Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2020 (18/08/2020)


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NORMAS LEGALES

Martes 18 de agosto de 2020 /

El Peruano

Supremo Nº 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus modificatorias; DECRETA: Artículo 1.- Modificación de los artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20 del Reglamento de la Ley Nº 30321, Ley que crea el Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental Modifíquese los artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20 del Reglamento de la Ley Nº 30321, Ley que crea el Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2016-EM, en los términos siguientes: "Artículo 3.- Definiciones (...) Autoridad sectorial competente.- Es la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas ­ MINEM. Empresa Consultora.- Es la persona jurídica contratada por PROFONANPE, encargada de la elaboración del Plan de Rehabilitación. Empresa Remediadora.- Es la persona jurídica contratada por PROFONANPE, encargada de la ejecución del Plan de Rehabilitación. (...) Informes de Liquidación.- Son los informes emitidos por PROFONANPE al OEFA que contienen la rendición de cuentas de los recursos empleados para la remediación de los sitios impactados y, de acuerdo a la oportunidad en la que se emiten, desarrollan los siguientes aspectos: (i) costos de acompañamiento y elaboración del Plan de Rehabilitación, (ii) costos de evaluación del Plan de Rehabilitación; y, (iii) costos de la ejecución de la remediación. (...)". "Artículo 4.- Junta de Administración La Junta de Administración es el órgano de decisión para la ejecución de los recursos del Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental, de acuerdo a los procedimientos establecidos por PROFONANPE y la Ley Nº 26793, Ley de Creación del Fondo Nacional del Ambiente. La Junta de Administración se conformará por un máximo de nueve (9) integrantes que incluye: (...) La Secretaría Técnica Administrativa y Financiera de la Junta de Administración es ejercida por PROFONANPE, quien lleva las actas y acuerdos de las sesiones ordinarias y extraordinarias". (...)". "Artículo 5.- Funciones de la Junta de Administración (...) e) Solicitar a PROFONANPE que inicie las gestiones necesarias para la elaboración y presentación ante la Autoridad sectorial competente de un Plan de Rehabilitación. (...) h) Aprobar los Términos de Referencia para la contratación de la Empresa Consultora y de la Empresa Remediadora, y hacer seguimiento de los avances del proceso de remediación a través de los Informes que presente PROFONANPE. i) Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de sus fines.". "Artículo 6.- Facultades y obligaciones de los integrantes de la Junta de Administración

a) Asistir a las sesiones a las que sean convocados. En caso de inasistencia, se sustentan los motivos de manera formal, mediante medio escrito o correo electrónico presentado ante PROFONANPE con anterioridad a la fecha de la realización de la sesión. (...)". "Artículo 7.- Sesiones y quórum (...) a) Las sesiones se convocan por PROFONANPE, en la fecha y hora señaladas por la Junta de Administración. Asimismo, PROFONANPE brinda las facilidades para la realización de las sesiones. (...)". "Artículo 8.- Funciones de la Autoridad sectorial competente En el marco de la Ley y el presente Reglamento, corresponde a la Autoridad sectorial competente velar por la adecuada remediación de sitios impactados a cargo del Estado, desarrollando las siguientes funciones: a) Realizar acciones de acompañamiento a la Empresa Consultora durante la elaboración del Plan de Rehabilitación, en aquellos casos en que la remediación ambiental se encuentre a cargo del Estado y de manera facultativa en los casos de Planes de Rehabilitación a cargo de una Empresa Responsable. b) Evaluar y, en caso corresponda, aprobar el Plan de Rehabilitación. c) Realizar acciones de acompañamiento a la Empresa Remediadora durante la ejecución del Plan de Rehabilitación, en aquellos casos en que la remediación ambiental se encuentre a cargo del Estado. d) Emitir opinión técnica sobre los Términos de Referencia para la contratación de la Empresa Consultora y la Empresa Remediadora de acuerdo a los Contenidos de los Planes de Rehabilitación. e) Otorgar la conformidad técnica a los entregables a cargo de la Empresa Consultora y Empresa Remediadora que sirva de base para la emisión de las conformidades de pago que emita PROFONANPE. f) Emitir la conformidad al expediente técnico de ingeniería de detalle para la ejecución de la remediación aprobada en el Plan de Rehabilitación. g) Tramitar la obtención de los permisos y otras autorizaciones que sean requeridos en la elaboración y ejecución del Plan de Rehabilitación. h) Administrar la base de datos georreferenciada, de acceso público, sobre los sitios impactados y las acciones que se ejecuten respecto de los mismos". i) Elaborar, suscribir y gestionar los convenios que fueran necesarios para la transferencia de recursos financieros con el PROFONANPE, a efecto cumplir con los objetivos del presente Reglamento. j) Informar a la Junta de Administración los sitios impactados que sean asumidos por las Empresas Responsables, así como los avances en el ejercicio de las funciones a su cargo reguladas en el presente artículo. El acompañamiento referido en los literales a) y c) del presente artículo, comprende las acciones de seguimiento técnico en los procesos de planificación y elaboración de los Planes de Rehabilitación y de las acciones de remediación, y no exime de responsabilidad contractual a la Empresa Consultora ni a la Empresa Remediadora". "Artículo 10.- Funciones de PROFONANPE En el marco de la Ley y el presente Reglamento, son funciones de PROFONANPE: a) Administrar los recursos del Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental. b) Publicar el listado de priorización de los sitios impactados a remediar. c) Elaborar los Términos de Referencia para la contratación de la Empresa Consultora y la Empresa Remediadora; de acuerdo a los Contenidos de los Planes de Rehabilitación aprobados y contando con la previa opinión técnica de la Autoridad sectorial competente en