Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2020 (18/07/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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ANEXO 4

NORMAS LEGALES
Código Infracción

Sábado 18 de julio de 2020 /

El Peruano
Medida Preventivas aplicables según corresponda

TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES SOBRE LOS LINEAMIENTOS SECTORIALES PARA LA PREVENCIÓN DEL COVID-19 EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE a) Infracciones del transportista
Código Califica- Consecuención cia Medida Preventivas aplicables según corresponda

Calificación Consecuencia

Infracción

V.1

No cumplir con el aforo del vehículo, transportando usuarios que exceden el número de asientos señalados en la Tarjeta de Identificación Vehicular y/o usuarios de pie; y/o no señalizar los asientos del vehículo que no deben ser usados por los usuarios; y/o no implementar MUY las cortinas de polietileno u otro GRAVE material análogo en el vehículo; según corresponda, de acuerdo con lo establecido en los lineamientos sectoriales para la prevención del COVID-19 en la prestación del servicio de transporte terrestre, aprobado por el MTC. Prestar el servicio de transporte sin haber realizado la limpieza y/o la desinfección del vehículo, de acuerdo con lo establecido en los linea- MUY mientos sectoriales para la GRAVE prevención del COVID-19 en la prestación del servicio de transporte terrestre, aprobado por el MTC. No proporcionar al conductor, a la tripulación y al cobrador, mascarillas y protector facial para la prestación del servicio de transporte, según corresponda, de acuerdo con lo es- GRAVE tablecido en los lineamientos sectoriales para la prevención del COVID-19 en la prestación del servicio de transporte terrestre, aprobado por el MTC. No realizar el control de temperatura a los usuarios con termómetro infrarrojo, antes del embarque al vehículo, cuando corresponda, de acuerdo con lo establecido en los lineamientos sectoriales para la prevención del COGRAVE VID-19 en la prestación del servicio de transporte terrestre, aprobado por el MTC. Prestar el servicio de transporte incumpliendo los lineamientos sectoriales para la prevención del COVID-19 en la prestación del servicio de transporte terrestre, aprobado por el MTC, con excepción de lo dispuesto en los numerales 41.1.11, 41.1.12, 41.1.13 y 41.1.14 del artículo 41 del presente Reglamento.

V.7

En forma sucesiva - Interrupción del viaje Multa de 0.5 - Retención del vehículo de la UIT - Internamiento preventivo del vehículo - Suspensión precautoria de la habilitación vehicular

Realizar la conducción de un vehículo del servicio de transporte: sin cumplir con el aforo al transportar usuarios que exceden el número de asientos señalados en la Tarjeta de Identificación Vehicular y/o usuarios de pie; y/o utilizando los asientos del vehículo señalizados o que no pueden ser empleados; y/o que no cuenta con las cortinas de polietileno u otro material análogo para el aislamiento entre asientos; y/o permitiendo que un usuario sea transportado sin utilizar su mascarilla y protector facial; Según corresponda, de acuerdo con lo establecido en los lineamientos sectoriales para la prevención del COVID-19 en la prestación del servicio de transporte terrestre, aprobado por el MTC. Realizar la conducción de un vehículo del servicio de transporte incumpliendo los lineamientos sectoriales para la prevención del COVID-19 en la prestación del servicio de transporte terrestre, aprobado por el MTC, con excepción de lo dispuesto en los numerales 31.11 y 31.12 del artículo 31 del presente Reglamento.

Retención de la licencia de conducir

GRAVE

Multa de 0.1 de la UIT

En forma sucesiva - Interrupción del viaje Multa de 0.5 - Retención del vehículo de la UIT - Internamiento preventivo del vehículo - Suspensión precautoria de la habilitación vehicular

V.8

V.2

LEVE

Multa de 0.05 de la UIT

En forma sucesiva Multa de 0.1 - Interrupción del viaje de la UIT - Retención del vehículo - Internamiento preventivo del vehículo.

c) Infracciones del operador de infraestructura complementaria de transporte
Calificación Medida Preventivas aplicables según corresponda

V.3

Código

Infracción Operar la infraestructura complementaria sin observar las medidas mínimas de limpieza y/o desinfección y/o aforo establecidas en los lineamientos sectoriales para la prevención del COVID-19 en la prestación del servicio de transporte terrestre, aprobado por el MTC. No proporcionar a su personal mascarillas para la prestación del servicio, de acuerdo con lo dispuesto en los lineamientos sectoriales para la prevención del COVID-19 en la prestación del servicio de transporte terrestre, aprobado por el MTC. Operar la infraestructura complementaria incumpliendo los lineamientos sectoriales para la prevención del COVID-19 en la prestación del servicio de transporte terrestre, aprobado por el MTC, con excepción de lo dispuesto en los numerales 35.10 y 35.11 del artículo 35 del presente Reglamento.

Consecuencia

En forma sucesiva - Interrupción del viaje - Retención del vehículo Multa de 0.1 - Internamiento preventivo de la UIT del vehículo

V.9

Suspensión precautoria del servicio. MUY GRAVE Multa de 0.5 de la UIT

V.4

V.10

V.5

GRAVE

Multa de 0.1 de la UIT

LEVE

Multa de 0.05 de la UIT

b) Infracciones del conductor
Código Infracción No utilizar la mascarilla y el protector facial, según corresponda, durante la conducción de un vehículo del servicio de transporte, de acuerdo con lo dispuesto en los lineamientos sectoriales para la prevención del COVID-19 en la prestación del servicio de transporte terrestre, aprobado por el MTC. Calificación Consecuencia Medida Preventivas aplicables según corresponda

V.11

LEVE

Multa de 0.05 de la UIT

V.6

Retención de la licencia de conducir GRAVE Multa de 0.1 de la UIT

Artículo 4.- Modificación del artículo 25 del Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados o No