional de Ayacucho la aprobación mediante Acuerdo Regional de la transferencia financiera a favor de diversos Gobiernos Locales para cofinanciar proyectos ganadores en el Programa "Trabaja Perú", señalando existir opinión favorable de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, los que guardan correlato con el artículo 17º del Decreto de Urgencia Nº 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 y demás disposiciones en materia de modificaciones presupuestarias; Que, por Informe Nº 78-2020-GRA/GG-GRI-SGO de fecha 28 de mayo de 2020, el Sub Gerente de Obras de la Gerencia Regional de Infraestructura, emite la propuesta de Meta Habilitadora para la modificación presupuestaria a favor de proyectos ejecutados mediante convenio a través de Programa "Trabaja Perú", señalando que en base a la Resolución Directoral Nº 036-2020-TP/DE, que aprueba el Listado de Proyectos Priorizados a Nivel Nacional en el Marco del Concurso de Proyectos 2020, el Gobierno Regional de Ayacucho prioriza co-financiar la contrapartida del aporte de las diferentes municipalidades de la Región Ayacucho hasta por el monto de S/. 16´418,693.00 Soles; y en función a los cronogramas de ejecución de los proyectos ejecutados por Administración Directa y/o Contrata, se determinó las metas habilitadoras con saldos disponibles de acuerdo al sinceramiento de gastos para ser usados como metas disponibles para
financiar otros proyectos sin asignación presupuestal, así como también se determinó las metas habilitadoras en la Fuente de Financiamiento 00 RECURSOS ORDINARIOS (00) por un monto de S/.14´945,095.00 soles; Que, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ayacucho, opina favorablemente y hace suyo la opinión favorable de la Sub Gerencia de Presupuesto y de la Sub Gerencia de Programación Multianual de Inversiones para proceder con la transferencia de recursos, previamente debe remitirse para su aprobación del Consejo Regional, en cumplimiento del artículo 17º, numeral 17.2, donde precisa que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 17.1 se realiza, en el caso de Gobiernos Regionales, mediante Acuerdo de Consejo Regional, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y el Acuerdo de Consejo Regional se publica en el diario oficial El Peruano; y por otro lado, señala que el literal b) del artículo 28º de la Directiva N° 011-2019-EF/50.01, Directiva de Ejecución Presupuestaria, aprobado con Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01, referido a las habilitaciones y anulaciones dentro de una unidad ejecutora, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, efectuadas en el mes respectivo, se formalizan por resolución del Titular del Pliego en los plazos señalados en el cuadro de plazos, detallando la Sección, Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividad, Fuente De Financiamiento, Categoría Del Gasto Y Genérica Del Gasto, y las copias de las resoluciones deben ser remitidas a la DGPP:
DE LA: SECCIÓN SEGUNDA PLIEGO 444 UNIDAD EJECUTORA : Instancias Descentralizadas. : Gobierno regional de Ayacucho. : 001-700 Región Ayacucho Sede Central. FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios. GASTOS DE CAPITAL : 2.6 Adquisición de Activos No Financieros. CATEGORIA PRESUPUESTAL : 9002 APNOP /0090 PP. TOTAL EGRESO PROD. / PROYECTO : S/. 14'945,095.00 A LA: SECCIÓN SEGUNDA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS DE CAPITAL : Instancias Descentralizadas. : Gobiernos Locales. : 4 Donaciones y Transferencias. : 2.6 Adquisición de Activos No Financieros. 5001253 TRANSFERENCIA DE RECURSOS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN. TOTAL INGRESO INVERSIÓN : S/. 14'945,095.00
Que, por Informe Nº 028-2020-GRA/GG-GRPPATSGF-PCM de fecha 12 de junio de 2020, la Especialista Administrativo de la Sub Gerencia de Finanzas, concluye manifestando que los proyectos de inversión pública a financiar deben estar alineados a los objetivos de los sectores correspondientes, asi mismo debe contribuir al cierre de brechas de infraestructura y saneamiento, y propone que mediante modificaciones presupuestarias de CRÉDITO Y ANULACIONES EN EL NIVEL FUNCIONAL PROGRAMÁTICO, deben de habilitarse créditos presupuestarios por el importe de S/. 14´945,095.00 soles en la meta con código presupuestario 39999995001253 TRANSFERENCIA DE RECURSOS PARA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN, a fin de realizar la transferencia financiera a las Municipalidad Provinciales y Distritales (Gobiernos Locales) del ámbito de la Región Ayacucho, destinado a financiar la ejecución del cincuenta y tres (53) proyectos de inversión, con anulación der créditos presupuestarios de diez (10) proyectos de inversión que vienen siendo ejecutados por la Sede Central del Gobierno Regional de Ayacucho, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; y el Consejo Regional de Ayacucho debe autorizar al Titular del Pliego la transferencia presupuestaria por el importe de S/. 14´945,094.00 a favor de los Pliegos de los Gobiernos