Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2020 (23/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Domingo 23 de febrero de 2020 /

El Peruano

Que, el sub literal j) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autoriza al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento a realizar transferencias financieras a las empresas prestadoras de Servicios de Saneamiento; Que, el numeral 17.2. del artículo 17, del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia, precisa que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 17.1 del citado artículo, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional se realizan mediante resolución del Titular del Pliego, lo cual es concordante con lo dispuesto en el numeral 220.1 del artículo 220, del Reglamento el cual establece que las transferencias financieras que realiza el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento a las empresas prestadoras en función a lo regulado en el numeral 80.2. del artículo 80, son aprobadas por resolución del Titular del Pliego, requiriéndose informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces; Que, con fecha 29 de noviembre de 2017, se suscribe el Convenio Nº 044-2017/OTASS-EPS EMAPAB S.A., entre el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Bagua Sociedad Anónima, con el objeto de establecer los compromisos de las partes para el financiamiento del fortalecimiento de las capacidades de gestión operativa, gestión comercial y gestión institucional, generando condiciones que garanticen una óptima prestación de los servicios de saneamiento y su sostenibilidad; Que, asimismo, mediante Resolución Directoral Nº 089-2017-OTASS/DE publicada el 01 de diciembre de 2017, se autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, hasta por el monto de S/ 2´186,717.14 (Dos millones ciento ochenta y seis mil setecientos diecisiete con 14/100 soles), con cargo a los recursos asignados en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Bagua Sociedad Anónima, para la ejecución de siete (07) acciones de asistencia técnica para el fortalecimiento de capacidades; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 18-2019-OTASS/CD, publicada el 29 de octubre de 2019, se aprueba la Directiva Nº 002-2019-OTASS/ CD ¨Procedimiento para la Aprobación, Seguimiento, Monitoreo, Liquidación y Evaluación de las Transferencias Financieras que realiza el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento OTASS a favor de las Empresas Prestadoras Públicas de Accionariado Municipal¨, en adelante la Directiva; Que, el literal b) del numeral 14.2 del artículo 14 de la Directiva, prevé el supuesto de modificación sustancial de Fichas Técnicas, que se constituye en: Utilización del Remanente de ficha técnica aprobada para adicionar una o más fichas técnicas al Convenio; Que, la Dirección de Gestión y Financiamiento (en adelante el Órgano de Línea Responsable - OLR), mediante los Informes Nº 007-2020-OTASS-DGF-FMB y Nº 007-2020-OTASS-DGF-DCC (en adelante el Informe del OLR), señala que la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Bagua Sociedad Anónima, solicita la modificación de la Resolución Directoral Nº 089-2017-OTASS/DE y del Convenio Nº 044-2017/ OTASS-EPS EMAPAB S.A., con el objeto de utilizar el remanente de las fichas técnicas: F-02-GC, F-03GC, F-01-GO, F-02-GO, F-03-GO y F-04-GO, para adicionar una nueva ficha técnica denominada Ficha F-06-GI "Adquisición de equipos de cómputo y mobiliario para mejorar la gestión empresarial en el ámbito de la EPS EMAPAB S.A.", adjuntando entre otros: i) El Acta de Sesión Ordinaria Nº 014-2019, de la Comisión de Dirección Transitoria de la EPS EMAPAB S.A.; ii) La Ficha Técnica: F-06-GI; y iii) El Informe Técnico Legal Nº 0012019-EPS EMAPAB S.A.; Que, el Informe del OLR, señala que: i) EPS EMAPAB S.A. ha cumplido con presentar la documentación requerida por la Directiva, justificando

la misma; ii) Otorga la viabilidad técnica para utilizar el remanente de seis (6) fichas técnicas del Convenio Nº 044-2017/OTASS-EPS EMAPAB S.A., a fin de adicionar una nueva ficha técnica: F-06-GI "Adquisición de equipos de cómputo y mobiliario para mejorar la gestión empresarial en el ámbito de la EPS EMAPAB S.A."; y iv) Recomienda la aprobación de la modificación solicitada por la EPS; Que, la Segunda Disposición Complementaria de la Directiva, faculta a la Dirección Ejecutiva del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, a aprobar las transferencias financieras destinadas, a ejecutar las acciones inmediatas, acciones del Plan de Acciones de Urgencia y acciones del Plan de Reflotamiento y acciones de fortalecimiento de capacidades, entre otros; Que, de acuerdo al numeral 4 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1440, del Sistema Nacional de Presupuesto Público, constituye un principio aplicable al referido Sistema, la Especialidad cualitativa, que consiste en que los créditos presupuestarios aprobados para las Entidades Públicas deben destinarse, exclusivamente, a la finalidad para la que hayan sido autorizados en los Presupuestos del Sector Público, así como en sus modificaciones realizadas conforme al citado Decreto Legislativo; Que, conforme al artículo 8 del acotado Decreto Legislativo Nº 1440, la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces es responsable de conducir el Proceso Presupuestario de la Entidad, sujetándose a las disposiciones que emita la Dirección General de Presupuesto Público, para cuyo efecto, organiza, consolida, verifica y presenta la información que se genere en sus respectivas unidades ejecutoras y en sus centros de costos, así como coordina y controla la información de ejecución de ingresos y gastos autorizados en los Presupuestos y sus modificaciones, los que constituyen el marco límite de los créditos presupuestarios aprobados; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de las funciones atribuidas, entre otros, en la normativa citada en los considerandos procedentes emite el Informe Nº 004-2020-OTASS-OPP-MPC, señalando que se encuentra conforme la propuesta de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Bagua Sociedad Anónima, precisando que: i) No demanda mayores recursos públicos al Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de Servicios de Saneamiento; ii) No modifica el presupuesto de la transferencia financiera aprobado inicialmente en el periodo 2017; y iii) No afecta la estructura de financiamiento, en tal sentido, emite opinión favorable para la emisión de la presente Resolución; Que, con el Informe Legal Nº 037-2020-OAJ/OTASS, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la emisión de la presente Resolución, en el marco de las competencias atribuidas en la normativa de la materia; Con el visado de la Gerencia General, de la Dirección de Gestión y Financiamiento, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento; el Decreto Supremo Nº 004-2019JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2019-VIVIENDA y la Resolución Directoral Nº 010-2019-OTASS/DE; y la Resolución de Consejo Directivo Nº 18-2019-OTASS/CD; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación de Anexo de Resolución Modifíquese el Anexo de la Resolución Directoral Nº 089-2017-OTASS/DE, denominado Empresa Municipal de