Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2020 (15/06/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

Lunes 15 de junio de 2020 /

El Peruano
En Soles

lo dispuesto en el inciso 6 del numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 053-2020, Decreto de Urgencia que otorga un bono extraordinario al personal del Instituto Nacional Penitenciario, del Programa Nacional de Centros Juveniles, al personal del Ministerio de Defensa y al personal del Ministerio del Interior, por cumplir acciones de alto riesgo ante la emergencia producida por el COVID-19, y dicta otras Disposiciones; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 061-2020-MINEDU del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, se aprueba la Norma Técnica denominada "Herramienta de Incentivos para el fortalecimiento del servicio educativo de las universidades públicas", modificada por Resolución Viceministerial Nº 096-2020-MINEDU, cuyo objetivo general es mejorar la calidad y el logro de resultados del servicio educativo que brindan las universidades públicas, en el marco de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30220, Ley Universitaria; Que, mediante Oficio N° 00059-2020-MINEDU/ DM el Ministerio de Educación solicita se efectúe una Transferencia de Partidas a favor de quince (15) Universidades Públicas, destinada a financiar el cumplimiento de las acciones asociadas a la mejora de calidad del servicio de educación superior de acuerdo a la "Herramienta de Incentivos para el fortalecimiento del servicio educativo de las universidades públicas", sustentando dicho pedido en el Informe N° 00662-2020-MINEDU/SPE-OPEPUPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica de dicho Ministerio, en el cual se señala que en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, en la Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, existen recursos disponibles hasta por la suma de S/ 56 373 938,00 (CINCUENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 SOLES) para tal fin; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 56 373 938,00 (CINCUENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), del pliego Ministerio de Educación a favor de quince (15) Universidades Públicas, para el financiamiento de lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el literal a) del numeral 37.1 y del numeral 37.2 del artículo 37 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 y en el inciso 6 del numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 053-2020, Decreto de Urgencia que otorga un bono extraordinario al personal del Instituto Nacional Penitenciario, del Programa Nacional de Centros Juveniles, al personal del Ministerio de Defensa y al personal del Ministerio del Interior, por cumplir acciones de alto riesgo ante la emergencia producida por el COVID-19, y dicta otras disposiciones; DECRETA: Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 56 373 938,00 (CINCUENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), del Ministerio de Educación a favor de quince (15) Universidades Públicas, para financiar el cumplimiento de las acciones asociadas a la mejora de calidad del servicio de educación superior en el marco de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, y de acuerdo a la Norma Técnica "Herramienta de Incentivos para el fortalecimiento del servicio educativo de las universidades públicas", de acuerdo al siguiente detalle:

: Gobierno Central 010 : Ministerio de Educación 026 : Programa Educación Básica para Todos CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5001254 : Transferencia de recursos para la ejecución de actividades FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y Transferencias ACTIVIDAD 31 293 558,00

5001253 : Transferencia de recursos para la ejecución de proyectos de inversión FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS A LA: 25 080 380,00 =========== 56 373 938,00 =========== En Soles

SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGOS : Universidades Públicas PROGRAMA PRESUPUESTAL 0066 : Formación Universitaria Pregrado FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 2.5 Otros Gastos GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no financieros

de

12 718 824,00 4 152 385,00 27 417 778,00

CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no financieros TOTAL EGRESOS 7 846 054,00 4 238 897,00 ============ 56 373 938,00 ============

1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego se detallan en Anexo Nº 1 "Transferencia de recursos para financiar el cumplimiento de las acciones asociadas a la mejora de calidad de servicio de educación superior de acuerdo al mecanismo denominado Herramienta de incentivos para el fortalecimiento del servicio educativo de las universidades públicas - Actividades" y en el Anexo Nº 2 "Transferencia de recursos para financiar el cumplimiento de las acciones asociadas a la mejora de la calidad de servicio de educación superior de acuerdo al mecanismo denominado Herramienta de incentivos para el fortalecimiento del servicio educativo de las universidades públicas - Inversiones", que forman parte del presente Decreto Supremo, los cuales se publican en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www. gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas autorizada en el artículo 1, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los